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Democracia abierta, transparente y competitiva en el Plan B electoral

Fuentes: Rebelión

A lo largo de los años los mexicanos hemos aprendido a masticar en nuestra vida cotidiana la participación cívica en los diversos ejercicios democráticos que se han presentado en nuestro país, sin embargo, debemos reflexionar la existencia de la Democracia en México en cuanto a los aciertos y desaciertos, ante una aspiración de perfeccionamiento integral de la democracia que anhelamos la mayoría de los mexicanos, para una vida electoral auténticamente participativa, sin los agravios presentes, ni errores que en nuestra época contemporánea aún se cometen.

Las grandes civilizaciones de nuestro mundo como lo conocemos dieron razón y origen, de los ejercicios de la creación de una democracia desde la antigüedad antes de Cristo, se conformaron sistemas de elección de representación popular a través de jerarquías, y formas de elegir a sus representantes, desde la antigua Grecia en los Siglos IV y V a.c., con la conjunción de palabras “demos” (pueblo, población) y “kratos” (gobierno, poder, autoridad), que en conjunto la palabra griega “democracia” significa el poder del pueblo.

No solo los griegos en la Atenas desarrollaron una democracia para la toma de decisiones por asamblea de ciudadanos, sino que otras regiones del mundo en la manera de organizarse de la antigüedad, logro que distintas poblaciones civilizatorias se fuesen autoorganizando como en Roma, India, Mesopotamia, Medio Oriente o hasta en Egipto con la democracia ejercida por los faraones.

En México no fue la excepción de búsqueda por la democracia en nuestras antiguas civilizaciones, por ejemplo, en Teotihuacán se vio en una realidad por la construcción de una metrópolis con gobiernos teocráticos, en la celebración de miles de actos públicos de esencia civil y religiosa que celebraban en sus explanadas, sedes del Estado teotihuacano.

También existió en la Administración Comunitaria del Pueblo Azteca, en cuanto a organización social y política de los pueblos, en estructuras colectivas, y sus modos de elección por las vías del consenso de los dirigentes. Mas tarde ya con Nezahualcóyotl los asaltantes y funcionarios corruptos eran colgados, dentro del sistema de leyes para los que se portaban mal, en el marco de las Ordenanzas de Nezahualcóyotl y/o las Leyes de Moctezuma.

Dentro del sistema de castigos, en el México antiguo existía el Mapa Quinatzin que erá un consejo de jueces aprobado por Nezahualcóyotl, donde se ejercían juicios y castigos, donde las leyes eran igual de duras para cualquier miembro o cualquier persona de los pueblos en la antigüedad de ese entonces. Dentro de los mismos códices antiguos, se describían los castigos ejercidos a quienes robaban, inclusive también había castigos para los alcohólicos y el adulterio, llegando desde una serie de castigos o la pena de muerte o quitándoles sus casas, según los textos de Nezahualcóyotl. También los castigos eran para jueces corruptos o funcionarios que se dejaban sobornar eran degollados, según los códices antiguos aztecas.

Todo sistema en la antigüedad de México con las civilizaciones remotas era aspirar en alcanzar un sistema perfecto de jerarquización y orden, sin embargo, en nuestra época moderna no estamos tan lejos de esos anhelos dentro de la misma organización de la democracia si los comparamos con nuestras funciones actuales y las analogías que existían con nuestras civilizaciones antiguas en México y nuestras sociedades modernas para organizarnos.

Por ejemplo, en México en su momento en décadas anteriores la falta de garantías en los procesos de organización electoral, existió una serie de desencuentros que nos hacen reflexionar de que todavía seguimos anhelando como en la antigüedad el perfeccionamiento para organizarnos como sociedad mexicana, y es que una muestra de ello ha sido los pasajes democráticos y electorales de encuentros y desencuentros de nuestra rica historia de México.

Como antecedente contemporáneo dentro de nuestra sociedad mexicana, no a todos les pareció correcto el modus de organización, en la que Lista Nominal de todos los mexicanos fuese manejada de manera imparcial desde SEGOB, cuando en los 80’s había un control absoluto del Estado, y que poco a poco en ese entonces el IFE como anteriormente se conocía, se fue volviendo como órgano un ente más autónomo, al tratándose de ir desligándose de SEGOB y del aparato del Estado, pasando a ser ahora un INE como una institución cada más modernizada democráticamente y autónoma del Estado.

Sin embargo, no todo es miel sobre hojuelas ya que el Sistema Electoral Mexicano, sigue siendo un sistema vulnerable e imperfecto. Siempre se ha buscando en muchos partes del mundo que la democracia sea un sistema ideal, con una forma de gobierno prácticamente legitima, donde se proporcione una estructura político-social en la que los ciudadanos puedan gozar con esa libertad plena y responsable.

No toda las democracias en el mundo gozan de correcta reputación, sin embargo en el último mileno ha habido avances significativos, sin embargo sigue siendo un reto la búsqueda de la “democracia perfecta” por principios, transparencia y por la protección de los derechos humanos de la ciudadanía. A lo largo de los años hemos visto democracias acentuadas en corrupción, fraudes electorales, inequidad en las contiendas, falta de representatividad verdadera y enormes simulaciones de democracia, etc.

Sin duda la mayor preocupación en las Elecciones en México es la compra y coacción del voto, que siempre nos ha perseguido a los mexicanos, como el fantasma de la corrupción electoral y el acarreo, siendo nuestro sistema electoral mexicano un sinónimo de vergüenza ante las instancias internacionales y observadores. La falta de “mejoras continuas” en nuestra democracia mexicana nos ha costado que tengamos una democracia aun incipiente.

