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Argentina capitaliza al FMI

Fuentes: Al Dorso

El Congreso Nacional convirtió en ley un proyecto del Poder Ejecutivo que aprueba la capitalización al Fondo Monetario Internacional. La ley establece el aumento de la cuota Argentina a 5.000 millones de dólares. El pasado 6 de mayo se publicó en Boletín Oficial la Ley 26.849 que aprueba e instrumenta la Decimocuarta Revisión General de […]

El Congreso Nacional convirtió en ley un proyecto del Poder Ejecutivo que aprueba la capitalización al Fondo Monetario Internacional. La ley establece el aumento de la cuota Argentina a 5.000 millones de dólares.

El pasado 6 de mayo se publicó en Boletín Oficial la Ley 26.849 que aprueba e instrumenta la Decimocuarta Revisión General de Cuotas al Fondo Monetario Internacional (FMI) y autoriza la aceptación de la Quinta, Sexta y Séptima enmiendas del Convenio Constitutivo. Así el Gobierno Nacional decidió autorizar el aumento de la cuota argentina en 1.070 millones de derechos especiales de giros (DEG), llevando el aporte total a 3.187 millones. La capitalización total representa 5.000 millones de dólares.

En su Art. 1°, la ley establece la aprobación del aumento de la cuota de la República Argentina en el FMI por 1.070 millones de derechos especiales de giro. Los DEG son activos de reservas internacionales creados por el Fondo en 1969 para complementar las reservas oficiales de los países miembros (1). Están conformados por una canasta de monedas fundamentales del comercio mundial como el dólar estadounidense, el euro, la libra esterlina y el yen japonés. El aporte nacional al FMI será del orden los 1.700 millones de dólares, a razón de 1,6 dólar por DEG. La Argentina pasará a tener un total de 5.000 millones de dólares.

De los 1.700 millones de dólares de aumento dispuesto, el 25 % se cancelará en efectivo con moneda de otros países miembros del FMI. Las monedas serán determinadas por el organismo financiero. El restante 75 % se pagará en moneda nacional de conformidad con lo establecido en el artículo III, de la Sección 3 del Convenio Constitutivo. Todo ello en concordancia con lo dispuesto en la Resolución 66-2 del 15 de diciembre de 2010 de la Asamblea de Gobernadores (2). Para el pago, el Banco Central de la República Argentina (BCRA) emitirá valores no negociables que no devengarán interés, pagaderos a la vista, que serán entregados al FMI.

El pago en efectivo de 425 millones de dólares (25 % del aporte) se realizará con activos externos que posee el Banco Central en sus reservas. A cambio el Ministerio de Economía y Finanzas le proporcionará letras intransferibles del Tesoro por 10 años, denominadas en dólares, amortizables al vencimiento, con una tasa de interés igual a las que devengan las reservas internacionales (Tasa Libor menos 1%). Los intereses se pagarán semestralmente, cuyas erogaciones se incluirán en las leyes de presupuestos de gastos que dicte el Congreso en los ejercicios siguientes, quedando facultado el Jefe de Gabinete a realizar las modificaciones en la ley de presupuesto vigente.

Salvar al antidemocrático Fondo

La capitalización del Fondo Monetario Internacional implica revalidar y vitalizar su actuación a nivel mundial. Lejos del «Chau fondo» proclamado por el presidente Néstor Kirchner en enero de 2006 (3), La Decimocuarta Revisión del FMI fue aprobada por la Asamblea de Gobernadores del organismo el 15 de diciembre de 2010, mediante resolución 66-2, con el voto afirmativo del ministro de economía de aquellos años (gobernador representante de la Argentina) y actual vicepresidente, Amado Boudou. Mediante dicha resolución se dispuso elevar al doble el total de las cuotas de los países miembros del Fondo Monetario de 238.400 millones de DEG a 476.800 millones. Un salvataje de 381.440 millones de dólares.

La ley 26.849, en su Art. 6°, aprueba también las Enmiendas Quinta, Sexta y Séptima del Convenio Constitutivo del Fondo Monetario Internacional adoptadas por la Asamblea de Gobernadores mediante Resoluciones 63-2 (28 de abril de 2008), 63-3 (5 de mayo de 2008) y la referenciada 66-2 (2010). La Quinta enmienda trata sobre la ampliación de las facultades de inversión del FMI, la sexta refiere al fortalecimiento de la representación y participación mundial, y la séptima reforma el directorio ejecutivo. Todo ello a tono con los planteos formulados por los países del BRIC (Brasil, Rusia, India y China) para lograr una mayor representación acorde a sus crecimientos económicos en la última década.

