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Falso Dilema de México: Derechos Humanos o Seguridad

Fuentes: Alainet

México está enfrentando actualmente una crisis de derechos humanos. Los titulares documentan la manifiesta violencia que ha cobrado más de 50.000 vidas desde el 11 de diciembre del 2006, cuando el Presidente Felipe Calderón lanzó la guerra contra las drogas. Sin embargo, por debajo del baño de sangre, la erosión del imperio de la ley […]

México está enfrentando actualmente una crisis de derechos humanos. Los titulares documentan la manifiesta violencia que ha cobrado más de 50.000 vidas desde el 11 de diciembre del 2006, cuando el Presidente Felipe Calderón lanzó la guerra contra las drogas. Sin embargo, por debajo del baño de sangre, la erosión del imperio de la ley y la sistemática violación a los derechos humanos en el contexto del conflicto armado causado por la guerra a las drogas ha creado una crisis más profunda en la sociedad mexicana, una cuyas causas y efectos no sólo están mal definidos sino a menudo son oscurecidos intencionalmente.

La Guerra contra las Drogas y la Seguridad Nacional

La guerra contra las drogas y la seguridad nacional comenzó bajo la premisa de que los carteles traficantes de drogas presentaban la más grave amenaza a la seguridad mexicana y sería, por lo tanto, una prioridad principal para la entrante administración Calderón. La estrategia elegida fue siguiendo el modelo de la guerra a las drogas diseñada por el Presidente de Estados Unidos Richard Nixon en 1971 que priorizaba el cumplimiento de leyes que prohibían la venta y consumo de ciertas drogas en el país, dura criminalización de los consumidores y vendedores, y estrategia de interdicción en naciones productoras. En una serie de «operaciones conjuntas» entre la Policía Federal y las Fuerza Armadas, el gobierno mexicano ha desplegado más de 45.000 tropas en varias regiones del país en un conflicto doméstico de baja intensidad sin precedentes.

Este despliegue ha hecho surgir numerosas preguntas constitucionales. Aunque hay algunas circunstancias específicas en las que se considera justificado el uso de las Fuerzas Armadas mexicanas dentro del territorio nacional, el Artículo 129 de la Constitución Mexicana restringe las funciones de las Fuerzas Armadas en tiempos de paz a las directamente conectadas con la disciplina militar, y el Artículo 21 estipula que la seguridad pública es tarea de las autoridades civiles. El gobierno federal continúa definiendo un papel semi-permanente para las Fuerzas Armadas en la guerra de las drogas, lo cual en ausencia de un estado de emergencia declarado es difícil de justificar. Además, el rol doméstico de las Fuerzas Armadas amenaza las libertades civiles y los de libertades individuales y constituye una afrenta al imperio de la ley.

Esta situación está compuesta por las acciones de las Fuerzas Armadas. Aunque entrenadas en un modelo de guerra que postula la aniquilación de un enemigo identificable, cuando se despliegan en comunidades donde los civiles son definidos como enemigos sospechosos, los soldados y oficiales han respondido demasiado a menudo con arrestos arbitrarios, agendas personales y corrupción, ejecuciones extrajudiciales, el uso de la tortura y uso excesivo de la fuerza. La persistencia de tratar todos los casos relacionados con personal militar ante tribunales militares, conocido como fuero militar o exención militar de los procesamientos civiles y en la práctica ha conducido a un promedio muy bajo de procesamientos.

Human Rights Watch (HRW) reporta que de 5.671 investigaciones que se abrieron en el sistema de tribunales militares entre 2007 y 2011, sólo 29 resultaron en condenas de soldados. En noviembre 2009, la Corte Inter-Americana de Derechos Humanos (IACHR) dictaminó la proscripción del uso de la jurisdicción militar en casos que involucraran violación de derechos humanos en civiles. En una decisión histórica, la Suprema Corte Mexicana sostuvo el 6 de julio de 2011 que las Fuerzas Armadas deben respetar la decisión de la IACHR. A pesar del mandato combinado internacional y nacional, en la práctica los ciudadanos deben presentar un requerimiento judicial contra ser juzgados en cortes militares sobre una base de caso por caso con el fin de demandar una investigación y juicio ante cortes civiles.