La orientación de la Reforma Electoral presentada por el Ejecutivo, nos otorga a los ciudadanos mexicanos una enorme oportunidad de optimizar nuestro sistema democrático y electoral en México. La aprobación del Plan B Electoral a finales del 2022, para su ejecución en 2023 nos otorga la oportunidad de acelerar los procesos de fusión y optimización de las funciones electorales de las 32 entidades federativas.

El ejecutivo federal al presentar en 2022 con anticipación una Reforma Constitucional que fue desechada la propuesta por no alcanzar la mayoría parlamentaria para su promulgación, el gobierno de López Obrador planteó de manera inmediata una alternativa, presentando ahora una iniciativa de reformas a cuatro de las leyes electorales secundarias (Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, Ley de Partidos Políticos, Ley de Medios de Impugnación y Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación), que se consolidarían en conjunto en este Plan B Electoral para efectuarse lo más pronto posible para este año 2023.

Por consiguiente, se tendrá que hacer una revisión de todo el proceso marco y normativo del Plan B Electoral, ya que toda la orientación y proyección del Plan B, está enfocada a la reestructuración administrativa y el rediseño de las Autoridades Electorales, con fusiones más eficientes y reducción de recursos, para lograr una institución mas eficaz y austera, y reducir su enorme tamaño.

En el marco de las negociaciones parlamentarias en México, se tuvo que ampliar en un principio el compendio de iniciativas de cambios a las leyes secundarias, que dio como resultado el Plan B que reforma directa e indirectamente seis leyes federales: 1.Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales; 2.Ley General de Partidos Políticos; 3.Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; 4. Ley General de los Medios de Impugnación en Materia Electoral; 5. Ley General de Comunicación Social; 6. Ley General de Responsabilidades Administrativas.

En el caso de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales con la reforma del Plan B, solo se dejará en los Consejos Distritales a un solo funcionario (con auxiliares), en donde actualmente existen 5 funcionarios de carrera permanentes o temporales. El tema es contabilizar cuantos funcionarios en sí quedarán en cada Consejo Distrital, para un estudio de fondo administrativo para el objetivo de la reducción, que se tendría que hacer lo más pronto posible.

Para ello tendrá que proponerse o ejecutarse en cada Consejo Distrital, la fusión de las Vocalías por ejemplo funcionar la Vocalía de Capacitación, con la de Organización; y la Vocal de Registro funcionado con del secretario y presidente. En sí, la misión es compactar la estructura administrativa de los 300 Distritos Electorales a un mínimo reducido para una austeridad eficaz, sin llegar a la reducción de capacidades operativas para una mejora de optimización del Instituto.

El Plan B Electoral, contempla desaparecer la Secretaria General, y contempla la reducción de los Consejos Distritales de 300 a 260, así como modifica sanciones por faltas administrativas electorales. Sin olvidar que también incluye algunas restructuraciones que tendrán que contemplarse desde el TEPJF.

Cabe destacar que con el Plan B, se le cortarán al INE las capacidades operativas-organizativas para la realizar elecciones, para que entonces se realicen con mayor austeridad y no se propague el derroche en la estructura territorial en los 300 distritos electorales, y se compacte a un mínimo. Cada tres años el INE tiene que instalar más de 162,000 mil casillas que implica una enorme capacidad de organización y de majestuosa movilización, sin embargo, se debe reducir a una operación mas eficaz y austera, reduciendo del 80% al 84% el personal del INE, debido a que no podemos tener una democracia cara en México.

También el Plan B Electoral contempla las provincias estatales, para una reducción de las 32 juntas locales administrativas en los Estados, en su estructura orgánica. Con respecto al Gobierno Corporativo u Oficinas Centrales del INE, el Plan B incluye reducir 17 áreas administrativas compactadas en 2, y reducir su estructura ejecutiva. En el caso de la Secretaria General del INE, se elimina y se vuele solo un órgano auxiliar.

Dentro de los elementos novedosos del Plan B Electoral, resulta propositivo que se contemple a los módulos del INE para que mejor se instalen y reubiquen en inmuebles de dominio publico, como escuelas, oficinas gubernamentales o centros de salud, aspecto que ayudara mucho a la ciudadanía para tener un contacto cercano y reducir recursos en inmuebles.

Libertad de Expresión

En el periodo 2007-2008, la anterior reforma electoral origino diversas restricciones a los funcionarios públicos para prohibir que influyeran en las elecciones, sin embargo el pasado Diciembre de 2022 la Ley General de Comunicación Social fue reformada con el Plan B Electoral para flexibilizar la norma y establecer que todo funcionario público pueda difundir publicaciones, declaraciones y expresiones en las redes sociales y/o medios impresos, no importando que este tenga un cargo de representación popular o este como servidor en la función pública gubernamental, por lo tanto se minimiza dichas manifestaciones y/o expresiones, que no serán consideradas como propaganda, sino solo una simple manifestación de libertad de expresión.

Dentro de las bondades que tendríamos que revisar con pinzas, es el tema de la libertad de expresión y es que en el marco normativo de la permisividad el Plan B, que permite a funcionarios públicos hacer campaña y emitir propaganda “en uso de su libertad de expresión”. Con el Plan B se redefine el concepto de propaganda electoral donde se le permite al gobierno hacer campaña electoral a todos y ser más liberales, sin restricción.

La propaganda y liberad de expresión depende de la Ley de Comunicación y conforme se va acercando el proceso federal electoral del 2024, se van ir aplicando los nuevos criterios del Plan B, donde veremos que las autoridades electorales irán cayendo en diferencias de interpretación. Ya por ejemplo el pasado 28 de Diciembre del 2022 entró en vigor las reformas a la Ley General de Comunicación Social, donde se pretende modificar la relación de los gobiernos y los servidores públicos con los medios de comunicación, y sobre todo en la forma en la que puedan difundir su propaganda en vista a las elecciones presidenciales del 2024.

