El Congreso Nacional aprobó el 11 de setiembre la Ley 26984 de «Pago soberano local de deuda exterior de la República Argentina». En su texto declara de interés público las reestructuraciones de 2005 y 2010 hechas por el kirchnerismo, y establece que la norma es de orden público. Así el gobierno da un marco de […]
El Congreso Nacional aprobó el 11 de setiembre la Ley 26984 de «Pago soberano local de deuda exterior de la República Argentina». En su texto declara de interés público las reestructuraciones de 2005 y 2010 hechas por el kirchnerismo, y establece que la norma es de orden público. Así el gobierno da un marco de legalidad a los canjes en un intento de eludir causas judiciales que tiene en su contra por sospechas de manejo de información privilegiada y tráfico de influencias en esas operaciones.
Si había alguna duda, con esta ley queda más que claro que el supuesto desendeudamiento encierra en realidad el objetivo de pagar para estar en condiciones de volver a tomar deuda externa. En estos años la deuda ha crecido hasta niveles superiores a los alcanzados luego del primer canje en 2005, solo que ha cambiado su composición a intraestado, como lo hemos escrito en varios de nuestros artículos.
Comenzamos en este artículo haciéndonos algunas preguntas porque pensamos que si naturalizamos algunas palabras corremos el riesgo de ver blanco donde en realidad hay negro (o al menos gris, para no ser tan determinante).
¿Cuánto de soberano tiene pagar una deuda de origen ilegítimo?
¿Cuánto de soberano tiene, aun considerando que la ilegitimidad deba «probarse», usar fondos públicos para dejarlos depositados por si los buitres quieren cobrar?
¿Cuánto de soberano tiene declarar de «interés público» las reestructuraciones de la deuda de 2005 y 2010 -o sea que se convaliden ambos canjes- cuando hay causas judiciales abiertas por maniobras de funcionarios para favorecer a los bonistas?
¿Cuánto de soberano tiene una Ley que se dice de Pago Soberano y en lugar de obligar a que se apliquen las leyes nacionales, se cobren en bancos locales y se canjeen los bonos que así no lo determinen, lo da como una «opción» a voluntad de los acreedores?
¿Cuánto de soberano tiene la consigna «Patria o Buitre» si la explicación, en lugar de ser «Patria = No pagar a los Buitres» es pagarles?
¿Cuánto de soberano tiene pensar que es soberano pagar deuda externa mientras se dice que dar el 82 por ciento móvil a los jubilados y pensionados pondría en riesgo el sistema previsional?
¿Por qué es más soberano pagarle a los buitres que mantener a 7 de cada 10 jubilados con un haber que ni llega al salario mínimo, vital y móvil, y a éste casi en la mitad de lo necesario para llevar una vida digna?
Y en el mismo camino de pagar «soberanamente» a los buitre de afuera, el gobierno evalúa hacerle un aporte de capital como acreedor a la empresa Impsa, del Grupo Pescarmona, que se declaró en cesación de pagos… un buitre de adentro.
Lo que se aprobó
La ley contiene básicamente cuatro ejes. Los tres primeros dan cuenta que se trata de «autorizaciones» y «opciones» sin ninguna obligación. El cuarto crea la comisión investigadora con una primera restricción que es solamente parlamentaria y además con escaso tiempo para investigar.
La ley establece:
1-La autorización al Ministerio de Economía a adoptar medidas para remover al Bank of New York Mellon como agente fiduciario y designar en su reemplazo a Nación Fideicomisos SA en el Banco Central de la República Argentina, «sin perjuicio del derecho que asiste a los tenedores de designar a un nuevo Agente Fiduciario que garantice el canal de cobro de los servicios». Para ellos se abrirá una cuenta especial del Banco Nación (Fondo Ley 26984- Pago Soberano de Deuda Reestructurada) que mantendrá en resguardo los fondos para «aplicarlos al pago de los servicios de deuda» de los acreedores que entraron en los canjes 2005-2010 (el 92,4%).
2-La autorización al Ministerio de Economía para instrumentar el canje de los bonos que no entraron en los anteriores y a que deposite en otra cuenta especial del Banco Nación (Fondo Ley 26984 – Pago Soberano de Deuda Pendiente de Canje), «una cantidad de fondos equivalentes a los que correspondería pagar por los servicios de los nuevos Títulos Públicos que en el futuro se emitan en reemplazo de aquellos que aún no ingresaron a la Reestructuración de Deuda Soberana 2005-2010» (el 7,6%).
3- El cambio de la jurisdicción a la local o a la francesa para el caso que, en forma «ilegítima e ilegal», se obstaculicen los mecanismos para cobrar los títulos regidos por ley y jurisdicción extranjera. Los tenedores de bonos deberán hacer la opción -en forma individual o colectiva- de cambio de legislación y jurisdicción aplicable a sus títulos. Es entonces que la ley autoriza al Ministerio de Economía a canjearles los títulos por otros regidos por legislación y jurisdicción local o de la República Francesa.
