La asociación Globalízate ha presentado un queja a la Federación de Asociaciones de Periodistas de España (FAPE) por la vulneración del código deontológico del periodista del periódico El Mundo por sus informaciones sobre el 11M, conocidas por la «Teoría de la Conspiración», aparecidas en las portadas de los días 9 y el 11 de marzo […]
La asociación Globalízate ha presentado un queja a la Federación de Asociaciones de Periodistas de España (FAPE) por la vulneración del código deontológico del periodista del periódico El Mundo por sus informaciones sobre el 11M, conocidas por la «Teoría de la Conspiración», aparecidas en las portadas de los días 9 y el 11 de marzo de 2009 del citado diario.
Consideramos demostrable el hecho de que algunas de las noticias publicadas en este medio sobre los atentados del 11M se han confirmado como no veraces según la sentencia judicial., y lo que es más importante, UNA VEZ FIRME LA MISMA, se continua en el mismo sentido de falta de veracidad. Dada la trascendencia política, social y periodística del atentado del 11-M en Madrid, la asociación Globalízate solicita la apertura de un expediente a El Mundo por varios incumplimientos del código deontológico:
2. El primer compromiso ético del periodista es el respeto a la verdad.
Ejemplo: Titular y entradilla del 9 de marzo de 2009
«La policía ocultó al juez datos del 11-M favorables a Zougam»
«Los agentes comprobaron que estuvo en el gimnasio casi hasta la media noche anterior al atentado mientras se montaban las bombas en Morata/ Se llevaron documentos que lo acreditaban, pero no lo incorporaron al sumario judicial».
Es evidente desde una mera lectura del artículo, que con independencia de donde estuviese el día de antes del atentado el terrorista, la sentencia ya firme , ratificada por el Tribunal Supremo, lo condena como autor material de unos hechos que se producen el día después, y basando su condena no solo, que ya sería suficiente en el reconocimiento SIN DUDA de tres testigos, sino y además por otra serie de datos que aparecen en los HECHOS PROBADOS DE LA SENTENCIA, ni que decir tiene que una vez firme una sentencia, los hechos probados de la misma, ya no son una versión de los hechos, SON LOS HECHOS.
-Folio 172 de la Sentencia, hecho probado y firme, «Zougam junto a los procesados es miembro de una célula o grupo terrorista de tipo yihadista.»
Ejemplo: Titular y entradilla del día 11 de marzo de 2009
«Tres testimonios dudosos para un único autor»
«Sólo un testigo vio a Zougam en el vagón número 4, donde estalló la bomba: un rumano que no acudió al juicio y que cobró 60.000 euros por una lesión auditiva leve.
Otra rumana declaró 20 días después del atentado que le vio en el vagón número 6: acudió al juicio y obtuvo 53.800 euros por otra lesión auditiva leve.
Un año después, una amiga suya, también rumana, corroboró su versión, acudió al juicio y cobró 48.000 euros por daños psicológicos»
El titular es claramente una opinión. El redactor que lo firma saca sus propias conclusiones de unas testificales que si fueron valoradas positivamente por el tribunal juzgador y ratificadas con firmeza por el Tribunal Supremo, que fueron practicadas en la vista y sometidas al principio de contradicción donde el abogado del terrorista Zougam tuvo la posibilidad de desmontarlas no consiguiéndolo, testificales que por todo ello, la sentencia ya firme les da la credibilidad suficiente, para que con el resto de pruebas contra Zougam, sean suficiente para su condena.
No obstante y además, el mencionado artículo deja entrever que estas declaraciones testificales que fueron recogidas como veraces por el tribunal sentenciador, y que a la vez forman parte del relato de testigos que fueron víctimas, que sufrieron lesiones y por las que fueron debidamente indemnizados, fuesen recompensas por sus testimonios, es decir, el redactor intenta confundir al lector introduciendo el cobro de esta indemnización como pago por una declaración fraudulenta, dando además datos de la nacionalidad de los testigos que no tiene ningún tipo de trascendencia informativa.
Extracto de la sentencia:
IV.1.5.
Por lo expuesto, Jamal ZOUGAM es responsable como autor del artículo 28, párrafo primero, del Código Penal de 191 delitos de homicidio terrorista consumados en concurso ideal con 2 delitos de aborto, 1857 en grado de tentativa y 4 de estragos, además de autor de un delito de integración en banda armada, organización o grupo terrorista.
La asociación Globalízate considera que se han vulnerado los principios básicos del código deontológico que establecen que «el primer compromiso ético del periodista es el respeto a la verdad» y espera que una sentencia favorable sirva para reafirmar el derecho de los ciudadanos a una información veraz y también una victoria moral para las víctimas del atentado.