En ese sentido el Plan B Electoral, le están dando flexibilidad a los funcionarios públicos para promoverse a sí mismos o a sus partidos y candidatos, todo ello conforme a los argumentos de libertad de expresión, siempre y cuando en cada caso se tendría que evaluar por las autoridades electorales por la circunstancia, fecha y/o cargo que ocupa, a quien realiza el dicho acto de promoción y el tipo de mensaje que se difunda.

La otra sustitución dentro del Plan B Electoral es el hecho de no ser considerada como propaganda gubernamental, aquella que no esté específicamente señalada o etiquetada en el Presupuesto, por otra parte tambien se ordená que “tampoco constituye propaganda gubernamental la información de interés público”, ello para que no existan malas interpretaciones. Por consiguiente las “expresiones” de los funcionarios públicos y la difusión oficial de información de “interés público” ya no serán consideradas como propaganda que deberán dejar de expedirse durante las campañas electorales, sino que se continua con su trabajo de difusión normal.

Otro de los beneficios para las funcionarios públicos es que se eliminá la prohibición de temporalidad para los informes de labores de políticos donde solo se tenia 13 días para difundir en territorio, distrito, municipio o en sus entidad estatal, spots de televisión y radio donde se promovia al funcionario público en cargo. Ahora, un Presidente o Presidenta Municipal o los mismos Diputados podrán difundirse a nivel nacional sus informes para tener la oportunidad de spots todo el año y no solo 13 días.

Hay que destacar que en esto se generaria un problema de coyuntura juridico-electoral a la hora de la interpretación de las jerarquía de la norma, por una lado la supremacía a los Artículos de nuestra Constitución y por el otro lado el Plan B Electoral, sin embargo al tener mayor peso nuestra Constitución que las reformas secundarias, vendrían diversos choques de interpretación por parte de la SCJN. En marzo del 2022, se introdujo un intento de –decreto de interpretación– sobre el concepto de propaganda pero fue declarara nula por Sala Superior del TEPJF y quedó desactivada no sólo para las elecciones estatatales del 2023, en Coahuila y Estado de México, sino también para las elecciones federales del próximo año 2024. Obviamente para el INE en sus nuevas funciones de transición al Plan B Electoral, le lloverán un sin número de quejas de la ciudadanía y de los Tribunales Electorales, quejándose de los candidatos, servidores públicos, presidentes municipales y legisladores, debido a que aun tienen limitaciones Constitucionales que tienen que sujetarse de nuestra carta magna, y que el INE al ser quien aplica la ley en primera instancia, tendrá problemas de ejecución de las normas a las leyes secundarias del Plan B y los Artículos Constitucionales que aun persisten estos últimos en la superioridad de la norma nacional, un ejemplo de ello es tan solo el Art.134 Constitucional que sigue perdurando por encima de la reforma al Plan B Electotal, en el aspecto ya mencionado sobre las restricciones a la autopromoción personal y de la estricta prohibición a los funcionarios públicos para que usen recursos públicos o que influyan en las campañas electorales.

Ya no le quedará más al INE que resolver las quejas o recursos que le lleguen, conforme a la dependencia de los mecanismos de solución de controversias del Tribunal Electoral emita como última instancia, para que puedan atenderse dichas quejas al marco de la interpretación de la Ley, ya sea haciendo uso de la Constitución o de los Criterios jurisprudenciales emitidos por el TEPJF, con respecto al Plan B Electoral y la situación en comento sobre: ¿que hacer con la propaganda de los funcionarios públicos?. Por ende la duda y la incertidumbre, aun quedarán dentro de los juicios interpretativos de la norma pues la ley no lo prevé todo.

Del mismo modo, dentro de los cambios centrales dentro del Plan B Electoral, igualmente se reformó la Ley General de Responsabilidades Administrativas para implementar que es -falta no grave- abstenerse de realizar propaganda gubernamental con recursos públicos que incluya imágenes, nombres, símbolos y voces que involucren promoción personal de cualquier funcionario público, lo que está auténticamente prohibido en nuestra Carta Magna. Sin embargo habría que analizar a detalle la consistencia de cambios para los aspirantes a candidatos a un cargo de elección popular, debido a que muchos funcionarios de orden federal están realizando actualmente actividades de difusión y promoción personal ante la proximidad de las elecciones federales del 2024.

Otro de los aspectos a revisión que tendríamos que estudiar a profundidad es el tema de fiscalización electoral, con respecto al uso del dinero público donde los funcionarios lo utilizan para promocionarse, el INE tendría una tarea titánica en la Comisión de Fiscalización debido a que aun siguen vigentes las normas que prohíben el uso de recursos públicos, para la promoción de candidatos o partidos para autopromoverse, y tendríamos que analizar que procede y que no, sobre el tema presupuestario destinado a informes de gobierno o autopromoción personal. Para ello tendríamos que revisar los recursos utilizados de los servidores públicos en sus giras, eventos y viajes que hacen como promoción, donde queda inserta la duda en la norma interpretativa, si las giras de trabajo son consideradas o no como actos anticipados de campaña, ya que una vez que un servidor público asume su cargo ya no puede realizar actividades, encuentros y/o mitines los fines de semana en su calidad de funcionario.

No obstante conforme se acerca el periodo del 2024 paulatinamente se irán establecido los criterios que podrán ir cambiando o ajustándose a los lineamientos del Plan B Electoral que los magistrados del TEPJF tendrían que revisar, rumbo a los procesos electorales e ir modificándose los tiempos normativos en que se realizan actividades de posicionamiento.

