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Democracia participativa

Los partidos ya no tienen monopolio electoral

Fuentes: Servicio Informativo "Alai-amlatina"

El pasado 7 de julio, el gobierno convocó a elecciones municipales que se realizarán el 5 de diciembre próximo con la participación, por primera vez, de agrupaciones ciudadanas y pueblos indígenas, con capacidad de presentar candidatos, en las mismas condiciones que los partidos políticos. Esta es otra de las importantes conquistas que logró la movilización […]

El pasado 7 de julio, el gobierno convocó a elecciones municipales que se realizarán el 5 de diciembre próximo con la participación, por primera vez, de agrupaciones ciudadanas y pueblos indígenas, con capacidad de presentar candidatos, en las mismas condiciones que los partidos políticos.

Esta es otra de las importantes conquistas que logró la movilización popular de octubre pasado. La demanda de los sectores sociales estaba asentada en el desprestigio de los partidos tradicionales que se adueñaron del quehacer político, acercándose al pueblo sólo a demandar su voto para, luego, traficar con los beneficios del poder.

La participación de agrupaciones ciudadanas y pueblos indígenas se inscribió en la reforma constitucional aprobada en febrero pasado y se consolidó con la promulgación de una ley específica, el mismo día de la convocatoria electoral.

Pueblos indígenas

Bolivia, con una población indígena mayoritaria, carecía de leyes que garantizasen los derechos políticos de las comunidades originarias.

Ya en 1978, cuando se abrió el proceso democrático que se vive ahora, aparecieron partidos políticos que reivindicaban la representación de los indígenas. Sin embargo, las comunidades nunca se identificaron con tales partidos que pudieron tener representación parlamentaria sólo cuando se presentaron en alianza con partidos tradicionales.

Esta situación se modificó en la última elección (junio de 2002) , en la que el MAS-IPSP alcanzó el segundo puesto de preferencias y el MIP logró una importante representación parlamentaria.

Estas dos fuerzas lucharon por lograr que los pueblos indígenas tuviesen una representación propia. Tal demanda adquirió fuerza en las movilizaciones de septiembre y octubre pasados y se concretó con su reconocimiento en la Constitución y las leyes.

Reconocida la personalidad jurídica de un pueblo indígena – el Estado les reconoce tal personería para todo trámite-, ahora podrá presentar sus propios candidatos en el municipio de su asentamiento. Si quiere hacerlo en varios municipios, deberá reunir un número determinado de adhesiones.

Agrupaciones ciudadanas

El monopolio que tuvieron los partidos políticos durante tanto tiempo, también se restringe en el medio urbano. Un grupo cualquiera de ciudadanos puede decidir proclamar un candidato, o varios si así lo quiere, sin necesidad de ser partido. Por supuesto, debe presentar un número mínimo de firmas que apoyen esa candidatura.

Hay, por supuesto, otras condiciones que deberá cumplir. En todo caso, se trata de permitir que haya otras formas de representación, además del partido político.

Si tenemos en cuenta que, una gran mayoría de los municipios tiene menos de 1000 ciudadanos, podrá formarse una agrupación ciudadana con menos de 100 personas, para participar en las elecciones en ese municipio. Naturalmente, si su intención es presentar candidatos en un departamento o en todo el país, la recolección de firmas será mayor.

La ley será perfeccionada

El 6 de julio se aprobó la Ley de Agrupaciones Ciudadanas y Pueblos Indígenas. En el Senado Nacional se elaboró el proyecto, consultando con instituciones que hicieron hincapié en las condiciones que regularan la inscripción en ambas categorías.

El proyecto debió aprobarse sin modificaciones en la Cámara de Diputados, para posibilitar su inmediata promulgación. De no haber sido así, la convocatoria a elecciones municipales no habría incluido las modalidades de agrupación ciudadana y pueblo indígena.

En estos días, una comisión especial estudiará algunas reformas que faciliten la participación de aquellos, cuidando que no haya posibilidades de participación desmesurada.

En todo caso, más que facilitar la formación de agrupaciones ciudadanas, las correcciones que se incorporen a la nueva ley, deben orientarse en función de garantizar la participación de los pueblos indígenas.