El primer caso en desafiar la inmunidad militar ganó una decisión de la Corte del Sexto Distrito de la Segunda Región de negar la extensión de inmunidad militar en el caso el 9 de diciembre de 2011. La familia de Bonfilio Rubio Villegas, un hombre indígena Nahua que fue muerto a balazos en un puesto de control militar en el estado de Guerrero presentó el caso. El Juez Carlos Alfredo Soto Morales dio su fallo sobre la base de la Constitución y citó el caso Radilla, haciendo notar que las decisiones de la IACHR son vinculantes bajo la jurisprudencia mexicana. Luego que la corte federal dictaminó que el caso Bonfilio Rubio Villegas debía ser tratado en un tribunal civil, el Ejército apeló el dictamen, despertando protestas en organizaciones ciudadanas y expertos que mencionaron una continua resistencia de parte de las Fuerzas Armadas a someterse a la justicia civil.

La Comisión Nacional de Derechos Humanos (NCHR), la HRW y grupos humanos locales y estatales informan de importantes aumentos en desapariciones forzadas, tortura y ejecuciones extra judiciales, muchas presuntamente perpetradas por fuerzas de seguridad mexicanas. Ha habido un aumento de 70 por ciento en quejas por violaciones de los derechos humanos entre 2010 – 2011 comparado con el nivel anterior, la mayoría de las cuales fueron registradas y presentadas contra fuerzas de seguridad, especialmente la Policía Federal y el Ejército. Las categorías más altas son arrestos arbitrarios, tortura y extorsión. En una visita oficial a México, el Alto Comisionado de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, Navi Pillay, expresó una grave preocupación por la militarización y uso expandido del arresto domiciliario anterior a juicios; cinco cuerpos de las Naciones Unidas han recomendado la eliminación de esta práctica como violatoria de la presunción de inocencia. El gobierno mexicano se ha rehusado a reformar la ley o su práctica. El Segundo Informe de la Situación de los Defensores de los Derechos Humanos en las Américas de la IACHR documentaba 61 asesinatos de defensores en México durante el período de guerra a las drogas 2006-2010, y la Cadena Nacional de Defensores de los Derechos Humanos de las Mujeres informa que 17 defensoras femeninas de los derechos humanos fueron asesinadas del 2010 a la fecha. Otro reporte documenta docenas de ataques a defensoras femeninas de los derechos humanos, incluyendo formas de violencia basadas en el género.

El NCHR ha registrado 475 desapariciones forzadas en septiembre 2011, comparadas con entre cuatro y seis casos en 2006. Especialmente en lo que se refiere a desapariciones, los casos no son reportados en una vasta proporción. El Ombudsman de Derechos Humanos Raúl Plascencia declaró que el gobierno federal no registra desapariciones forzadas, ni son investigadas en la mayoría de los casos. El NCHR ha comenzado un registro e investigaciones pero no ha alcanzado su cobertura total y el gobierno federal aprobó una medida para comenzar a llevar un registro.

Asimismo, algunas importantes violaciones a los derechos humanos no pueden ser juzgados exitosamente debido a brechas en la ley. Ni el femicidio, que ha aumentado notablemente durante el período de guerra a las drogas, ni las desapariciones forzadas figuran tipificadas como tales bajo la ley. Actualmente, los femicidios y desapariciones son registrados como secuestros o reportes de personas desaparecidos. Como resultado, la unidad de secuestros de la Oficina del Fiscal General está sobrecargada y las desapariciones forzadas no se cuentan. Las desapariciones forzadas no son clasificadas como un delito específico bajo la ley federal mexicana. Algunos estados de México se están por ello moviendo para aprobar leyes específicas sobre desapariciones forzadas y grupos de derechos humanos en México han pedido también una ley nacional.