Las expresiones o lo que se diga cuenta mucho ya que con la Reforma del Plan B, los funcionarios públicos en el ejercicio de su libertad de expresión, las expresiones que ellos emitan no se considerarían propaganda electoral, sino una simple opinión lo que los dejaría fuera de regulación, haciendo hincapié y validez al Art. 6 de la Constittución que garantiza la libertad de expresión como derecho ciudadano. Sin embargo en ocasiones para los funcionarios públicos existen una serie de restricciones. La SCJN por ejemplo ha establecido que una cosa es la garantía que tienen los ciudadanos en el ejercicio de sus libertades y otra la que tienen los funcionarios públicos o políticos, que tienen algunas restricciones, esto quiere decir que los funcionarios públicos al tener en su disposición recursos financieros, materiales y humanos tienen el deber del cuidado en el ejercicio de sus atribuciones, para no abusar del poder que se les confiere.

Para ahondar más en esto recordemos que Noviembre del 2022 el propio TEPJF ejerció su facultad que le otorga el Art. 99 de la Constitución para la inaplicación de leyes secundarias cuando considere que son contrarias a la Carta Magna, por tanto no podrían a juicio de la norma establecer excepciones y sobrepasar la Constitución, declarando inaplicable salvar las expresiones de los funcionarios públicos como si no fueran una propaganda. De esta manera la Sala Superior del TEPJF, emitió un primer pronunciamiento al respecto de este tema de libertad de expresión este 2022.

En el marco del concepto de “propaganda” previsto normativamente en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y en la Ley de Revocación de Mandato para establecer que no constituye propaganda gubernamental “las expresiones de las personas servidoras públicas”, aun así por ejemplo la SCJN invalido el decreto interpretativo para el Congreso de la Unión durante el perido de veda legislativa en materia electoral, al resultar contrario al Art. 105 fraccion II.

Medios Digitales

Sobre el tema de las redes sociales aun queda prohibido que los servidores públicos puedan promoverse en las redes sociales en el periodo de campañas electorales, donde hasta ahora se considera propagandismo electoral. Sin embargo, el nuevo concepto introducido de “propaganda gubernamental” fue anunciado como inaplicable por la Sala Superior del TEPJF, pues la definición que ahora se incluye en la Ley General de Comunicación Social resulta ser la misma a la determinada por la Sala Superior pero contraria a las normas Constitucionales, por tanto, habría la posibilidad que el TEPJF invalide alguna interpretación de ley secundaria de comunicación y aplique por jerarquía la Constitucional en algunos casos. Por lo tanto si se difunden mensajes de aspiraciones políticas de alguien en las redes sociales de las dependencias públicas de gobierno, eso estaría restringido, al estar erario público involucrado.

En las sentencias de la Sala Superior del TEPJF han establecido restricciones en el caso de las redes sociales personales, pero sólo aplicables dichas restricciones a los funcionarios públicos ejecutivos y no para los legisladores federales o locales quienes pertenecen a un partido político, y quienes estos últimos tienen mayor oportunidad de tener más libertad para su autopromoción, para no violar los principios de neutralidad.

En Materia Laboral Electoral

No habría que olvidar que a efectos del aplicativo del Plan B Electoral, el Instituto Electoral se atoraría en el tema de la reestructuración laboral, debido a que aquí tendríamos que poner una norma, para evitar la enorme avalancha que se vendrían de despidos laborales del INE que oscilarían entre un 80% a 84%, que para blindar al Instituto Electoral tendría que agregarse una clausula desde Cámara de Diputados en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, que sostenga que durante efectos del proceso de transición a los cambios al Plan B, quedará anulada toda demanda laboral de amparo en contra del INE.

Cabe destacar, no olvidar que lo que falté de agregarse o aprobarse del Plan B Electoral deberá quedar de manera normativa y Constitucional 6 meses antes del proceso ordinario de elección federal-presidencial, que empieza oficialmente en Noviembre 2023, por ello será relevante que a partir de la fecha del 1 de Junio 2023 ya no podrá haber nuevas normas electorales por aprobarse, ni discutirse, cumpliendo así a partir de esta fecha el plazo limite de los 6 meses antes de la elección federal. Tampoco podrá haber amparos en materia electoral, ni antes ni después del 1 de Junio 2023 en material laboral del INE.

A la llegada del Plan B para su aplicación habrá que estudiar y aplicar la reducción y reestructuración del INE solicitada, para ver con que fusiones se podrán lograr transicionalmente de las áreas que son hermanas o que se repiten, como por ejemplo el área de los Vocales de Capacitación y Organización se pueden fusionar a una misma, sin problema, mientras no haya proceso de elecciones, y que durante el tiempo cotidiano, normal o restante resultan innecesarias dichas Vocalías porque no todo el tiempo se está en procesos electorales.

El tema es ¿Que hace un Vocal de Capacitación y Organización cuando no hay procesos electorales?, resultan en sí innecesarios, debido a que descansan de dos años a dos años y medio, con sueldos mensuales exorbitantes arriba de los 80,000 mil pesos a 100,000 mil pesos, que México no se puede dar el lujo de tener una democracia rica y un pueblo pobre. Realmente su periodo real de trabajo de las Vocalías de Capacitación y Organización solamente son de 6 meses en activos, es innecesario el tiempo restante y pagos excesivos a estos. Por ello es innecesaria la estructura de las Juntas de los Consejos Locales y Distritales con todos estos Vocales, donde en total hay 1500 Vocales Distritales y más de 150 Vocales a Nivel Local por entidad federativa. Lo que se propone con el Plan B es que solamente se quede un solo responsable en cada uno de los 300 Distritos de forma permanente, donde se quede solo un responsable administrativo, como por ejemplo la persona encargada del registro federal de electores, como el único responsable que si trabaja y tiene actividades laborales todo el año, por el tema de credencialización del INE, las otras áreas estarían de más, de manera innecesaria.

