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La refundación de la relación entre capital y trabajo

Muy micro

Fuentes: El Cohete a la Luna - Imagen: Salvador Dalí, "El angelus arquitectónico de Millet", 1933

En primer lugar, la crisis de la que tanto habla Javier Milei está generada por la deuda externa de Cambiemos (10 de diciembre 2015 a 9 diciembre 2019) que no se investigó como había prometido Alberto Fernández en la inauguración de las sesiones ordinarias del 1° de marzo de 2021, cuando afirmó: “Una deuda tomada por un gobierno irresponsable, que obtuvo un crédito otorgado en su favor por motivos absolutamente políticos, merece una revisión y un tratamiento adecuado a la hora de su renegociación. Tanta mala fe de los tomadores del crédito y tanto desdén de funcionarios políticos de un organismo multilateral por privilegiar a un gobierno en la coyuntura no puede ser visto como un caso más”.

En segundo término, el Banco Central dilapidó la mayor parte del superávit comercial de los años 2020-2022 por 34.000 millones de dólares, vendiéndole al precio oficial divisas a las empresas por supuestas deudas que habrían contraído por 28.430 millones de dólares. Como afirmó Cristina Fernández de Kirchner el 27 de abril de 2023 en el Teatro Argentino de La Plata: “¿Ustedes creen, sinceramente, que a una empresa (o una persona) argentina que obtiene un crédito en dólares en el exterior se lo dan en el exterior? O es un préstamo de las propias empresas o es un préstamo que está apalancado por fondos en el exterior. ¿Quién va a prestar miles de millones de dólares si no están apalancados en el exterior con una garantía?”

El tercer mecanismo de traspaso de la deuda privada al Estado fue la autorización de las importaciones desde que  Sergio Massa asumió en agosto 2022 como Ministro de Economía, por un monto que no se precisó. El gobierno actual dejó trascender que serían unos 37.000 millones de dólares, pero la Am-Cham (Cámara de Comercio de los Estados Unidos en la Argentina) sostuvo que supera los 56.000 millones de dólares, suma que acrecienta la deuda externa de la Administración nacional. No se sabe a ciencia cierta qué se importó, a qué precio, a quién se le compró (más del 60 % de dichas importaciones son con sus respectivas casas matrices), si se podía haber sustituido con producción local, etcétera, pero el gobierno continuando con la operatoria de los Comunicados A 7874 y 7877 del BCRA del 26 de octubre de 2023,  que permite a esos grandes importadores suscribir una letra en divisas (LEDIV) en pesos al tipo de cambio oficial (ajustado por dólar linked —que es el precio del dólar oficial—), crea un bono que denominó BOPREAL (Bono para la Reconstrucción de la Argentina libre) que continúa a la letra LEDIV, pero le pone un plazo hasta el 31 de octubre de 2027, fecha en la que el BCRA se compromete a pagar en dólares dichos bonos.

A la deuda heredada y la generada por la administración del Frente de Todos debe sumarse la lucha contra el Covid. Pero también la estructura estatal dejada por Cambiemos, incluida la reducción de impuestos a los sectores de mayores ingresos y patrimonio, y de los derechos de exportación y aranceles, para lo cual, ante la menor recaudación tributaria, se emitieron títulos de deuda en el mercado interno ajustables por precio del dólar o por la inflación (la deuda se acrecentó por la fuerte disminución de la presión tributaria de Macri y de Fernández).

La crisis fiscal (que repercute obviamente en la economía del país) es producto de la deuda y su administración funcional al poder económico que se benefició exclusivamente, una minoría parásita y rentista que compró dólares baratos en la gestión de Cambiemos o a precio oficial para amortizarla en el gobierno de Fernández.

La ignorancia presidencial

Tiene una formación de micro economista y, dentro de esa rama menor de la ciencia, la del marginalismo extremo, copiando a Murray Rothbard (1926-1995), que fue el encargado de definir el libertarismo moderno y popularizar una forma de anarquismo y libre mercado, que es funcional al gran capital. Pero Rothbard lo ve desde un  país central (los Estados Unidos, donde nació y vivió). Esto le permite aseverar: “Si no podemos vender al mercado interno, se exporta y si no se puede exportar se deja de producir”. Sin importarle a qué se van a dedicar los que producían ese bien o ese servicio. Milei lo ve desde un país periférico y subordinado, por lo que propone: vendamos todo afuera y si lo quieren comprar acá, que lo hagan a al mismo precio en dólares (u otra divisa) que se puede vender afuera.

Obviamente esto es aprovechado por las grandes empresas que operan en el país (locales y extranjeras), que no solo pusieron a sus empleados en el gobierno, sino que contrataron a los grandes estudios jurídicos y contables que redactaron el DNU 70/23 y el Mensaje y Proyecto de Ley 7/23 que denominaron pomposamente “Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos”.

