DE TERROR

Los mitos derribados por la tercera detención de Jones Huala

 

La tercera detención de Facundo Jones Huala, esta vez en Río Negro, tiene características distintas a las anteriores: no fue consecuencia de tareas de inteligencia sino del llamado de una vecina, quejosa porque alguien gritaba y golpeaba la puerta de su casa. El patrullero demoró lo suficiente como para que el activista mapuche tuviera tiempo de ingresar al patio de la vivienda y echarse a dormir en un quincho sobre un montón de ropa. A los policías les costó despertarlo. Recién cuatro horas después le realizaron la prueba del alcoholímetro: aún tenía 1,31 miligramos de alcohol por cada litro de aire espirado. En las ciudades y países donde aún no rige la tolerancia cero, está prohibido conducir desde una medición de 0,25 mg/l, cinco veces menor. A ambos lados de la cordillera, los medios comerciales señalaron que Jones Huala estaba borracho. El Mercurio agregó: y tirado.

 

Jones Huala es el líder de una comunidad mapuche, que reclama como su propiedad ancestral un predio de Cushamen, ocupado por la trasnacional italiana Benetton. El ex Presidente Maurizio Macrì y su ministra de seguridad Patricia Bullrich le atribuyeron actividades terroristas y la conducción de una denominada Resistencia Ancestral Mapuche.

La primera detención de Jones Huala, realizada por el segundo jefe de la División de Investigaciones de Esquel, oficial principal de la policía de Chubut Pablo Carrizo, se produjo el 25 de mayo de 2016. Lo logró luego de los apremios o torturas aplicados en la comisaría de Gualjaina al detenido sin orden judicial ni abogado defensor Gonzalo Cabrera. “Alcoholizado yo rompí vidrios y entré a robar a una estación de servicio, me detuvieron y tuve que declarar todo”, dijo Cabrera, porque lo golpearon. Si no incriminaba a Facundo, le dijo la policía, “me iban a echar la culpa a mí”. En esas condiciones, Cabrera reveló que alojaba a Facundo Jones Huala en casa de su madre de crianza. Luego de declarar lo que le exigían le concedieron la detención domiciliaria. Un video de la detención de Cabrera lo muestra con un ojo en compota, igual que Jones Huala ahora. Por esa razón, el juez federal Guido Otranto negó la extradición solicitada por Chile, que antes de la detención no había pedido su captura. Cabrera contó “muerto de miedo" en el juicio de extradición, “cómo fue golpeado cuando lo subieron al patrullero y luego en la comisaría, cómo lo hicieron firmar un acta falsa, cómo fue obligado, coaccionado, golpeado”. Resultaron procesados el policía y un agente de la AFI que realizó tareas ilegales de inteligencia sobre la comunidad mapuche y su líder.

La segunda detención de Jones Huala ocurrió en Bariloche el 27 de junio de 2017, cuatro horas después de que el entonces Presidente Maurizio Macrì concluyera su visita a Santiago, donde se entrevistó con su colega chilena Michelle Bachelet. La Gendarmería lo interceptó en la ruta 40, pese a que, igual que la primera vez, no había orden de captura en su contra. Esta vez la extradición fue concedida y Jones Huala condenado a nueve años de prisión por el incendio de un fundo en el sur de Chile. Como la sentencia no estaba firme, quedó en libertad, pero se fugó y recién se supo de él esta semana, con su tercera detención.

Ahora la gobernadora de Río Negro, Arabela Carreras, dijo que su policía “estaba con fuertes operativos y logró dar con su paradero y pudo detenerlo”. El ministro de Seguridad de la Nación, Aníbal Fernández, atribuyó la detención a “un trabajo conjunto con la Policía de Río Negro” y se declaró "muy satisfecho con el trabajo que hicimos; con seriedad, optimismo y ganas. No tuvimos ningún tipo de complicaciones, no hemos lastimado a nadie y los resultados están a la vista: está detenido”.