Desde 2011 la SCJN en el pleno determinó que el amparo en materia electoral es improcedente y cualquier juez de distrito que admita un amparo en materia electoral por cuestiones laborales esta violando la jurisprudencia de la Suprema Corte, y trae dos consecuencias, una es responsabilidades administrativas y constitución de un delito en contra de la administración de justicia por separarse del criterio de la Suprema Corte, con ello los órganos inferiores de justicia no podrán contravenir un criterio general de la Suprema Corte de Justicia de la Nacional en materia laboral-electoral.

En materia de controversia Constitucional, en donde en el propio Artículo 105 Constitucional [1] tiene una Ley Reglamentaria donde internamente en su Art.19 fracción segunda II, establece que la Controversia Constitucional en materia electoral es improcedente y no puede presentarla por esta vía, por tanto, si se presentan amparos laborales en materia electoral, se desecharían en la aplicación del Plan B Electoral. Cabe destacar por otro lado, que la única vía para sí hacerlo son por medio de las Acciones de Inconstitucionalidad que están contempladas en el Artículo 105, donde los únicos que las pueden plantear son el 33% de Cámara de Diputados, el 33% del Senado, y Partidos Políticos con registro nacional, como la única vía para contravenir algún aspecto de la Ley Electoral, y no los jueces locales.

Finalmente quedará pendiente en materia de revisión del Plan B, ¿que tanto se podría avanzar? a efectos de que ante la coyuntura política actual están impugnadas en la SCJN la Ley General de Comunicación Social y la Ley General de Responsabilidades Administrativas, dos leyes pendientes a revisión y 4 en proceso de aprobación que son la Ley General de Partidos, la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, y la Nueva Ley del Sistema de Medios de Impugnación en materia electoral. Todo indica hasta ahora, que dentro de los marcos de los diferendos políticos en México, el Plab B solo modifica entonces cuatro de las leyes electorales de las seis planteadas, y aun vigentes como la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, la Ley General de Partidos Políticos, la Ley Orgánica del Poder Judicial, y la Ley General de los Medios de Impugnación en Materia Electoral.

Bondades del Plan B Electoral

No solo existen elementos bondadosos al reducir los presupuestos del INE, para optimizar funciones y lograr una estructura orgánica más eficiente, sino que existen virtudes dentro las reformas a las leyes secundarias que debemos contar como verdaderas bondades normativas en materia electoral.

Y es que en marco del ejercicio de los derechos político-electorales con el Plan B, se garantiza el voto de persona en prisión preventiva, el voto de personas con discapacidad en estado de postración, facilita el voto de personas en el extranjero, regula las cuotas de inclusión, regula la paridad en gubernaturas, y en cuanto a los legisladores que busquen reelección deberán separarse del cargo, este último como tema muy pendiente en materia del marco jurídico-electoral.

En ese sentido de las grandes virtudes del Plan B, en cuanto a las Acciones Afirmativas se logra que para 2024 los Partidos Políticos deberán postular al menos a 25 personas que pertenezcan a uno de los siete grupos en 1.En situación de Vulnerabilidad; 2.Diversidad sexual; 3.Personas con Discapacidad; 4.Afromexicanos; 5.Pueblos Originarios o Comunidades Indígenas; 6.Migrantes; y 7.Acción Afirmativa Joven. Por tanto, ello se considera un gran logro debido a que en las elecciones intermedias del 2021, los partidos políticos con registro nacional cometieron muchos errores y omisiones o falsos registros de usurpación, con rasgos anti Constitucionales por no registrar correcta y debidamente las listas de cuotas afirmativas en pro de la protección de los derechos humanos de los pueblos indígena, diversidad LGBT+, así como haber registrado indebidamente a personas que no eran migrantes. Cabe destacar que en el 2021 se lograron 65 lugares de Cuotas Afirmativas, con el Plan B para 2024, solo habrá 25 lugares para las Acciones Afirmativas, algo que más adelante se tendría que optimizar.

Dentro de las bondades al Sistema Nacional Electoral en Plan B, se reducen y rediseña la estructura de autoridades electorales nacionales y locales, y se modifica el calendario electoral, para que el proceso federal inicie en Noviembre del 2023. Para la Justicia Electoral también hay bondades porque se rediseña el sistema de medios de impugnación donde ahora solo habrá 4, también se rediseña los procedimientos de queja y sanciones y se rediseña el de fiscalización y remoción de consejerías.

De los 429 artículos aprobados por ambas Cámaras, los logros que alcanzaría el Plan B, de reformas las leyes secundarias serían tres formas generales: 1.Voto Electrónico; 2.Cambios de operación administrativa del INE; 3. Restar facultades al órgano de fiscalización.

El Plan B de Reforma Electoral como iniciativa de leyes secundarias que plantean cinco formas especificas:  1). La reducción de las estructuras administrativas del INE, se elimina la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral; se elimina la Dirección Jurídica; y se elimina la Unidad Técnica de Vinculación con los OPL. Desaparece la Secretaria Ejecutiva que actualmente coordina toda la estructura; y se desaparecen las 300 juntas distritales ejecutivas (pero se crean órganos auxiliares temporales). En los Consejos Locales se elimina las figuras de Vocal Secretario, Vocal de Organización Electoral, y Vocal de Capacitación. Por ende se eliminarán 32 vocales estatales con 6 personas, y 300 Vocales Distritales. La compactación de la estructura orgánica del INE y de los organismos públicos locales (OPLES).  Se elimina la Junta General Ejecutiva del INE y en su lugar crea una especie de Comisión de Administración con cinco consejeros electorales. Ajustar los cambios en la estructura del INE al presupuesto ya aprobado, sin que se otorguen recursos adicionales.; 2). La eliminación de sus fideicomisos, con un recorte presupuestal equivalente a los tres mil 605 millones de pesos, y la reducción de los salarios de los consejeros electorales de manera que no rebasen el del presidente de la República. Se recalculara los tabuladores de 18 mil trabajadores del INE y de organismos locales electorales. . Realizar cambios a los procesos de organización electoral, sin modificar las facultades del INE para integrar el padrón electoral y lista nominal de electores.; 3).Unificar el Programa de Resultados Electorales Preliminares (PREP) con el cómputo de la elección que empezará el mismo día de los comicios.;  4).Eliminar dos salas regionales del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) que no entraron en funciones que, a la postre, serán absorbidas por la Sala Superior.;  5).Permitir a los partidos políticos el uso de remanentes de sus recursos públicos y privados para financiar elecciones subsecuentes. 