4-La creación de la «Comisión Bicameral Permanente de Investigación del Origen y Seguimiento de la Gestión y del Pago de la Deuda Exterior de la Nación», integrada por 8 diputados y 8 senadores «respetando la proporción de las representaciones políticas». Esta comisión «tendrá por finalidad investigar y determinar el origen, la evolución y el estado actual de la deuda exterior de la República Argentina desde el 24 de marzo de 1976 hasta la fecha, incluidas sus renegociaciones, refinanciaciones, canjes, megacanje, blindajes, los respectivos pagos de comisiones, default y reestructuraciones, emitiendo opinión fundada respecto del efecto de los montos, tasas y plazos pactados en cada caso, y sobre las irregularidades que pudiera detectar». La ley establece 180 días desde su constitución para que esta comisión presente un informe final.
Las opiniones
Durante estos días diferentes personalidades, legisladores y economistas han dado su opinión sobre la norma.
Francisco Cantamutto es economista argentino y sigue desde México, su actual lugar de residencia, las informaciones y novedades que en materia económica suceden en Argentina. Esta semana fue entrevistado por el programa Enredando las Mañanas (RNMA) y dio sus impresiones sobre la nueva ley.
«Algo que hay que resaltar de la ley es que ninguno de los cambios que propone es compulsivo. O sea, no obliga a los bonistas a aceptarlo, sino que se los da como una opción. (…) Con esta ley están abriendo a los bonistas la posibilidad de recurrir a una vía para saltarse al Juez Griesa que está trabando los pagos. La ley garantiza los intereses del 92,4 % de los acreedores que cambiaron sus bonos (en los canjes 2005 y 2010) (…). Si la ley cumple efectos o no, -debate que sobre todo la Unión Cívica Radical ha planteado- es una discusión que no tiene sentido. Porque lo único que hace la ley es abrirle las puertas a los bonistas para poder cobrar. De hecho hubo varios fondos de inversión extranjeros que hablaron a favor de esta ley porque les permitía saltar la traba del cobro en Nueva York. Frente a esto no me canso de repetir que lo que se está tratando de garantizar son los intereses de los acreedores».
Héctor Giuliano, estudioso del tema del endeudamiento argentino, opina que en realidad la ley no cambia el agente de pago sino que «sólo faculta al Ministerio de Economía a poder reemplazarlo». Por otra parte, afirma que Bank of New York Mellon no fue designado por ley del Congreso como agente de pago y, consecuentemente, no se necesita(ba) una ley para removerlo, razón por la cual la autorización al Ministerio de Economía para cambiar de banco no resulta necesaria».
Julio Gambina, presidente de la Fundación de Investigaciones Sociales y Políticas (Fisyp), dio su opinión en una entrevista realizada por el programa La Revancha: «La ley no resuelve el problema que se generó en junio ni se mete con el tema de los holdouts, o sea, de los bonistas que no ingresaron al canje, que es el tema de fondo con la justicia estadounidense. La ley solo resuelve la voluntad de pagarles a los bonistas que entraron al canje 2005/2010 y que estén dispuestos a canjear esos bonos por otros con esta nueva legislación. Hay que ver qué pasa a fines de setiembre donde tenemos un nuevo vencimiento por 200 millones de dólares. Hay algunos que ya han anunciado que van a canjear. Por ejemplo se difundió mucho que el inversor George Soros, otro buitre pero que está de acuerdo con el gobierno argentino, puede ser que canjee sus títulos y cobre en Argentina o en Francia. Pero hay que ver si con el resto el gobierno argentino le termina depositando en el banco fiduciario de Nueva York esos recursos».
Todos coinciden que el objetivo, por otra parte absolutamente manifiesto por parte de la presidenta y su ministro de Economía, es pagar. La ley es una ley de pago de la deuda.
«Me parece que la manera de verlo es la siguiente: el gobierno de alguna forma está proponiendo que existe un capital financiero internacional representante del neoliberalismo, uno que es bueno y otro que es malo. Los buenos son los especuladores que quieren cobrar y los malos son los fondos buitres que quieren cobrar más. Todos los bonistas, que ahora se los trata como socios del crecimiento argentino, son grandes fondos de inversión especulativos que hacen lo mismo que los fondos buitres, simplemente que ya aceptaron las anteriores ofertas», afirmó Cantamutto.
