-M.H.: ¿Cuál fue la sentencia? -J.M.: La sentencia para los únicos dos imputados, que eran los dos talleristas o encargados del taller, fueron 13 años de cárcel por reducción a la servidumbre. También los condenaron por estrago culposo, que significa sin intención. Es exactamente lo que había pedido la fiscalía, si bien la querella había […]
-M.H.: ¿Cuál fue la sentencia?
-J.M.: La sentencia para los únicos dos imputados, que eran los dos talleristas o encargados del taller, fueron 13 años de cárcel por reducción a la servidumbre. También los condenaron por estrago culposo, que significa sin intención. Es exactamente lo que había pedido la fiscalía, si bien la querella había pedido 20 años por reducción a la servidumbre en concurso con estrago doloso, que sería una figura más grave porque supone cierta intención o en el caso del dolo eventual no haber tomado las medidas necesarias para evitar un hecho que podía ocurrir como fue el incendio.
Por las condiciones en las que se vivía en el taller, por los cables colgando, la sobrecarga de las instalaciones eléctricas del lugar era obvio que podía pasar lo que sucedió, el recalentamiento de un cable que derivó en un incendio y no se tomaron las medidas para evitarlo.
-M.H.: Los dueños del taller, Jaime Geiler y Daniel Fishberg, ¿en qué situación quedaron?
-J.M.: Parte del fallo es la devolución de la causa al Juzgado de Instrucción para investigar la responsabilidad que pueden haber tenido Fishberg y Geiler.
-M.H.: Entonces, habrá un Luis Viale II.
-J.M.: Así es. En primer lugar la semana que viene termina el plazo para presentar las impugnaciones al fallo, seguramente la defensa va a presentar los recursos para subir a un Tribunal de Casación y la querella está pensando en pedir que se les dé incendio con dolo eventual, con lo cual en vez de 13 años serían más, y la defensa va a alegar para que se les dé menos. Estamos esperando ver si las defensas presentan una apelación, ahí vendría el fallo de Casación y en esa instancia deberían confirmar la investigación de Fishberg y Geiler.
La tercera parte sería esta investigación, luego el procesamiento y el juicio. Así que como decías, no está terminado acá.
Todavía no se llegó a condenar a las marcas
-M.H.: Este es un primer fallo que afecta a este tipo de talleres clandestinos donde se produce, por causa de las condiciones de trabajo, la muerte de 5 personas que trabajaban y vivían allí. ¿Qué consecuencias tiene?
-J.M.: Para ser fieles a la realidad, no es el primer fallo. Hubo un primer fallo que fue el Salazar Nina que puso en la cárcel a 7 personas, también por reducción a la servidumbre. Condenaron a otras personas a penas menores por violación a la Ley de migraciones, que implicaba favorecer la permanencia de inmigrantes irregulares en el país con fines de explotación, para beneficiarse económicamente de ellos.
Luego hubo otro fallo por reducción a la servidumbre del Juez Torres, fueron denuncias de La Alameda que tuvieron este tipo de fallos que fueron importantes pero no tuvieron la repercusión como el de Luis Viale.
En este caso hicimos una campaña específica para este juicio, porque venía muy mal, en marzo/abril, cuando comenzó el juicio, estábamos en cero años, los jueces del tribunal Oral Criminal N° 5 de la Ciudad de Buenos Aires decían que esto estaba prescrito.
Por esta campaña logramos hacer el juicio y que se haga justicia. La importancia del fallo está relacionada con la necesidad de enviar señales a este sector, tanto a los talleristas como a las marcas, principalmente a las marcas.
En el caso de los talleristas, en buena parte de la comunidad boliviana que se dedica a este sector, estas condiciones de trabajo están naturalizadas, son promovidas como una cuestión casi cultural del esfuerzo que implica trabajar muchas horas para progresar. Esto está promovido por los «capos» de la colectividad, como una cuestión cultural de que «nosotros los bolivianos somos fuertes y nos gusta trabajar así».
Los dueños de los talleres promueven estos discursos, pero esto de cultural no tiene nada, hay explotación laboral pura, dura y extrema. Este tipo de fallos envían una señal a los talleristas y a los trabajadores para entender que no es normal, en Argentina y también en Bolivia, es explotación, es reducción a la servidumbre, es trabajo forzoso, hay casos de trabajadores víctimas de trata de personas también.
Por otro lado, si avanza la causa contra las marcas, que confiamos en que así será, ese sí sería un primer caso. Porque hasta ahora los fallos avanzaron hasta los intermediarios, que en los dos casos eran coreanos con comercios en la calle Avellaneda que subcontrataban a talleres informales de talleristas bolivianos y ahí se llegó a un paso más arriba en la cadena productiva; pero a marcas no se ha llegado, ese sí sería un primer fallo y sería una gran señal al sector.
En ese caso serían condenados no porque se incendió el taller, sino porque redujeron a la servidumbre a los trabajadores, esto le puede pasar a cualquier marca que trabaje de esta manera. Son muchas, lo importante cuando uno compra es por lo menos evitar las que están denunciadas.
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