No hay palabras que puedan vestir con colores épicos una detención cuyas circunstancias desmienten la mitología proyectada sobre un desharrapado fugitivo y en cambio ratifican la realidad verificada en los allanamientos que Bullrich difundió en 2017 para construir un enemigo funcional a sus objetivos de control social, sobre cuya base construye ahora su candidatura a la presidencia.

En diciembre de aquel año acusó a la evanescente Resistencia Ancestral Mapuche, de cuya mera existencia no hay hasta hoy pruebas irrefutables, de “promover una lucha insurreccional contra el Estado argentino y la propiedad privada de la tierra”. Sería una réplica de una análoga organización chilena (la Coordinadora de Comunidades en Conflicto Arauco Malleco, CAM), o Coordinadora Arauco Malleco, y ambas desconocen “la legitimidad de la frontera internacional argentino-chilena”. Usando la analogía que el derecho penal veda, Bullrich dijo que la justicia chilena caracteriza la CAM como terrorista y extendió ese mote a la presunta filial argentina. Sin temor al ridículo, el informe mostró las “armas utilizadas” por el enemigo así creado: un par de carabinas, botellas presuntamente usadas para causar incendios en pozos petroleros, una pistola, un revólver, balas de fusil Mauser de 1907, destornilladores, cuchillos, un machete, serruchos oxidados, una hoz y varios martillos (!) un rollo de alambre, un taladro, una motosierra, dos teléfonos celulares de los ’90, pintadas en paredes, reclamos por la libertad de Jones Huala, un libro de la Biblioteca del Círculo Militar de 1987, panfletos sobre “Dos mundos opuestos: Mapuche vs Capitalismo”, un afiche que llama usurpador a Benetton, presuntos comunicados reivindicando “actos de resistencia” y numerosas fotografías de los mapuche perseguidos por la Gendarmería el 1º de agosto de ese año, en el operativo ilegal que le costó la vida a Santiago Maldonado. También incluye un ingenuo “Informativo para la Defensa, Resistencia y Recuperación”, para crear una “situación de alarma” que atraiga al periodismo. Recomienda ocultarse detrás de la sombra de árboles y edificios (sic).

 

 

El tremendo arsenal mapuche.

 

 

Entre tantas otras cosas que Bullrich ignoró estaba la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que en el caso Norin Catriman , del 19 de mayo de 2014, condenó a Chile por aplicar la legislación antiterrorista a ocho comuneros mapuche y señaló que debía adecuar su legislación interna para compatibilizarla con el principio de legalidad del artículo 9 de la Convención Americana. El 16 de mayo de 2019  la Corte Suprema de Chile afirmó que el Poder Judicial está sometido a la Convención Americana de Derechos Humanos, por lo que no podía incumplir lo ordenado por la justicia internacional. El gobierno chileno indemnizó a los mapuches, se borraron sus antecedentes penales y dejó sin efecto las condenas.

 

 

El mapuche chileno Norin Catriman.

 

Incluso en la Argentina, la Corte Suprema de Justicia, ocho meses antes del informe de Bullrich ya había rechazado la aplicación de la ley antiterrorista a la causa que se instruía contra Martiniano Jones Huala y otros representantes mapuche. Votaron en ese sentido los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton y Juan Carlos Maqueda dado que no se advierten en el caso los fines previstos en el artículo 41 quinquies de “aterrorizar a la población u obligar a las autoridades públicas nacionales o gobiernos extranjeros o agentes de una organización internacional a realizar un acto o abstenerse de hacerlo”. Tampoco encerrarían “algún tipo de conflictividad de la clase contemplada en los instrumentos internacionales sobre prevención y sanción del terrorismo”. Por el contrario, “están enmarcados en una protesta llevada adelante en reclamo de derechos sociales”. Esa salvedad fue introducida en la ley por CFK a solicitud del CELS.

 

 

 

Hace un siglo y medio, Juan Bautista Alberdi escribió en "Facundo y su biógrafo”, que integra sus Escritos Póstumos: “No es terrorista todo el que quiere serlo. Sólo aterra en realidad el que tiene el poder efectivo de infligir el mal impunemente”.

 

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