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México: Importantísimo avance legal para periodistas

Se instituye el secreto profesional y se despenalizan la difamación y la calumnia

Fuentes: Argenpress

Un importantísimo avance legal para el gremio periodístico se ha gestado y ha alcanzado ya su primer gran fruto. La Cámara de Diputados ahora sí actuó bien. Por 370 votos y sólo tres abstenciones, los diputados federales instauraron el secreto profesional de los periodistas y la despenalización de los mal llamados ‘delitos contra el honor’, […]

Un importantísimo avance legal para el gremio periodístico se ha gestado y ha alcanzado ya su primer gran fruto. La Cámara de Diputados ahora sí actuó bien. Por 370 votos y sólo tres abstenciones, los diputados federales instauraron el secreto profesional de los periodistas y la despenalización de los mal llamados ‘delitos contra el honor’, que constituían una intensa y ya larga demanda de los informadores mexicanos, agremiados o no en alguna asociación, y dieron paso con ello a una nueva situación en el ejercicio de la libertad de expresión, que la consolida y estimula.

Los diputados turnaron esas reformas al presidente de la República para su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Las reformas son al Código de Procedimientos Penales y al Código Penal Federal, para garantizar que los periodistas en México no sean citados a declarar sobre la información que reciban, conozcan o se encuentre en su poder. La Comisión de Justicia y Derechos Humanos de la Cámara de Diputados fue la encargada de presentar el dictamen correspondiente, el cual a su vez provenía del Senado de la República, donde fue aprobado en su carácter de cámara de origen.

El secreto profesional garantizará a los representantes de los medios de comunicación el poder mantener bajo reserva la fuente de su información ante las autoridades federales y locales en México. Las autoridades de procuración de justicia, como el Ministerio Público, por ejemplo, no podrán citar a comparecer a los reporteros para que revelen el origen de su información.

O sea, con estas modificaciones se derogará del Código Penal la posibilidad de que autoridad alguna pueda citar a periodistas para que revelen sus fuentes de información, que en este sexenio se llegó a tener por autoridades persecutoras del delito como un procedimiento ‘usual’ en sus averiguaciones. Las reformas instauran sanciones penales y multas a los funcionarios que pretendan obligar a los periodistas a revelar sus fuentes.

Pero hay otro hecho sumamente importante en estas reformas a los códigos federales Penal y de Procedimientos Penales. Se despenalizan los delitos de injuria, difamación y calumnia, esto es, se sacarán del ámbito penal y se incluirán dentro del Código Civil Federal, con lo cual se suprime la amenaza de cárcel a los reporteros. Esas infracciones eran denominadas genéricamente como ‘delitos contra el honor’ e incluían la difamación y la calumnia. En muy pocos países del mundo subsistían y subsisten tales delitos como punibles penalmente y sólo se les considera como del orden civil, que no ameritan detención ni cárcel a los periodistas que en el ejercicio profesional de su actividad pudieran caer bajo alguno de sus supuestos jurídicos.

En cuanto al secreto profesional, el dictamen de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos de la Cámara de Diputados indica que los periodistas, así como otros profesionales: abogados, consultores técnicos, notarios, médicos o ministros del culto religioso, tendrán la garantía de abstenerse de declarar ante el Ministerio Público, decisión que ‘se hará del conocimiento de la autoridad que requiera la declaración o testimonio’.

En su exposición de motivos se define que ‘el secreto profesional y la reserva de información son dos instituciones que garantizan el derecho de las personas que se desempeñen en cualquiera de las actividades descritas a no revelar información que con motivo de éstas les sea proporcionada’. O sea, se apuntala por este lado el secreto profesional y con ello la libertad de expresión, ya que la obligación penal de revelar las fuentes constituía una penalización de hecho de la tarea del informador ya que al ejercer esta atribución la autoridad ministerial consideraba a priori que había una vinculación delictuosa entre el informador y la fuente.

Este es un gran triunfo, por el cual el gremio periodístico debe estar de pláceme. En México sólo en el estado de Morelos se instituyó el secreto profesional de los periodistas al nivel de la Constitución local, en una lucha que singularmente fue la base para que se creara en esa entidad la Asociación de Profesionales de la Información. En Baja California hay pendiente de aprobación una ley similar promovida por el PAN y en el Distrito Federal el asambleísta del PRD Carlos Reyes Gámiz también tiene presentada una iniciativa en el mismo sentido. Pero es evidente, también, que estos esfuerzos fueron precedidos por casos de reporteros de los diarios La Jornada y El Universal, quienes hace dos años fueron citados por el Ministerio Público para que revelasen sus fuentes en investigaciones de diversos delitos, con lo cual la autoridad quería suplir sus incompetencias en los asuntos en averiguación.

Pero el detonador de esta aprobación por los diputados de estas reformas se encuentra en la experiencia de agresión a sus derechos como informadora sufrida por la periodista Lydia Cacho, denunciante de pederastas y cómplices, que dio lugar a que el todavía gobernador de Puebla, Mario Marín Torres, se encuentre indiciado como copartícipe en esas agresiones.

Las reformas son un hecho que no borra la complicidad de los legisladores federales en la aprobación de unas reformas que dieron como resultado la llamada ‘ley Televisa’, que constituye un desafuero del duopolio televisivo contra la sociedad. Pero los legisladores federales comenzaron ya a enmendar el camino errático.