Lejos de discutirse una democratización en el organismo financiero internacional, las modificaciones requeridas por potencias emergentes sólo apuntan a lograr mayor cantidad de voto y peso en las decisiones que acorde a sus actuales economías. Recordemos que el FMI tiene un funcionamiento interno basado en el poder económico de los países integrantes, muy similar a la capitalización de sociedades comerciales. Los miembros al ingresar deben pagar una cuota (sus acciones) que integran el capital del organismo. La cuota no es libre, se calcula de acuerdo a su importancia económica y geopolítica de cada país. Es decir, se repite la lógica de las instituciones financieras de «1 dólar = un voto«.

Las cuotas que integren los países determinará el peso de sus votos en las decisiones a adoptar por el FMI. Mientras más DEG se aporten, más votos se obtendrán. El aporte está fijado de antemano por el organismo según cálculos aritméticos preestablecidos (4). Le corresponde 250 votos más uno por cada 100.000 DEG de cuota. Al contrario de lo que ocurre en la Asamblea General de Naciones Unidas donde cada país posee un voto y solo uno, el funcionamiento antidemocrático del Fondo permite a EEUU mantener el 16,75 % de los votos, conservando el poder de veto en las decisiones importantes, y Argentina tan sólo el 0,87 %.-

Otros Fondos y capitalizaciones

Siguiendo las exigencias impuestas por el capital financiero, El Gobierno Nacional ha venido autorizando otras polémicas capitalizaciones. «Polémicas» por cuanto legitima organismos crediticios responsable de la miseria y el robo perpetuado al tercer mundo por las países centrales. El neoliberalismo fue implementado de la mano de estos organismos que hoy capitalizamos con la sangre y sudor de nuestros pueblos. La liberalización de las economías, la apertura irrestricta al capital privado, las privatizaciones y el desguace de la estructura capitalista nacional, la flexibilización y destrucción de los derechos laborales, y la fabulosa transferencia de riqueza entre clases sociales que ello significó; fueron producto de las exigencias impuestas por los organismos financieros que hay corremos a salvar y vitalizar.

FOMIN II: La integración y adhesión al Fondo Multilateral de Inversiones II (FOMIN II) dentro de la órbita del Banco Interamericano de Desarrollo (BID), es uno de ejemplos de continuidad neoliberal en materia financiera. La Argentina sanciona el 30 de Noviembre de 2011 (5), la Ley 26.709 que aprueba el Convenio Constitutivo de Administración del FOMIN II. Como denuncia el historiador Alejandro Olmos Gaona, el Fondo establece en su considerando segundo, como objetivo principal, combatir la pobreza a través de «aumentar la inversión privada y fomentar el desarrollo del sector privado sector privado, mejorar el entorno empresarial y brindar apoyo a la microempresa» , mejorar el entorno empresarial y brindar apoyo a la micro empresa (…) mejorar la competitividad del sector privado y compartir el conocimiento que contribuya al desarrollo privado (…) y respaldar a actividades que incrementen la capacidad del sector privado».

Para ello, la Argentina se compromete a capitalizar el FOMIN II con el aporte de 8,3 millones de dólares. El pago se efectuará por medio del BCRA, quien emitirá valores no negociables en dólares sin interés, pagaderos a la vista que serán entregados al BID. Las decisiones de inversión en proyectos privados que decida el FOMIN II se tomarán por consenso entre todos los países miembros de dicho fondo. Pero en caso de discrepancia, las decisiones se tomarán por las tres cuartas partes de la totalidad de los votos del Comité donante. La lógica del FMI se repite. Los votos mayoritarios quedan bajo la órbita de las países económicamente más importantes, garantizándose dirigir el financiamiento de los proyectos.

Alejandro Olmos Gaona detalla que el fondo cuenta con el aporte de EEUU por 150 millones de dólares, Japón y España con 70 millones, Corea 50 millones, Inglaterra 22, Francia 15 , Italia 10 y Holanda 8,8 millones. El aporte de los países latinoamericano va de los 8 millones de dólares (caso de Argentina, Venezuela, México y Brasil) a aportes promedio de 368.000 dólares (Panamá, Guatemala, Ecuador, Costa Rica, Bolivia, etc.). Sostiene que todo hace suponer que EEUU, Japón y los países europeos tendrán el poder absoluto de decisión en las operaciones de créditos que se concierten.

BID: Por ley 26.745, sancionada el 16 de mayo de 2012, el Poder Ejecutivo Nacional decidió aprobar el aumento de aporte de Argentina al Banco Interamericano de Desarrollo. La norma autorizó la capitalización al BID por 7.525 millones de dólares, más una cuota extraordinaria para el Fondo de Operaciones Especiales por 26 millones. Esta medida viene a cumplir con lo resuelto por la Junta de Gobernadores el 21 de julio de 2010, que estableciera un aumento del capital del BID en 70.000 millones de dólares. El representante de la Argentina en aquella reunión fue el actual vicepresidente Amado Boudou. Como consecuencia de la capitalización decidida, el país se comprometió a abonar sus pagos en cinco cuotas de 1.400 millones de dólares durante los ejercicios de los años 2011, 2012, 2013, 2014 y 2015.