Aspectos Novedosos en Materia Electoral

Se espera con el Plan B Electoral, que nuestros migrantes puedan votar con matricula consular o pasaporte, debido a que de los 30 millones de mexicanos que viven en los Estados Unidos de América, soló participan de 100,000 a 200,000 mexicanos, haciendo esta una participación muy baja en las elecciones federales. Dentro del Voto en el Exterior, la SRE será quien avale el listado nominal de los mexicanos en el exterior, de los compatriotas que viven en diversos países del mundo.

Los módulos del INE, ahora será credencializar en los bienes de dominio público como en las preparatorias, universidades púbicas, en las unidades judiciales administrativas, bibliotecas, hospitales, en los complejos de servicios de luz, agua, predial y/o telefonía, o instalaciones militares, para reducir y ahorrarse 700,000 millones de pesos que se gastan en mobiliario de módulos del INE ahora.

Sobre la Consulta del Padrón Electoral del INE,para reforzar los datos bancarios de los mexicanos, el INE cobra actualmente por este servicio, donde se renta la base de datos del Padrón Electoral a los Bancos Privados, y le pagan al INE recursos por esa renta de los datos, y ese recurso se va al fideicomiso del propio INE, en esta reforma Electoral del Plan B desaparecería esto. Sin embargo, si los Bancos requieren de este servicio tendrán que pagar obligatoriamente al INE como institución paraestatal autónoma, sobre los usos de estos datos de Padrón general del INE y hacer una definición legal de arrendamiento del goce temporal de este bien público, en el marco de privacidad de los datos personales de los ciudadanos mexicanos. Deberá crearse una modificación legislativa en la materia, en virtud de la protección de los datos personales, que pueden ser rentados únicamente a través del Banco de México, y Secretaria de Seguridad Pública Ciudadana, y FISEL contra delitos electorales.

Debe preocuparnos la baja participación para credencialización de datos en la frontera, sobre todo en Baja California Norte y ciudades fronterizas, sin duda se debe eliminar los módulos del INE en centros comerciales o malls donde se pagan rentan carísimas y que son innecesarios ahí, para que exista una mejor reubicación pública donde la ciudadanía los requiera, o en su caso en los módulos del Instituto Nacional de Migración o cruces fronterizos donde pasan millones de personas.

Bien Público Ciudadano

Dentro de los aspectos faltantes al Plan B que no están aun contemplados, pero que pudiesen realizarse a propuesta con la nueva integración del Consejo General del INE por unanimidad, es que en el marco de la Expedición de la Credencial de Elector como bien público ciudadano deberá proponerse gestionarse como un tramite absolutamente abierto, oficial y obligatorio para su derecho de expedición dentro de los 365 días del año de 8AM a 9PM, incluyendo sábados y domingos; y días festivos, sin excepción, tratándose de un bien público superior que todo mexicano tiene derecho, el cual no se podría negar a nadie en ningún día. En la actualidad solo hay 900 módulos donde se atienden 129,000 personas al día que van a tramitar su credencial de elector en todo el país. Por otra parte como bien público, son de urgente necesidad las Credenciales de Elector personalizadas para las personas con discapacidad, transgéneros, y donadores voluntarios, en virtud de reconocerles sus derechos humanos visibles dentro de las Credenciales.

Prevención del Delito Electoral

Una de las propuestas faltantes al Plan B es el estudio de fondo y normativo en materia de prevención de los delitos electorales, solo quedará al nuevo Consejo General de INE, proponerse más adelante la creación de una nueva Comisión que se llame: Contra la Compra y Coacción del Voto,o fusionarla con la Comisión de Quejas y Denuncias, para ir cuidando el principio de legalidad de las elecciones de todo el país. Con el Plan B Electoral se proponen siente 7 Comisiones para el INE, actualmente hay de 9 a 10 Comisiones Permanentes, (1. Capacitación Electoral y Educación Cívica; 2.Organización Electoral; 3.Capacitación y Organización Electoral; 4.Prerrogativas y Partidos Políticos y Comité de Radio y Televisión; 5.Servicio Profesional Electoral Nacional; 6.Registro Federal de Electores; 7.Quejas y Denuncias; 8.Fiscalización; 9.Vinculación con Organismos Públicos Locales; 10. Igualdad de Genero y No Discriminación. – *Se integra a partir del inicio del Proceso Electoral Federal 2020-2021 la fusión de las Comisiones de 1.Capacitación Electoral y Educación Cívica, y de 2. Organización Electoral, a una sola comisión.) con la nueva reforma electoral de las 9 a 10 Comisiones, pasarán a siente 7 con el Plan B Electoral, pero sigue quedando fuera la Comisión de delitos electorales.

Desafortunadamente el Plan B, no contempla la Ley General en Materia de Delitos Electorales, cabe señalar que dentro de dicha Ley, no esta tipificado el delito de fraude electoral se necesita un anteproyecto en Cámara de Diputados para tipificar la gravedad de este delito en lo municipal, estatal y federal.

