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En el caso de Marina Schifrin, una docente rionegrina

Piden que se revoque un fallo donde condenaron a una maestra por cortar la ruta

Fuentes: Rebelión

San Carlos de Bariloche. El Procurador General de la Nación Luis González Warcalde pidió que se revoque la sentencia a una docente rionegrina, Marina Schifrin, quien en el año 2001 fue condenada en primer instancia por cortar, junto a padres y alumnos, una ruta en la entrada de San Carlos de Bariloche. Para el Procurador, […]

San Carlos de Bariloche. El Procurador General de la Nación Luis González Warcalde pidió que se revoque la sentencia a una docente rionegrina, Marina Schifrin, quien en el año 2001 fue condenada en primer instancia por cortar, junto a padres y alumnos, una ruta en la entrada de San Carlos de Bariloche. Para el Procurador, la maestra patagónica «tenía razones sensatas para suponer el carácter permitido de su hecho, en el marco de una protesta gremial». Si bien la propia trabajadora toma con alegría, aunque también con cautela, la opinión a su favor de González Warcalde, esta posición puede ser determinante a la hora de definir más de 3000 casos similares en todo el país, donde el trasfondo fundamental es la llamada criminalización de la protesta social. En los próximos días la Corte Suprema de Justicia de la Nación deberá expedirse sobre este caso y el propio dictamen del Procurador Warcalde, aunque este no sea vinculan te para el supremo tribunal nacional. Muchas miradas del país y también del extranjero están puestas en qué es lo que decidirá finalmente la mayor instancia judicial de la Argentina respecto al tema de penalización o no de la protesta social. Allí se sabrá, por fin, qué piensa el Estado argentino sobre los cortes de ruta.

Haciendo un poco de memoria, el procesamiento de la docente Schifrin se originó en un corte de la ruta nacional 237 donde participó, el 21 de marzo de 1997, junto a un grupo numeroso de padres y alumnos que, entre otras cosas, impidieron el acceso por tierra al aeropuerto de Bariloche. La protesta fue principalmente en demanda de recursos para la educación pública en Río Negro, reclamo hasta hoy desoído por las autoridades educacionales de esta provincia.

Pero sin muchas vueltas y luego de un corto juicio en el 2001, el juez federal Leónidas Moldes condenó a Schifrin a tres meses de prisión y la prohibición de participar en cualquier manifestación o concentración de personas por el lapso de dos años. «Todos los que estamos procesados por participar en cortes de ruta por distintos reclamos:

trabajo, salud o educación, como en el caso de Bariloche, no somos delincuentes. Somos militantes sociales o a veces simples participantes de manifestaciones y pensamos que el Estado argentino no nos debe considerar como delincuentes y criminalizarnos» dijo a este periodista la misma docente en la misma ciudad donde fue condenada.

Si bien la propia profesora rionegrina tomó con cautela el dictamen del Procurador González Warcalde (ver recuadro), para ella «es muy importante que se haya expedido pidiendo el revocamiento de mi condena, máxime cuando estamos viendo que otros jueces, como los de las salas de casación federal, realmente tienen posiciones de no comprender la realidad social y todo lo que se está viviendo a lo largo de todo el país». «Esos jueces no comprenden ni entienden que en la democracia tiene que haber lugar para la manifestación y la protesta» acotó Marina Shifrin.

Un dictamen alentador

En el caso denominado «Schifrin, Marina s/causa N° 3905», el Procurador General de la Nación Luis González Warcalde dictaminó que la Corte Suprema de Justicia de la Nación debe revocar la condena impuesta a la trabajadora docente de Bariloche, estableciendo respecto a su participación en el corte de ruta de 1997, que la mujer «en el marco de una protesta gremial tenía razones sensatas para suponer el carácter permitido de su hecho».

Según el dictamen del Procurador González Warcalde «si alguien se consideró autorizado a obrar de determinada forma, en este caso cortar una ruta, porque interpretó equivocadamente los principios constitucionales que le garantizan su derecho a protestar, se debe analizar a la luz de la teoría del error de prohibición si le era exigible la posibilidad de comprender que su conducta era contraria al Derecho».

Más adelante en su pedido de revocación a la pena impuesta a Schifrin, el mismo González Warcalde se pregunta si cortar una ruta «en una especial situación social de manifestaciones que ocurren diariamente en el país, sin consecuencias jurídico-penales y hasta podría decirse, en un marco de permisión o pasividad estatal, no pudo ser incluida por la imputada entre «aquellas acciones que no se apartan considerablemente del orden de la vida en comunidad conformado históricamente».