Como miembro de la Comisión para la Auditoria Integral del Crédito Público (CAIC) de Ecuador, Alejandro Olmos Gaona pudo investigar las responsabilidades y apoyo brindados por el BID a las políticas neoliberales implementadas en la década del noventa en Argentina y Ecuador. Tanto el FMI como el Banco Interamericano tuvieron participaciones destacadas en la estafa del Plan Brady. Señala que el BID le prestó a la Argentina 19.969 millones de dólares entre 1993 y 2011, habiéndose pagado en el mismo periodo 13.124 millones de capital y 7.272 millones de intereses. Sin embargo, todavía se le deben 9.681 millones de dólares.

El neoliberalismo a la orden del día

Las capitalizaciones de instituciones financieras externas están a la orden del día en nuestra América. A pesar del relato oficial, infatigablemente construido a partir de una simbología combativa y enfrentada a las políticas neoliberales, la Argentina sigue revitalizando con el trabajo de su pueblo las arcas de los responsables de sus mayores desdichas. Se capitaliza al sistema financiero internacional por medio del BID, FOMIN II y el FMI con formidables salvatajes. Se les permite recuperar (o mantener) la dirección de los procesos financieros en la región.

El caso del FMI es más paradójico. Vapuleado por la publicidad oficial, el Fondo acrecienta sus arcas y fortalece representación y participación en las finanzas mundiales. Argentina apoya y ayuda su rearme. Por su parte, el BID lleva más de cincuenta años combatiendo la pobreza en América Latina y el Caribe a través de fortalecer el sector privado. Cincuenta años de rotunda ineficiencia y fracaso en materia de pobreza. Cincuenta años de grandes aciertos en el fortalecimiento y desarrollo de los sectores concentrados del capital privado.

Mientras tanto el Banco del Sur perece en la desidia de los gobiernos. Con un capital inicial de 7.000 millones de dólares, todavía no fue integrado por los países que suscribieron su acta fundacional y su convenio constitutivo (Argentina, Bolivia, Brasil, Ecuador, Uruguay, Paraguay y Venezuela). Argentina, Brasil y Venezuela acordaron aportar 4.000 millones en cinco cuotas, y los restantes países integrarán sus aportes en nueve cuotas.

La capitalización al FMI, el FOMIN II y el BID son el reflejo del desprecio, la aversión y la inquina de nuestros gobiernos. Seducción de lo infecto, engaño disfrazado de progresismo «piola» y popular. El asco de aceptar la estafa de un puñado de empresas y bancos que se beneficiaron, y se benefician, a costa del hambre y extermino de los pueblos. Como dijera Oliverio Girondo, estos fondos son «la defensa del plomo, la muerte por el guano, la proeza de arrasar lo que encuentren y exterminarlo todo, para que el hambre extienda sus tapices de esparto y desate su bolsa ahíta de calambres».

Notas:

(1) Inicialmente el valor del DEG se definió como un valor equivalente a 0,888671 gramos de oro fino, equivalente a un dólar de EE.UU. Sin embargo, al derrumbarse el sistema de Bretton Woods en 1973, el DEG se redefinió en base a una cesta de monedas ( http://www.imf.org )

(2) La Asamblea (o Consejo) de Gobernadores del Fondo Monetario Internacional es el órgano principal de decisión que se reúne una vez por año (otoño septentrional). La Asamblea es la que toma las decisiones importantes que luego son delegadas sus implementaciones en órganos de gestión cotidiana. La asamblea está integrada por gobernadores que eligen los países miembros a quien representa, en general el ministro de economía y finanzas o el director del Banco Central. En el caso de la Argentina, quién representó al país en 2010 es el actual Vice-presidente de la Nación, Amado Boudou.

(3) En enero de 2006, el presidente de Argentina Néstor Kirchner anunciada el pago de toda los préstamos contraídos con el FMI. La construcción del relato oficial anunciaba la liberación de la economía argentina de los designios neoliberales del Fondo. El pago efectuado fue del orden de los 10.000 millones de dólares. Más allá de los discursos rimbombantes, la Argentina se sumaba al pago total efectuado por Brasil en diciembre de 2005 y el arreglo de deuda de Turquía con el FMI. En aquellos años el organismo financiero solucionaba sus problemas crediticios con sus principales deudores.

(4) La actual fórmula de cálculo de las cuotas es un promedio ponderado del PIB (ponderación de 50%), el grado de apertura (30%), la variabilidad económica (15%) y las reservas internacionales (5%).

(5) Se publicó en el Boletín Oficial el día 27 de Diciembre de 2011. El convenio fue firmado en 2005, en la Ciudad de Okinawa, Japón.

DEG: Derechos especiales de giro

Rebelión ha publicado este artículo con el permiso del autor mediante una licencia de Creative Commons, respetando su libertad para publicarlo en otras fuentes.