La propuesta del poder económico que usa como mascarón de proa a Milei, la define la Federación de trabajadores Aceiteros, contraparte paritaria de las grandes cerealeras nucleadas en CIARA-CEC, en un comunicado. «Es una refundación de la relación capital-trabajo hecha por los estudios jurídicos patronales a medida de la coalición que hoy detenta el poder, una alianza entre los grupos económicos locales, financieros, funcionarios del ex gobierno de Macri y el Presidente Milei».

Un Congreso Nacional desprestigiado, corroído por los intereses de esas grandes empresas, no garantiza el rechazo total al Proyecto de ley 7/23 “Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos”. El mismo Milei se da el lujo de decir que los  que se oponen buscan coima y no, que los que votan a su favor, lo hacen porque son funcionales a las empresas que se benefician de esa libertad que proclaman.

Mientras, se avanza desde el viernes 29 de diciembre con la ejecución del Decreto de Necesidad y Urgencia 70/23 cuando nuestra Constitución Nacional autoriza la emisión de los DNU para circunstancias excepcionales. Si deroga y/o modifica 366 leyes, el Poder Ejecutivo Nacional se arroga facultades legislativas vedadas, en un avasallamiento a la división de poderes. Por otra parte, el DNU ya estaba preparado en caso de que hubiera ganado las elecciones Juntos por el Cambio. El mismo Sturzenegger, en un video que El Cohete publicó el domingo pasado, muestra a “Patricia” la pila de papeles que derogan y modifican las leyes.

La Libertad de los Argentinos

Igual pasa con el Mensaje y Proyecto de Ley 7/23  en que se le exige al Congreso de la Nación que haga efectiva la delegación legislativa prevista en el artículo 76 de la Constitución Nacional, declarando la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, previsional, de seguridad, defensa, tarifaria, energética, sanitaria, administrativa y social hasta el 31 de diciembre de 2025, con posibilidad de extenderla hasta el 31 de diciembre de 2027

Propone «establecer la más amplia desregulación del comercio, los servicios y la industria en todo el territorio nacional y procurar dejar sin efecto todas las restricciones a la oferta de bienes y servicios, así como toda exigencia normativa que distorsione los precios de mercado» y, al mismo tiempo, “promover la reactivación productiva”.

El artículo 33 faculta al Poder Ejecutivo nacional a «disponer por razones de emergencia la renegociación o en su caso rescisión de los contratos de cualquier tipo que generen obligaciones a cargo del Estado, celebrados con anterioridad al 10 de diciembre de 2023 por cualquier órgano o ente descentralizado de la Administración Pública nacional». Allí se exceptúan los contratos suscritos en virtud de los procesos de privatización autorizados por la Ley N° 23.696 y que estén regidos en sus prestaciones por marcos regulatorios establecidos por ley; así como aquéllos que cuenten con financiamiento internacional».

El proyecto también busca eliminar la fórmula vigente para la actualización de las jubilaciones y pensiones. El artículo 106 del proyecto suspende la “aplicación del artículo 32 de la Ley N° 24.241, sus complementarias modificatorias” y faculta al Poder Ejecutivo para “establecer una fórmula automática de ajuste de las prestaciones mencionadas en los incisos a), b), c), d), e) y f) del artículo 17 de la Ley N° 24.241, teniendo en cuenta los criterios de equidad y sustentabilidad económica”. Según el artículo 106  “hasta tanto se establezca una fórmula automática, el Poder Ejecutivo Nacional podrá realizar aumentos periódicos atendiendo prioritariamente a los beneficiarios de más bajos ingresos”. Es decir, los aumentos serán por decreto mientras no haya fórmula automática. Y solamente para las jubilaciones más bajas.

El artículo 226 dispone la transferencia de los activos del Fondo de Garantía y Sustentabilidad  de la ANSeS, creado por el Decreto 867/07, al Tesoro Nacional, y faculta al Poder Ejecutivo nacional a adoptar todas las medidas necesarias para su instrumentación.

El artículo 107 propone derogar el artículo 1° de la ley Fortalecimiento de la sostenibilidad de la deuda pública, que establece que “toda emisión de títulos públicos en moneda extranjera y bajo legislación y jurisdicción extranjeras” que supere el porcentaje determinado en la ley de Presupuesto “requerirá de una ley especial del Honorable Congreso de la Nación que la autorice expresamente”, con lo que es el Poder Ejecutivo  sin ninguna limitación el que reestructuraría la deuda externa. No solamente no se investiga el origen de la deuda externa acrecentada en más de 100.000 millones de dólares en la gestión de Cambiemos, sino que el gobierno acuerda cómo pagarla y para eso va a dar como garantía las acciones y títulos del FGS de la ANSeS.

El artículo 200 del proyecto fija en un 15% la alícuota de derecho de exportación para todas las mercaderías que hasta el momento no estuvieran gravadas o lo estuvieran por un porcentaje menor. En tanto, la norma indica que aquellos sectores que ya estuviesen por encima no serán modificados y confirma la actualización del 33% para los subproductos de soja (harinas y aceites).