Respecto a la comisión investigadora, dijo: «como gesto, es lo único que tiene de interesante esta ley y que muchos de nosotros hemos venido reclamando durante años. Investigar la deuda fue lo que se reclamó en 2001, en el 2003 en la consulta popular impulsada por la central sindical CTA, también en el marco de la contra cumbre en Mar del Plata de 2005. ¿Por qué? Porque no menos de un 90%, según Alejandro Olmos, es ilegal e ilícita y no podría tener efectos para pagos futuros. Y acá entra la gran contradicción, si bien es positivo lo de la comisión investigadora, la misma ley propone pagar la deuda de cuyo estatus legal se está dudando (…) Francamente me generan dudas de cuál es la verdadera intención. Un resultado posible sería que esa comisión investigadora termine diciendo que esta deuda es legal y ahí tendríamos un problema severo».
Gambina, en tanto, afirmó: «la comisión investigadora que define esta ley es como para decirnos a todos los que la reclamábamos: ¿querían una comisión investigadora? ahí la tienen. Pero es una comisión investigadora restringida al Parlamento. Muchos de nosotros planteábamos en una campaña nacional que realizamos, una comisión de auditoría, popular, de carácter internacional, con participación de expertos y organizaciones sociales. Pero esta comisión es solo parlamentaria y limitada a 180 días. Es muy difícil que en ese período pueda haber algún pronunciamiento profundo aunque puede apoyarse en las investigaciones judiciales. Está la sentencia del juez Ballesteros del año 2000, que es una investigación de la deuda en tiempos de la última dictadura militar (1976-1983) y que ahí se demostró que hay 477 casos de fraude donde entre otros están sindicados como responsables Domingo Cavallo (ministro de Economía durante las presidencias de Menem y De la Rúa y artífice durante la última dictadura de la estatización de deuda privada), José Luis Machinea (ministro de Economía de la Alianza y funcionario del Banco Central durante la última dictadura ) y Federico Sturzenneger, actual diputado nacional del PRO».
Es difícil pensar que en tan poco tiempo pueda realizarse la investigación con pericia y profundidad. Quizás, esta comisión podría ahorrar tiempos rescatando la sentencia del juez Ballesteros luego de la investigación que durante 18 años hizo Alejandro Olmos. Este político, periodista e historiador presentó en abril de 1982 una querella contra el entonces ministro de Economía de la dictadura militar, José Alfredo Martínez de Hoz, y otros funcionarios del gobierno de facto, por la ilegalidad en la contratación de la deuda externa. En julio de 2000 el Juez Ballesteros la dio por terminada calificando la deuda externa de «ilegítima y fraudulenta» y disponiendo enviar copia de su sentencia al Poder Legislativo.
La comisión debería ir por lo menos ir contra los funcionarios responsables y los sectores económicos beneficiados con ese endeudamiento. Gambina recuerda que «entre los beneficiados está la empresa Acindar, hoy en manos de la principal transnacional del acero mundial, ArcelorMittal, y que fue presidida por Martínez de Hoz». Además de este fallo hay procesos judiciales contra todos los canjes de deuda incluido el megacanje del gobierno de la Alianza y también los canjes 2005 y 2010 del kirchnerismo, «con denuncias penales que involucran al entonces ministro de Economía y hoy vicepresidente de la Nación, Amado Boudou, por connivencia de operaciones financieras entre los compradores de títulos. El mismo estilo de lo que hoy se denuncia para con los fondos buitres, hay fuertes sospechas de connivencia de funcionarios del actual gobierno. La comisión parlamentaria podría trabajar con estos temas», agregó.
En una declaración pública dada a conocer mientras se debatía el proyecto, la Asamblea por la Suspensión de los Pagos e Investigación de la Deuda y por la Defensa del Patrimonio de los Bienes Comunes manifestó que es una «hipocresía» proponer la creación de una comisión investigadora luego de declarar que «pagar» es de interés público. Este espacio, integrado por una amplia diversidad de organizaciones y referentes populares de nuestro país denunció que «es contra el interés del pueblo que el Congreso declare de interés público el pago de una deuda sobre cuyos orígenes y sucesivas negociaciones el propio proyecto ordena investigar y sobre la cual la justicia argentina ha dejado probada su ilicitud e ilegitimidad en el fallo del juez Ballestero sobre la causa Olmos (2000) que oportunamente fuera enviado al Congreso de la Nación».
«Después de una década de prédica oficial sobre lo superado de la deuda, ¿dónde quedan nuestra soberanía y derechos como pueblo y como país?», se pregunta Adolfo Pérez Esquivel. Y con rescatable síntesis, el premio nobel de la paz afirma: «Por cierto, el kirchnerismo no es el primer gobierno de estos últimos treinta años que se ha negado a bajar el cuadro de la deuda de la pared y romper con la lógica perversa del sistema de endeudamiento. Pero es el primero en jactarse de ello y pretender que todos lo aplaudamos».
Compartimos sus palabras que hacemos nuestras: «La única deuda imprescindible de pagar es la deuda con el pueblo y la naturaleza. Priorizar ese pago sería cumplir con los derechos humanos y recuperar la soberanía».
Fuente original: http://www.redeco.com.ar/nv/index.php?option=com_content&task=view&id=14254&Itemid=130
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