Previendo la profundización de la crisis y en consecuencia un crecimiento de las protestas sociales, la burguesía nacional se prepara para la represión, pasa revista del aparato represivo, lo aceita y pone a punto, listo para actuar ordenada y organizadamente sin fisuras. La semana pasada los diarios CYN Digital y Río Negro on line, informaban […]
Previendo la profundización de la crisis y en consecuencia un crecimiento de las protestas sociales, la burguesía nacional se prepara para la represión, pasa revista del aparato represivo, lo aceita y pone a punto, listo para actuar ordenada y organizadamente sin fisuras.
La semana pasada los diarios CYN Digital y Río Negro on line, informaban sobre la creación de un nuevo «manual para actuar en los cortes de rutas», elaborado por el jefe de fiscales, Alberto Tribug, a pedido de la fiscalía del tribunal superior de justicia de la provincia de Neuquén.
En el «instructivo» texto, se establece el procedimiento para que la fiscalía, los jueces, la policía y el tribunal superior trabajen mancomunadamente para garantizar la represión y que a nadie se le ocurra no cumplir su parte en la tarea.
El manual obliga a los fiscales a intervenir en los cortes y cumplir (y hacer cumplir), a como de lugar, el desalojo. Primero tienen que informar a la policía y al juez de instrucción, y elaborar un acta de inspección ocular. En el informe al juez, el fiscal le tiene que pedir la inspección judicial, la identificación de todos los autores, la intimación a desocupar la ruta, y debe dar la orden de reprimir a la policía.
Ordena, textualmente: «la inmediata liberación de los espacios por medio de la fuerza pública». También prevé cómo resolver la posibilidad de que no todos los funcionarios estén alineados o que alguno no quiera hacerse responsable de la represión. Por ejemplo, si el juez se niega a reprimir, el fiscal está obligado a apelar y mandarlo en cana ante el tribunal superior de justicia, porque «impide la prosecución de la acción penal bajo responsabilidad del ministerio fiscal».
Por otro lado, si la policía es la que se niega a reprimir aduciendo «falta de capacidad operativa» el manual obliga al fiscal a que «compruebe la cantidad de personas que se encuentren en el corte, a modo de acreditar la alegada falta de capacidad operativa», y además «deberá requerirse al juez interviniente la inmediata intimación a la Policía con notificación directa al jefe de la fuerza, bajo apercibimiento de iniciar acción por el delito de desobediencia a una orden judicial», y si todo eso aún no alcanza «deberán solicitar al juez que disponga el cumplimiento inmediato de las medidas directamente a la Jefatura de Policía, para que disponga los medios necesarios a tal fin».
Una vez terminada la represión e impuesto el orden por la fuerza, el instructivo ordena lisa y llanamente criminalizar la protesta planteando que «los integrantes del ministerio público fiscal deberán continuar impulsando la acción penal».
El manual no tiene nada de sorprendente. De hecho el estado, en este caso en Neuquén, no ha tenido demasiados problemas a la hora de reprimir. Lo único, tal vez más llamativo, es la obligación a los fiscales de garantizar si o si la represión, controlando que se cumpla y mandando en cana a propios y extraños si alguno duda o no quiere hacerse cargo del muerto. Garantiza así un mejor funcionamiento y alineamiento de todas las instancias legales a la hora de reprimir, minimizando las posibilidades de una casual inacción de alguna de esas instancias.