De acuerdo al Ministerio de Defensa, el ejército recibe un promedio de cuatro quejas sobre derechos humanos por día como resultado de su involucración en la guerra de las drogas. El número total de quejas registradas por el NCHR contra el ejército desde el comienzo de la guerra a las drogas bajo la Administración Calderón es de 5.055 hasta mediados del 2011; sólo se han emitido 78 recomendaciones. El Ministerio de Defensa ha intentado minimizar la gravedad de esta situación, declarando que debido a su ofensiva contra el crimen organizado, «hay quejas que son presentadas por miembros del crimen organizado para difamar a este instituto militar y de ese modo limitar sus operaciones». Sin embargo, este reclamo no ha sido sustanciado y las investigaciones sobre la mayoría de las denuncias están considerablemente demoradas o limitadas. Hay todas las razones para ver con alarma el número de declaraciones del gobierno que asocian las denuncias de violaciones a los derechos humanos con vínculos con el narcotráfico, ya que apuntan a una actitud de ensuciar o criminalizar a los defensores de derechos humanos, lo que los coloca en una posición de mayor riesgo.

Paradigmas para la Seguridad: La Ley de Seguridad nacional y Seguridad Ciudadana

Debido al explosivo aumento en la violencia y las violaciones a los derechos humanos bajo el modelo de guerra a las drogas imposición de ley/interdicción, los grupos de derechos humanos y organizaciones ciudadanas de México han demandado un cambio inmediato en la estrategia de seguridad. El Movimiento por la Paz con Justicia y Dignidad (MPJD) dirigido por el poeta Javier Sicilia, cuyo hijo fue brutalmente asesinado en marzo del 2011, ha reclamado formalmente el final de la guerra a las drogas de Calderón, un alto a la Iniciativa de Mérida respaldada por Estados Unidos y el rechazo de las reformas propuestas por la administración a la Ley de Seguridad Nacional. La Ley de Seguridad Nacional de 2005 coloca a la seguridad nacional como prioridad y define la seguridad nacional en su Artículo 3: «Para efectos de esta Ley, se entiende como seguridad nacional las acciones destinadas a mantener directamente la integridad, estabilidad y permanencia del Estado Mexicano».

Las reformas propuestas presentadas por el Presidente Calderón están dirigidas a institucionalizar el modelo de guerra contra las drogas dentro del concepto de seguridad nacional y proporcionar una base legal más fuerte para la participación de las Fuerzas Armadas en el país. Expertos legales del MPJD han criticado la Ley de Seguridad Nacional de 2005 por las siguientes razones:

(1) Legaliza las decisiones presidenciales para atacar la inseguridad con medidas represivas que reaccionan ante los síntomas, mas bien que enfrentar sus causas.

(2) Es inconstitucional, ya que redistribuye las funciones de seguridad pública y seguridad nacional entre las Fuerzas Armadas y la policía sin definir a ambas adecuadamente.

(3) A las Fuerzas Armadas se les permitiría coordinar actividades de seguridad público, cuando la Constitución claramente les permite sólo participar como auxiliares en situaciones de crisis.

(4) La incorporación de personal militar en la seguridad pública abre la puerta a sustituir autoridades locales y estatales por personal federal de las Fuerzas Armadas y de seguridad, lo que afecto los derechos y soberanía de los estados.

(5) Los oficiales de seguridad federal pueden declarar estados de excepción, lo que permite un gobierno autoritario.

(6) El personal militar podría ser juzgado en cortes civiles solamente cuando los militares decidan que es apropiado.

