La crisis climática y la pandemia nos interpelan a pensar nuevas urbanidades, es decir nuevas formas de habitar y disfrutar de la vida urbana.
Más del 92% de quienes habitamos en la Argentina lo hacemos en ciudades. Más de 4 millones de personas en nuestro país habitan en villas, asentamientos y barrios populares sin acceso formal al agua potable, al saneamiento cloacal y a la energía.
En este contexto, constituye un gran desafío pensar en otros modelos de ciudad basados en la democratización de los espacios, en el paradigma del Buen Vivir y del Derecho a la Ciudad, y en los principios de la democracia participativa socio-ambiental.
Lamentablemente, la Argentina no cuenta con un plan de ordenamiento territorial ni ambiental. El Área Metropolitana de Buenos Aires tampoco cuenta con una planificación urbana regional.
Por su parte, la planificación de la Ciudad de Buenos Aires se apoya en tres pilares por debajo de la Constitución: el Plan Urbano Ambiental, el Código Urbanístico y el Plan de Acción Climática. Debería existir un cuarto pilar, el Código Ambiental, pero tenemos una deuda de 25 años en su tratamiento y aprobación.
Estos instrumentos de planificación están muy lejos de ser los adecuados para que la ciudad pueda afrontar la emergencia urbanística, ambiental y habitacional en la que se encuentra inmersa.
Plan para una Buenos Aires de hace 30 años
La Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, aprobada en el 1996, estableció que la Democracia Participativa es el eje arquitectónico de su organización institucional. Con dicha impronta democrática, dispuso que la ciudad debía contar con un Plan Urbano Ambiental (PUA), elaborado y aprobado legalmente de forma participativa.
Luego de casi ocho años de vaivenes institucionales, parlamentarios y judiciales, el Plan fue sancionado por la Legislatura en noviembre de 2008 a través de la ley 2930. Uno de los principales conflictos que demoraron su aprobación fueron las denuncias por falta de participación ciudadana.
El Plan Urbano Ambiental comenzó a elaborarse en 1999. Se partió con un diagnóstico del desarrollo urbano de la ciudad de la última década, es decir la del ’90. Ese diagnóstico no fue actualizado mientras duró su proceso de sanción.
Una vez aprobado, debió actualizarse cada cinco años de acuerdo con la ley 71, que creó el Consejo del Plan Urbano Ambiental en 1998. Transcurrieron 14 años desde la sanción del Plan y, si bien debería haberse actualizado en 2013 y 2018, todavía no tuvo ninguna actualización.
Contamos con una ley marco de planificación desfasada temporalmente en más de 20 años. La ciudad sufrió una enorme transformación en estas últimas dos décadas. Por ejemplo, la problemática de la inquilinización de la ciudad no tiene ninguna referencia en el diagnóstico del Plan Urbano Ambiental, ni siquiera se menciona la palabra inquilinos/as. Esto se explica porque en los ‘90 solo el 10% de la población porteña alquilaba, mientras hoy el 40% de los hogares son inquilinos.
Durante 2020, en plena pandemia, el gobierno porteño convocó a discutir la actualización del Plan Urbano Ambiental. La expectativa generada empezó a decaer cuando el propio GCBA hizo aparecer un diagnóstico que no era el resultado de las instancias de participación ciudadana realizadas previamente. Terminó por ser sepultada cuando la integralidad de pensar una planificación quedó reducida a la convocatoria a que cada comuna elija dos acciones superficiales. En la mayoría de las reuniones comunales se opusieron a semejante reduccionismo de la planificación y la discusión quedó paralizada.
Este año, la discusión del nuevo Plan Urbano Ambiental quedó reducida al ámbito del Consejo de Plan Estratégico (COPE) y, ahora, el GCBA está convocando al Foro Participativo Permanente para mostrar los magros adelantos y blanquear la planificación que viene cocinando. Este apresuramiento tiene más que ver con el ego de un funcionario que quiere dejar la gestión con un Plan con su nombre que un verdadero proceso de planificación participativo.
