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Televisa, TV Azteca, y Telmex concesionarios perpetuos

Fuentes: Infodemex

Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) tienen en sus escritorios un análisis técnico elaborado por especialistas en materia de telecomunicaciones, en el que les exponen que las recientes reformas a las leyes federales de Radio y Televisión y de Telecomunicaciones privan al Estado de ejercer su rectoría sobre el […]


Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) tienen en sus escritorios un análisis técnico elaborado por especialistas en materia de telecomunicaciones, en el que les exponen que las recientes reformas a las leyes federales de Radio y Televisión y de Telecomunicaciones privan al Estado de ejercer su rectoría sobre el espectro radioeléctrico nacional, lo que va en detrimento del interés público en favor de un grupo reducido de particulares.

El análisis, al cual tuvo acceso este diario, cuestiona que los concesionarios actuales -particularmente Televisa y TvAzteca, además de grupos radiofónicos y Teléfonos de México (Telmex)- en los hechos recibieron ad perpetuam bandas de frecuencia que les garantiza mantenerse como concesionarios dominantes en un mercado cada vez más concentrado.

Aun cuando todavía no se conoce el proyecto de dictamen de la acción de inconstitucionalidad (26/2006) -que elabora el ministro Sergio Salvador Aguirre Anguiano- que interpusieron senadores de la República en contra de la llamada ley Televisa, fuentes del máximo tribunal del país reconocieron que difícilmente se lograrán los ocho votos que se requieren para anular los artículos impugnados por los legisladores.

En el análisis técnico se establece de entrada la gravedad que implica que las reformas referidas hayan eliminado el papel regulador de la legislación en materia de telecomunicaciones y que, con ello, el Estado haya perdido sus facultades para planear el uso del espectro radioeléctrico, monitorearlo y autorizar las tarifas de Telmex. Además, se fortalece a los monopolios existentes, porque las tarifas quedan, en su mayoría, sujetas al mercado y se mantiene un régimen no competitivo. Explican los especialistas que las reformas consolidan las concentraciones de los medios electrónicos al establecer »barreras de entrada» para nuevos competidores al fijar un pago de contraprestación, sin suprimir la discrecionalidad de la autoridad.

En cambio, los actuales consorcios de televisión (Grupo Televisa tiene 56 por ciento de las concesiones que »terminan» en el año 2021, y TvAzteca cuenta con 39 por ciento que »concluyen» el mismo año) no hacen pago alguno por contraprestación.

Un motivo de particular preocupación para los especialistas -que al parecer sí tuvo impacto en las conversaciones que éstos tuvieron con los ministros y con algunos de sus secretarios proyectistas hace unas semanas- radica en los excesivos beneficios para los actuales concesionarios de televisión, sobre todo porque no tienen que pagar nada por el uso futuro de servicios de nueva generación, además de que el plazo de las concesiones fue fijado en 20 años, con la posibilidad automática de renovarlas, cuando la tendencia mundial en la materia es precisamente la contraria, con el fin de que el Estado no pierda la rectoría sobre su espacio radioeléctrico.

En este sentido se menciona que las concesiones de ese tipo en Estados Unidos y en el Reino Unido son de 5 años, en Francia de 6 y en Italia de 7. Asimismo, subraya el documento, las televisoras referidas fueron beneficiadas cuando la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) les concedió un canal »espejo» a los que ya tienen, para que éstos llevaran a cabo la transición hacia la televisión digital, con la idea inicial de que dichos canales fueran devueltos; sin embargo, la nueva legislación no establece »en ninguna parte» de qué forma se devolverán dichos canales.

Los llamados servicios de »nueva generación», se diferencian de los anteriores porque una misma red que antes tenía un solo uso -como la telefonía fija- actualmente permite multiservicios, porque transmiten voz, datos y video en banda ancha.

El análisis precisa que mientras en México las radiodifusoras están facultadas para prestar servicios de telecomunicaciones adicionales, en el mismo espectro que les fue otorgado sin necesidad de licitación, en Estados Unidos los radiodifusores que quieran prestar esos servicios deben recibir la autorización correspondiente y pagar un porcentaje de los ingresos que perciban.

Cabe destacar que el único señalamiento crítico de una dependencia federal a las reformas fue del entonces procurador general de la República, Daniel Cabeza de Vaca, quien consideró -en la opinión jurídica que entregó al ministro instructor- que las legislaciones mencionadas son inconstitucionales, porque contravienen acuerdos internacionales relacionados con el derecho a la información y la libertad de expresión, no otorgan igualdad jurídica entre los concesionarios y contienen requisitos »desproporcionados» para los que operan estaciones de radiodifusión culturales, educativas, de investigación y oficiales.