La Cámara Federal resolvió que los ex represores de la ESMA, Alfredo Astiz y Jorge «Tigre» Acosta, sigan detenidos en cárceles comunes a la espera de ser juzgados por delitos de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura militar. El tribunal de apelaciones ratificó así una decisión del juez federal Sergio Torres, quien en diciembre […]
La Cámara Federal resolvió que los ex represores de la ESMA, Alfredo Astiz y Jorge «Tigre» Acosta, sigan detenidos en cárceles comunes a la espera de ser juzgados por delitos de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura militar.
El tribunal de apelaciones ratificó así una decisión del juez federal Sergio Torres, quien en diciembre pasado envió a todos los procesados con prisión preventiva en la megacausa ESMA a cárceles comunes, tras el asesinato del detenido Héctor Febres en una dependencia de Prefectura.
«No se advierte que el traslado impuesto implique un empeoramiento a las condiciones de detención de los procesados ni que conlleve un peligro para la integridad física y/o la salud de los mismos», resolvieron los camaristas Eduardo Farah y Martín Irurzun.
Hasta ese momento, la mayor parte de los detenidos estaba alojado en el Instituto Penal de las Fuerzas Armadas en Campo de Mayo.
La sala II del tribunal de apelaciones rechazó un recurso presentado por las defensas de Jorge Acosta, Jorge Radice y Carlos Capdevilla contra el traslado a cárceles comunes, que se efectivizó el 15 de enero último.
La decisión del tribunal de apelaciones se hizo extensiva a otros represores de ESMA en la misma situación como Alfredo Astiz, Antonio Pernías, Pablo García Velasco, Juan Carlos Rolón, Alberto González, Raúl Scheller, Adolfo, Donda, Néstor Savio, Carlos Guillermo Suarez Mason (hijo), Carlos José Paz, Hugo Damario y Rogelio Martínez Pizarro.
Para la defensa de los represores que presentaron la apelación el traslado masivo dispuesto el 19 de diciembre, tras la confirmación del crimen de Febres con envenenamiento con cianuro en una dependencia militar, «provocó un agravamiento ilegítimo en la situación de detención».
Pero la Cámara rechazó este argumento y recordó que «claramente la Ley de Seguridad Interior 24059 excluye a las
Fuerzas Amadas entre los organismos que forman parte del sistema de seguridad interior».
El tribunal remarcó que es «el Servicio Penitenciario Federal la fuerza de seguridad destinada a la custodia y guarda de los procesados y a la ejecución de las sanciones penales privativas de libertad».
«No se advierte que el traslado dispuesto implique un empeoramiento a las condiciones de detención de los procesados ni que conlleve un peligro para la integridad física y/o salud de los mismos», consideró la Cámara.
Y remarcó que «es al Servicio Penitenciario Federal al que le corresponde arbitrar las medidas de seguridad pertinentes y fijadas por la normativa que la rige a fin de preservar la integridad física de quienes se hallen alojados en sus dependencias».
También encomendó al SPF «la atención médica relacionada a las afecciones que pudieran padecer los detenidos», algo que «no aparece tampoco imposibilitada de su debida prestación a través del servicio médico del instituto carcelario».
Además la Cámara recordó que «de así estimarlo conveniente el Cuerpo Médico Forense en los casos pertinentes» puede trasladar al detenido a un hospital designado por el juez de la causa «para un adecuado tratamiento».
Los camaristas encomendaron también al juez Torres que arbitre las medidas para que todos «reciban medicación indicada, se cumplimenten dietas establecidas y estudios, evaluaciones y tratamientos psiquiátricos».
Los ex represores de la Escuela de Mecánica de la Armada están procesados con prisión preventiva en causas relativas a homicidios, secuestros, privaciones ilegítimas de la libertad cometidos desde ese lugar, en particular por el grupo operativo que integraba Astiz.
Todos esperan ser sometidos a juicio oral en distintas instancias por el Tribunal Oral Federal 5, el mismo que estaba
juzgando a Febres por cuatro casos de secuestro y se aprestaba a emitir veredicto días después de su muerte.
Febrés fue encontrado envenenado con cianuro en su lugar de detención, la dependencia de Prefectura en el Tigre.
Antes de este asesinato, en reiteradas ocasiones los querellantes en las causas habían reclamado el traslado de los represores a cárceles comunes, algo repetidamente rechazado por Torres argumentando cuestiones de seguridad.
De hecho, al inicio del juicio oral a Febres, organismos de derechos humanos también pidieron su envío a una cárcel común, algo rechazado por el Tribunal que decidió que siguiera alojado en Prefectura, donde fue encontrado muerto.