Un Código con muchos errores
En 2018, luego de dos años de debate, se sancionó el Código Urbanístico. Este proceso también fue acusado de falta de participación y la Justicia le ordenó al jefe de gobierno que debía reunirse con la ciudadanía y no discutir únicamente con los principales desarrolladores inmobiliarios y sus estudios de abogados y arquitectos.
Este Código no recibió el apoyo de ningún sector de la sociedad civil y tampoco de los partidos políticos, salvo de los legisladores del PRO, cuyos votos fueron suficiente para sancionar la ley en completa soledad. Su aprobación fue tan irregular que en los siguientes años tuvieron que aprobar dos leyes para corregir errores de coherencia y redacción.
Este Código también está generando mucha conflictividad, principalmente en los barrios de casas bajas. Aquí también el GCBA tuvo que reconocer su equivocación y dio marcha atrás con los cambios urbanísticos en tres barrios (Lomas de Núñez, Barrio Parque General Belgrano y Bajo Belgrano).
Ni el GCBA prestigia este Código, ya que apenas aprobado presentó cientos de convenios urbanísticos (ver El conveniovirus se expande) para otorgar excepciones a su contenido, destinadas a autorizar la construcción de torres. Ya lleva aprobados 16 convenios.
Un panfleto de acción climática
En 2011 se votó la ley 3871 que ordenó al GCBA a elaborar un Plan de Adaptación y Mitigación al Cambio Climático.
A estas alturas, el gobierno ya contaba con un Plan de Acción Climática aprobado en 2009. El segundo se aprobó en 2015 y el tercero en 2021. Estos dos últimos deberían ser la actualización del primero pero el GCBA los presenta como nuevos planes, desconectados unos de otros, en violación a la Ley de Cambio Climático que exige la actualización periódica cada cinco años. Por ende, no existe ningún informe de evaluación de los resultados de los dos primeros planes. El tercero se aprobó sin considerar la existencia de los anteriores. En 12 años no tenemos ningún análisis de si funcionaron o no. Una década perdida.
Según lo expresado por el GCBA, estas acciones permitirán reducir nuestros riesgos climáticos presentes y futuros; lograr una distribución justa de los beneficios ambientales, sociales y económicos y alcanzar una reducción del 53% de nuestras emisiones para 2030 y de más del 84% para 2050. Sin embargo, este Plan no cuenta con ninguna forma de evaluación formal o algún sistema de indicadores que permita verificar el cumplimiento periódico de sus acciones y metas. Más que un Plan se asemeja a la suma de actividades que el GCBA viene implementado sin ton ni son con ausencia de indicadores cuantitativos.
En suma, resulta imposible controlar el cumplimiento de estos compromisos salvo cuando se llegue al plazo final. Es una estrategia perfecta para comunicar al mundo que la ciudad tiene un plan para ser carbono neutral y que nadie pueda expresar si se está incumpliendo, salvo cuando ya sea demasiado tarde.
Esto último fue exactamente lo que ya ocurrió con las metas de reducción de la disposición final de residuos sólidos urbanos en los rellenos sanitarios, metas que fueron establecidas por la ley 1854. El GCBA todos los años asumía que se encontraba dentro de los plazos de la ley, pero los mismos no podían ser monitoreados de forma efectiva en etapas intermedias. El resultado fue que llegó la fecha de cumplimiento, donde se debería haber reducido un porcentaje, y la meta fue incumplida y reprogramada con nuevos compromisos a futuros.
Este Plan es la herramienta esencial del marketing climático que le permitirá a la ciudad ser la anfitriona del C40 los días 19, 20 y 21 de octubre de este año. Plantear nuevas urbanidades implica desarmar el potente dispositivo de marketing visibilizando que la Ciudad de Buenos Aires se encuentra en emergencia ambiental, climática, urbanística y habitacional como consecuencia de un modelo urbano basado en el despojo de nuestros bienes comunes.
La Argentina necesita construir una agenda para sus ciudades, territorializando el debate y la práctica política urbana, para poder habitar en igualdad de condiciones.