La Fiscalía Especializada en materia de Delitos Electorales que depende de la FGR, debiera tener un papel mucho más activo para ser competente contra los fraudes electorales y la compra o coacción del voto. El Plan B Electoral, queda a deber a la ciudadanía en marco jurídico-electoral dentro de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, debido a que no se contempla en el Consejo General de INE, la creación pendiente de una Comisión contra la Compra y Coacción del Voto. Sin duda también habrá que proponerse más adelante una policía electoral, dentro del INE como un cuerpo especializando para armonizar de las elecciones físicas, dada la enorme violencia dentro de nuestro país.

Observadores Electorales Internacionales

Se deberá implementar más adelante un mecanismo de participación en donde se les otorgue facultades a las Observadores Electorales Internacionales, para que desde su posición neutral puedan evaluar, juzgar y sancionar un proceso electoral nacional o estatal, dado que ante el papel de participación del crimen organizado en las elecciones, es necesario un sistema de sanciones que faculte a los observadores electorales internacionales, para cancelar o modificar alguna elección que este viciada, o que simplemente se les faculte para emitir una opinión, evaluación, y sanción ente los desvíos de los recursos de los programas sociales con fines electorales para la compra y coacción del voto, y puedan como Observadores (árbitros externos) también prohibir la entrega de despensas en los procesos electorales, o la prohibición de entrega de tinacos y material de construcción, donde se faculte a entes más neutrales como a los Observadores Electorales Internacionales, el sancionar este tipo de prácticas que aun persisten en país, y que generan un análisis profundo. Sin duda será necesario otorgarle voto de confianza a los Observadores Electorales Internacionales para que cuenten con legitimo derecho a emitir sanciones, otorgándoles la capacidad de anulación en caso de anomalías del cumplimiento por la democracia.

Nuevas Propuestas Electorales y Retos pendientes en Materia Electoral

Deberá ser parte del Plan B Electoral, dentro de su ramificación presentar una propuesta secundaria del Voto Anticipado para el personal de hospitales médicos entre enfermeras y doctores que están de guardia el día de la jornada electoral, o ciudadanos que tienen cirugías programadas, o mujeres embarazadas o que están en estado avanzado de gestación a partir de la semana 34, que están por dar a luz y que podrían ejercer su voto antes de la jornada electoral. Donde también se contemple que puedan ejercer el Voto Anticipado a los elementos del ejercito mexicano y la mariana que están en otras ciudades de su lugar de origen de residencia, con ello se busca dar mayor certeza a miles de ciudadanos mexicanos que el día de la jornada electoral no puede emitir su voto, como el personal de servicios básicos, como también protección civil, bomberos, policías municipales y estatales, que están fuera de su lugar de residencia o que no puede emitir su sufragio el día de la elección.

Actualmente existen 900 módulos de atención ciudadana para la expedición de la Credencial de Elector del INE, sin embargo, habrá que fusionar los módulos que pertenecen a privados, para que se reubiquen los módulos a las nuevas oficinas de servicios de gobierno y poder ahorrar costos. Sin embargo, será necesario implementar una nueva credencial de elector donde se puedan recabar más Datos Biométricos de la credencial del elector, para extender los servicios a los bancos privados y públicos del bienestar, así como para las instancias de Seguridad Pública y Derechos Humanos que lo necesiten para la localización de personas desaparecidas (implementación de nuevas Credenciales de Elector con Chip de Rastreo o Geolocalización), para instrumentarnos a las nuevas leyes internacionales. En ese sentido en el marco de las nuevas propuestas, se contempla en la ley del Plan B, el voto a prisión preventiva y voto a personas con discapacidad, para que puedan ejercer el voto desde sus casas cuando tengan algún impedimento de acudir a su casilla.

Quedara sin duda como reto en la Ley General de Comunicación Social que se modifica el concepto de “propaganda gubernamental” para flexibilizar la intervención de servidores públicos en los procesos electorales, sin embargo habrá que ver, que tan permisible esta a disposición normativa del TEPJF para caso particular mientras no se haya cambiado Constitucionalmente y solo este en leyes secundarias, sin perder de vista los principios de Certeza, Legalidad e Imparcialidad.

En una reforma del Plan B que tenemos poco tiempo para poder aplicarla e implementarla de manera acelerada, se eliminaran de facto 400 funcionarios del INE que ganan más en sueldos que el Presidente de la República por normativa reglamentaria. A su vez como reto acelerado se tiene que implementar la invocación y modernización de la estructura interna del INE, sin embargo, se tendrá que revisar la situación del servicio profesional de carrera, en los 300 distritos uninominales. Será importante no perder de vista que como reto, se implemente en cada modulo del INE y en cada oficina de los 300 distritos electorales un buzón de servicio de quejas y denuncias por violencia de genero, diversidad o discriminación indígenas, así la oportunidad de presentación de denuncias por fraude y compra de votos.

Para los 11 Consejeros Electorales del INE tienen como reto revisar que otras Reformas Electorales se están implementando en otros países y revisar su aplicación lo más pronto posible, como por ejemplo el Voto ejercido por internet en el extranjero y de manera nacional, como de manera positiva se viene implementando desde 2011 en la Ciudad de México, y en donde el INE apenas se le fue implementando con pequeños destellos en el 2021. En el caso del voto postal, podría ser una solución, que es mucho más barata, sin embargo, al ser papel no contribuye a los Objetivos del Desarrollo del Milenio de la Agenda 2030 sobre el cuidado y protección al medio ambiente y a los ejes de sustentabilidad de gestión verde.