El artículo 206, confirma que el arancel se mantendrá en cero para los siguientes complejos exportadores: olivícola, arrocero, cueros bovinos, lácteos, frutícola, hortícola, porotos, lentejas, arveja, papa, ajo, garbanzos, miel, azúcar, yerba mate, té, equinos y lana.

Se dispone la privatización de aquellas empresas y sociedades “de propiedad total o mayoritaria estatal” entre las que se encuentran: Aerolíneas Argentinas; YPF;  Banco de la Nación Argentina; Casa de Moneda; Correo Argentino; ARSAT; AySA; Fabricaciones Militares; Ferrocarriles Argentinos; Télam y Empresa Argentina de Navegación Aérea (EANA), entre otras. Aclara que la intención del Gobierno es constituir sociedades anónimas “en las cuales el Poder Ejecutivo nacional podrá conservar una (1) acción con derecho a veto en las decisiones que impliquen el cierre de la actividad”.

Crea un Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI) dado que el Estado se retira de grandes obras, para que sea el sector privado el que las realice. Y el artículo 346 autoriza el ingreso de tropas extranjeras sin previo consentimiento del Congreso de la Nación.

Todas estas medidas van acompañadas de modificaciones al artículo 34 del Código Penal para extender la definición de la legítima defensa y habilitar que no serán penados los miembros de la fuerza de seguridad  que obraren en cumplimiento de un deber o en el legítimo ejercicio de su derecho, autoridad o cargo; en cuyo caso, la proporcionalidad del medio empleado debe ser siempre interpretada en favor de quien obra en cumplimiento de su deber o en el legítimo ejercicio de su derecho, autoridad o cargo.

El proyecto también propone la modificación del artículo 194 del Código Penal para endurecer las penas a los manifestantes, estén o no presentes al momento de una protesta. El texto vigente establece de tres meses a dos años de prisión para “el que, sin crear una situación de peligro común, impidiere, estorbare o entorpeciere el normal funcionamiento de los transportes por tierra, agua o aire o los servicios públicos de comunicación, de provisión de agua, de electricidad o de sustancias energéticas”. Por el artículo 326 esas penas pasan a ser de un año a tres años y medio, es decir de cumplimiento efectivo. Lo mismo ocurre con las penas de dos a cuatro años de cárcel a quienes con un arma impropia (dentro de esa definición caben los palos en los que se portan las banderas) interrumpan el servicio de transporte público; con dos a cinco años a “quienes dirijan, organicen o coordinen una reunión o manifestación que impidiere, estorbare o entorpeciere la circulación o el transporte público o privado” estén o no en el lugar y con tres a seis años a quienes amenacen a una persona con sacarle la “asignación de un beneficio, plan, subsidio de cualquier índole” para que asistan a una protesta.

En síntesis

El Artículo 29 de la Constitución Nacional afirma que «el Congreso no puede conceder al Ejecutivo nacional, ni las Legislaturas provinciales a los gobernadores de provincia, facultades extraordinarias, ni la suma del poder público, ni otorgarles sumisiones o supremacías por las que la vida, el honor o las fortunas de los argentinos queden a merced de gobiernos o persona alguna. Actos de esta naturaleza llevan consigo una nulidad insanable, y sujetarán a los que los formulen, consientan o firmen, a la responsabilidad y pena de los infames traidores a la patria».

Esto lo saben también los grandes productores de granos que pese a ser los  primeros beneficiados con la devaluación de nuestra moneda en más de un 100%, no están liquidando en tiempo y forma.

Y también saben los acreedores a quienes en 2024 hay que pagar los intereses de la deuda externa y comienza a amortizarse el capital de la deuda renegociada con  los “bonistas” (entre ellos y principalmente BlackRock) el 31 de agosto de 2020 por el Ministro Martín Guzmán, por lo que se deben pagar 19.200 millones de dólares (la Administración Nacional recauda en pesos y cada vez que devalúa esa deuda se torna más impagable)

Y también el EMFI Group, un banco británico dedicado a mercados emergentes con sede en Londres, que afirma sobre las perspectivas de la Argentina bajo el gobierno de Javier Milei para el año 2024, es de una inflación anual de 444%.

El que parece no saberlo es Javier Milei, que acepta una por una las medidas propuestas por las grandes empresas locales y extranjeras, a las que incluso se les beneficia con exenciones impositivas como es el caso del Convenio entre la República Argentina y Japón que favorece a Toyota SA,  o el Convenio entre la República Argentina y el Ducado de Luxemburgo que beneficia a Techint, que tiene su sede central en ese paraíso financiero y, cuando no se pueda pagar la deuda y el descontento social sea absoluto, quedará solo con  su suerte.

Fuente: https://www.elcohetealaluna.com/muy-micro/