«Señores jueces, quiero utilizar una frase que pertenece ya a todo el pueblo argentino: NUNCA MÁS». Con esas palabras pronunciadas el 18 de septiembre de 1985, el entonces fiscal Julio César Strassera cerraba su alegato de acusación en el juicio a las Juntas militares y forjaba su imagen de defensor de los derechos humanos. Sin […]
«Señores jueces, quiero utilizar una frase que pertenece ya a todo el pueblo argentino: NUNCA MÁS». Con esas palabras pronunciadas el 18 de septiembre de 1985, el entonces fiscal Julio César Strassera cerraba su alegato de acusación en el juicio a las Juntas militares y forjaba su imagen de defensor de los derechos humanos.
Sin embargo, esa imagen que aún perdura en la opinión pública contrasta con su actuación como funcionario judicial durante el proceso militar: en marzo de 1976 Strassera pasó de ser Secretario de Juzgado a Fiscal Federal, y en 1981 ascendió a Juez de Sentencia, en virtud de sendos decretos firmados por los mismos que luego acusaría en el juicio a las Juntas, prestando juramento ante los «Estatutos del Proceso de Reorganización Nacional».
En los primeros años de la dictadura Strassera se encargó de denegar cientos de habeas corpus solicitados en favor de presos políticos ordenando que se archivaran todas las denuncias sobre detenciones ilegales y desaparición de personas. Su actuación más conocida fue cuando denegó el pedido de habeas corpus presentado por Jorge Cepernic, ex gobernador de la provincia de Santa Cruz.
Al plantear Cepernic la inconstitucionalidad de la resolución por la cual se lo detuvo a disposición del Poder Ejecutivo y se le confiscaron los bienes, Strassera dictaminó: «(…) la privación de libertad (…) encuentra su legitimidad en la misma Constitución Nacional -indudablemente reformada por el Estatuto del Proceso de Reorganización Nacional y el Acta- de tal suerte que el art. 2°, inc. e) de ésta última constituye una norma de idéntica jerarquía que la contenida en el artículo 23 de aquella, en cuanto faculta al Poder Ejecutivo Nacional para arrestar personas a su exclusiva disposición, en tanto las circunstancias excepcionales por las que atraviesa el país así lo aconsejen. En consecuencia parece claro que impugnar la Resolución N°2 de la Junta Militar so color de repugnar a la Constitución Nacional resulta inadmisible pues (…) ello equivale a afirmar que la Constitución es inconstitucional».
Pero su desempeño durante la dictadura no es el único antecedente que empaña su buena imagen de fiscal acusador de genocidas y paladín de la democracia.
Una vez que se sancionaron las leyes de Punto Final y Obediencia Debida durante el gobierno de Raúl Alfonsín, siendo aún Fiscal, trabajó para dictaminar la inconstitucionalidad de esas leyes que dejaban en libertad a militares que participaron de la represión ilegal.
Esa tarea, que consistió en fundamentar la improcedencia de las leyes desde el punto de vista jurídico, reunió a una serie de abogados -convocados por la fiscalía- que realizaron su labor hasta que, abruptamente, Strassera la decidió interrumpir cuando aceptó la representación argentina ante la Comisión de Derechos Humanos de la ONU con sede en Ginebra
De esa manera renunció a su cargo y garantizó la impunidad de los genocidas y la complicidad del Poder Judicial.
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