Los expertos de México, incluyendo a aquellos asociados con la Universidad Nacional Autónoma (UNAM) han estado trabajando sobre modelos de una ley que protegiera a los ciudadanos y a la seguridad humana, basada en conceptos de las Naciones Unidas. Tales modelos reemplazarían el concepto Mérida-Calderón de «seguridad nacional» que busca proteger los intereses del Estado por encima de dar prioridad a la seguridad pública. Estos modelos encaran las causas de la inseguridad en comunidades y buscan soluciones duraderas a dichos problemas, en vez de proscribir acciones represivas contra el crimen. El IACHR utiliza la siguiente definición de «seguridad ciudadana»: Este grupo de derechos incluye el derecho a la vida, el derecho a la integridad física, el derecho a la libertad, el derecho al debido proceso y el derecho al uso y disfrute de la propiedad de cada uno, sin perjuicio de otros derechos que serán específicamente examinados en el cuerpo de este reporte.

Acciones Ciudadanas en Defensa de Derechos Humanos y para la Seguridad Ciudadana

El precipitado crecimiento de la violencia y violaciones a los derechos humanos y la naturaleza disfuncional del sistema de justicia Mexicana habn llevado directamente a la presentación y aceptación de numerosos casos ante cortes internacionales. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la Organización de Estados Americanos ha recibido numerosos casos mexicanos y varios han sido pasados a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que ha fallado contra el gobierno mexicano y ha promulgado recomendaciones. Muchos de estos casos son anteriores en fecha a la guerra de Calderón contra las drogas pero señalan la progresiva situación de impunidad que forma el telón de fondo para la actual violencia.

México ratificó el Estatuto de Roma de la Corte Criminal el 28 de octubre del 2005. El ICC puede aceptar casos si el Estado acusado de crímenes contra la humanidad es hallado inactivo, sin voluntad o incapaz de enjuiciar. El 25 de noviembre de 2011 se presentó un caso contra la administración Calderón aduciendo crímenes contra la humanidad bajo la actual política de seguridad con más de 23.000 firmas -un número record para el ICC. El caso documenta 470 instancias de «crímenes contra la humanidad», incluyendo asesinatos, desapariciones forzadas, tortura y reclutamiento de menores.

La respuesta del gobierno de Calderón fue rápida, enojada y legalmente defectuosa. En un comunicado, el Ministerio de Relaciones Exteriores declaró que «el Gobierno Federal categóricamente rechaza que lal política de seguridad pueda constituir un crimen internacional». Afirmar que la política de seguridad de un Estado nunca puede constituir un delito no tiene precedentes y es claramente ridículo. El caso está esperando una discusión sobre la aceptación de parte del ICC y, aunque es poco probable que sea aceptada formalmente, los proponentes esperan elevar los asuntos y tal vez colocar al país bajo observación, como ocurrió en un caso similar que involucraba a Colombia.

Un esfuerzo similar ha sido asumido ante el no obligatorio Tribunal Permanente de los Pueblos (PPT), un tribunal internacional de conciencia que se formó como sucesor del Tribunal Russell. El PPT ha acordado formar un capítulo para México y recibir documentación respecto de las violaciones a los derechos humanos por parte del Gobierno Mexicano.

El Falso Dilema

La idea de que la seguridad y los derechos humanos es un trueque es perniciosa para una sociedad basada en los derechos. No puede haber seguridad sin derechos humanos. La respuesta del Gobierno Mexicano de que los criminales son los mayores violadores de los derechos humanos minimiza la responsabilidad del gobierno de asegurar una sociedad que respete los derechos humanos e impida y castigue las violaciones por parte de actores del Estado.

La guerra contra las drogas lanzada por la administración Calderón y apoyada por la iniciativa de Mérida de Estados Unidos ha llevado a un agudo aumento de las violaciones a los derechos humanos y a un clima general de violencia y militarización. Para construir el respeto a los derechos humanos, México debe reformar el actual modelo de seguridad que postula un trueque entre derechos y seguridad y trabajar para construir la seguridad de los ciudadanos basada en los derechos humanos y en la participación democrática.

Laura Carlsen
es la directora del Programa de las Américas

Fuente: Americas Program www.cipamericas.org