Cabe destacar que es importante que dentro del Consejo General del INE se proponga una Comisión de Modernización e Innovación para acelerar el Plan B Electoral, y tener una estructura más eficiente de la mano de la tecnología. Donde se incluya con el Plan B, el voto electrónico con la condición de llevarlo a cabo por medio de una transición con el Congreso de la Unión, el INE y con el Conacyt para implementar un sistema de voto electrónico de la manera más segura, con ello se evitaría elecciones con violencia en las casillas de zonas donde pueden ser peligrosas o alto riesgo, y se le proveería una solución por internet a los ciudadanos de manera más segura desde la comodidad de su hogar, sin arriesgarse a la violencia de algunas casillas por grupos criminales, acudiendo al Art. 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que da las garantías para tener elecciones libres y autenticas. A su vez deberá quedar reforzado dentro del Cuerpo Colegiado del INE limitar Candidaturas a Gubernaturas o Presidencias Municipales por delincuencia organizada violencia de genero, o agravios a los Pueblos Indígenas.

Dentro los mecanismos de oportunidad con el Plan B, habrá que otorgarle facilidades a las minorías para que como Minorías Políticas Segregadas, pero que realmente son una Mayoría en número en este País como la Población Indígenas deben hacer uso al Artículo 105 Constitucional y acudir a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, para que todo lo que atente en contra de su vida democrática de este país sea removido por mandato, durante un proceso electoral o en tiempos sin elecciones.

La Paz Pública

El Plan B, debe traer soluciones y no un quiebre democrático por el acarreo de votos desmedido y la violencia de coyuntura, sino todo lo contrario, en el marco dentro del desarrollo del ejercicio de la democracia verdadera es importante que el Instituto Nacional Electoral se vuelva una institución que provea Paz Pública al otorgar a la ciudadanía mexicana unas Elecciones Limpias y una Credencial como Identificación Oficial por excelencia, que debe volverse una solución para todos los mexicanos. Es por ello que el Instituto Nacional Electoral debe ser un órgano que provea soluciones integrales, para los Ciudadanos Mexicanos del Siglo XXI buscando siempre la Paz Pública.

Es importante garantiza Principios Urgentes dentro del Sistema Electoral Democrático como es:

1.Garantizar la Libertad de los Ciudadanos para ir a Votar; 2.Garantizar que la Competencia Electoral entre Partidos y Candidatos Independientes, sea en Equitativa e Igualdad aproximada de oportunidades; 3.Garantizar la no existencia de Compra del Voto; 4.Garantizar la No Participación del Crimen Organizado en los Procesos Electorales; 5.Garantizar la No Influencia de los Poderes Facticos en las Campañas Electorales; y 6.Garantizar la creación dentro del Consejo de INE una Comisión del Delito Electoral, como mecanismo importante para cuidar la integridad de la elección en México y buscando y otorgando siempre la Paz Pública.

Ingeniería Democrática

Para tener resultados oficiales rápidos y confiables y sin los famosos errores humanos, es importe que el Consejo General de INE, tenga una Comisión de Tecnología, para ir perfeccionando los esquemas del voto electrónico e ir configurando una mayor certeza de los resultados electorales, sin tener errores humanos en la contabilidad de los sufragios, donde tambien se pueda eliminar y evitar el voto nulo no intencional, lo cual nos generaria un abaratamiento en costo de los comicios electorales, dentro la austetidad programatica para el INE.

Habra sin duda que desarrollar una “App” propia para el INE dentro de los sistemas operativos IOS Apple y Android, con un software de lenguaje de programación para html y java, que permita la verificación biometrica de las personas que van a votar por internet, creando así su propia FIREL (firma electonica) especial para cada ciudadano que deseé votar por internet a través de su dispositivo movil o computadora personal, que lo podría hacer en el marco de un listado nominal seguro y activo digitalmente, donde se pueda ejercer de manera libre el derecho al voto sin mayor dificultad, con la seguridad que sea la misma persona que aparece en la Credencial para votar.

El voto electrónico en todo el país, podría alcanzarse con las alianzas con CFE en el Programa internet para Todos, y la Inteligencia Artificial Electrónica, implementando ya las maquinas de votos electrónicos través de lecturas en papel seguridad. El voto por maquinas electrónicas podría aceptar las boletas en papel seguridad, y por otro lado el voto por internet a distancia para los nacionales y migrantes, que así lo requieran. Con ello facilitaría la eliminación del voto por fax y voto por correo domiciliario por desfase de tiempo, e ir eliminando el voto postal con sobre más sobres, para evitar contaminar con papel, e ir contribuyendo a los Objetivos del Desarrollo del Milenio de la Agenda 2030.

Para ello se necesitaría una fuerte implementación tecnológica para registrar todos los datos personales incluso hasta un registro de rostro, voz, y los 5 dedos de ambas manos, para una composición Biométrica completa de cada persona, más un Chip interno de Geolocalización integrado para cada Credencial de elector, donde con la ayuda de la App de Token de Firma Electrónica se podría ejercer un voto por internet de manera ágil y personalizada, en cualquier parte en donde se ubique un ciudadano mexicano que desea ejercer su voto de manera libre y segura.

Ante ello sera necesario ir encaminando el voto electrónico y por internet en todo el país, con buenos resultados, para una transición del Plan B, a través de mecanismos electrónicos y digitales dentro de una democracia participativa más amplia e inclusiva para todas y todos.

Para concluir, cabe señalar que todos estos cambios que vienen aquí ya descritos dentro del Paquete a las Reformas del Plan B Electoral, no se aplicarán aun para las elecciones de gubernaturas en Coahuila y en el Estado de México en 2023, debido a que no entraron dichas leyes secundarias en vigor dentro de los 90 días antes de que iniciaran los procesos electorales Estatales, sin embargo, para el proceso electoral del 2024 si se aplicarían en forma el tan esperado Plan B.

Nota:

[1] Ley Reglamentaria del Artículo105º Constitucional http://www.ordenjuridico.gob.mx/Documentos/Federal/html/wo16344.html

Twitter: @Obed_Olivares

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