Con la intención de ayudar a las y los periodistas a realizar un trabajo más comprometido en materia de género, la Asociación de Mujeres Periodistas de Cataluña ha puesto a disposición de la Red Internacional de Periodistas con Visión de Género (RIPVG) un grupo de recomendaciones para el tratamiento de la violencia machista en los […]
Con la intención de ayudar a las y los periodistas a realizar un trabajo más comprometido en materia de género, la Asociación de Mujeres Periodistas de Cataluña ha puesto a disposición de la Red Internacional de Periodistas con Visión de Género (RIPVG) un grupo de recomendaciones para el tratamiento de la violencia machista en los medios de comunicación. El documento, elaborado por varias instituciones, grupos feministas y agentes sociales de esa región durante más de seis meses de trabajo, constituye una actualización de las elaboradas en 2004 para que, siguiendo las pautas marcadas por el Código Deontológico de la Profesión Periodística, se traten con todo el rigor exigible aquellas informaciones referidas a la violencia machista.
Las recomendaciones se han ajustado a la revisión de la normativa estatal vigente, para dotarlas de mayor contenido y argumentos. Además, incluyen el apéndice donde se detallan los recursos y las informaciones que las diferentes administraciones ponen al alcance de las mujeres en situación de violencia machista, y que sirven para que las informaciones relativas a este tema puedan ser complementadas con un soporte informativo adecuado.
De acuerdo con el artículo 3 de la Ley 5/2008 de esa región, se entiende por violencia machista la que «se ejerce contra las mujeres como manifestación de la discriminación y la situación de desigualdad en el marco de un sistema de relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres y que, producida por medios físicos, económicos o psicológicos, incluidas las amenazas, intimidaciones y coacciones, tenga como resultado un daño o padecimiento físico, sexual o psicológico, tanto si se produce en el ámbito público como en el privado». Por eso, en estas Recomendaciones, y de acuerdo con la ley, se cambia el término de «violencia de género» por el de «violencia machista». Esa misma ley reconoce espacios donde se puede generar violencia machista: la pareja, la familia, el ámbito laboral, el social o el comunitario.
Como destacan en la introducción las y los redactores/as: «la efectividad de estas Recomendaciones requiere el compromiso y la responsabilidad de las empresas de medios de comunicación, así como la inclusión de unas pautas específicas sobre el tratamiento de la violencia machista en los libros de estilo y en los convenios colectivos».
Recomendaciones:
1. Tratar la violencia machista como una violación de los derechos humanos y un atentado contra la libertad y la dignidad de las personas.
2. Seleccionar y diversificar las fuentes de información.
3. Hacer visibles las aportaciones de las mujeres y presentarlas con toda su autoridad.
4. Respetar el derecho a la intimidad de las personas agredidas y la presunción de inocencia de las personas agresoras.
5. Respetar la dignidad de las personas agredidas y de personas de su entorno familiar o vecinal y no mostrarlas nunca sin su consentimiento previo.
6. Utilizar conceptos y terminología que se ajusten a la definición de los hechos.
7. Hacer visible la violencia machista que opera de forma más encubierta y que cuesta más reconocer: la violencia psicológica, la económica o la que se da en los ámbitos social y laboral, y sus efectos devastadores en las mujeres y en sus hijas e hijos.
8. Evitar el sensacionalismo y el dramatismo, tanto en la forma como en el contenido de las informaciones sobre violencia machista.
9. En cualquier medio, hay que escoger sólo aquellas imágenes que aporten información y evitar concentrar la atención en las personas agredidas y en las de su entorno.
10. Evitar cualquier relación de causa-efecto entre los hechos y la procedencia de las personas implicadas, su situación sociocultural y/o las circunstancias personales.
11. Contextualizar la información.
12. Hay que garantizar el seguimiento informativo de los casos. Se tiene que informar de su resolución y, si procede, de la recuperación de las personas agredidas.
13. Conviene informar y mostrar que el acto violento tiene consecuencias negativas para los agresores y hacer visibles, asimismo, las manifestaciones de rechazo social que se produzcan.
14. Rectificar de manera inmediata cualquier información errónea que se haya podido difundir sobre un caso.
15. Fomentar la formación de los y las profesionales de la comunicación.
Solicite el informe completo de estas Recomendaciones a: [email protected]
* Servicio de Noticias de la Mujer de Latinoamérica y el Caribe
Fuente: http://www.adital.com.br/site/noticia.asp?boletim=1〈=ES&cod=51334