Las Magistradas y los Magistrados del Tribunal Supremo de Justicia serán elegidas y elegidos mediante sufragio universal. Así determina el artículo 182 de la nueva Constitución Política del Estado. Igual procedimiento se seguirá para elegir a los miembros de los otros organismos nacionales de la judicatura. Las listas de postulantes serán aprobadas por el Poder […]
Las Magistradas y los Magistrados del Tribunal Supremo de Justicia serán elegidas y elegidos mediante sufragio universal. Así determina el artículo 182 de la nueva Constitución Política del Estado. Igual procedimiento se seguirá para elegir a los miembros de los otros organismos nacionales de la judicatura. Las listas de postulantes serán aprobadas por el Poder Legislativo de modo que cumplan condiciones específicas que garanticen el desempeño de las funciones a las que aspiran.
En principio, la elección por sufragio universal es una reforma acorde con la nueva estructura que tendrá el Estado boliviano, a partir de la aprobación de esa nueva Carta Fundamental. Pero, como están ocurriendo los hechos, cada vez se hace más urgente cambiar esa estructura. Los medios de comunicación hablan de colapso del Poder Judicial y mantienen la idea de la estructura actual. La oposición, como es lógico, aprovecha tal percepción y sostiene que, el gobierno y el MAS, complotan para destruir a los órganos judiciales. El propósito que tendríamos, sería actuar sin el control y la regulación de los tribunales de justicia.
Una estructura podrida
Tanto el gobierno cuanto el parlamento, corrompidos en grado mayor, tuvieron que dar paso a una renovación ineludible. Las viejas trampas de gobernación y legislación, fueron sustituidas por una abierta confrontación de las organizaciones sociales contra la representación del neoliberalismo. Se hace difícil el cambio y, tales dificultades, sirven como argumentos a la oposición para sostener que este gobierno es autoritario y, al mismo tiempo, incapaz de resolver los problemas nacionales. En cuanto al parlamento, la vieja práctica del cuoteo, que ya no es posible ahora, ha derivado en una oposición destructiva que se sustenta en la chicana y la obstrucción. Pero se ha avanzado en la renovación y seguirá haciéndose en la medida que vaya aplicándose una legislación diferente, que provenga de la nueva Constitución.
En cambio, el Poder Judicial no ha marchado a ese ritmo. Se afinca en su vieja estructura. Incluso ha planteado la carrera judicial y la magistratura vitalicia. ¿Qué significa esta situación? Que, cada día, la aplicación de una legislación obsoleta, tropieza con las necesidades de la situación actual. Los tribunales, desde los máximos hasta los juzgados de provincia, se aferran a una práctica que resulta en trámites engorrosos, costosos y parcializados. Significa también que se resguarda la burocracia, como el factor más importante del procedimiento judicial.
Las pruebas son tan evidentes que, el intento de superar el papeleo por la vía de un juicio oral, ha entrado en crisis. Es que, para llegar a la instalación del tribunal que debe resolver en unos días, cualquier juicio, hay retrasos considerables por papeleo. Ocurre que no se ha suprimido el abogado defensor contratado quien, para justificar su actividad, presenta recursos escritos hasta el infinito.
Hay mas todavía. El fallo de un juzgado no se aplica. De oficio pasa a revisión de la Corte Superior del Distrito donde se realizó el juicio. Esa instancia puede confirmar, modificar y hasta revocar el fallo del juez, sin importar que haya actuar con un jurado formado por dos jueces técnicos y tres jueces civiles. Allí podría terminar el procedimiento, pero no es así. No de oficio pero en la mayor parte de los casos, esa revisión superior, pasa a la Corte Suprema de Justicia. ¿Será necesario decir que, en cada caso, los requisitos de abogado defensor se hacen mayores y, por tanto, más caros y, otra vez por tanto, más prolongados?
Esta es una justicia que no servía hace ya medio siglo o más. Por supuesto, manteniéndose en vigencia, se ha podrido. No resiste su permanencia.
Advertencias desoídas
En enero de 2007, al inaugurarse el año judicial, el presidente Evo Morales señaló estos extremos y reclamó, de los magistrados de la Corte Suprema, ayudar a encontrar los caminos del cambio que permitieran remozar la justicia. Soberbios en sus cargos, atacaron al presidente que les decía una verdad conocida por todos, excepto ellos, y les pedía que fueran protagonistas del cambio. Se empeñaron luego, en mantener sus procedimientos y desafiar al pueblo.
No pudieron durar mucho en sus funciones. Las acefalías que se habían producido 7 u 8 años atrás, fueron cubiertas el año 2003. Si tenemos en cuenta que, con las normas actuales, tanto los miembros del poder judicial como los del ministerio público, tienen periodos individuales entre 7 y 10 años, no había razón para este colapso.
Sucede que, muchas de estas autoridades, ha renunciado antes y después de este gobierno. En la Corte Suprema, que debió ser renovada una vez más el año pasado, hay nuevamente una vacancia. El Tribunal Constitucional, desde hace varios meses, sólo tiene una autoridad de entre cinco titulares y cinco suplentes. El Consejo de la Judicatura, el miércoles pasado, quedó sin quórum por la renuncia de un consejero más, quedando sólo uno. El Fiscal General de la República renunció y es sustituido por el fiscal de distrito correspondiente quien, a su vez, enfrenta un severo cuestionamiento debido a su forma de encarar las tareas que corresponde a ese cargo. Incluso la Corte Nacional Electoral está a un paso de quedar sin los vocales necesarios para reunirse.
No se oyeron las advertencias. Mejor dicho, se oyeron y se descartaron. El resultado es la situación actual: la crisis fue acelerada por ellos mismos. Hay que proceder a la renovación, no sólo de los magistrados, sino de la estructura misma de ese poder que, por sus características, permaneció intocado hasta ahora.
Hacer hoy la tarea de mañana
La nueva Constitución Política del Estado, que regirá a partir de enero próximo, dice: La Asamblea Legislativa Plurinacional sancionará, en el plazo máximo de ciento ochenta días a partir de su instalación, la Ley del Órgano Electoral Plurinacional, la Ley del Régimen Electoral, la Ley del Órgano Judicial, la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional y la Ley Marco de Autonomías y Descentralización.
Es evidente que, las autoridades actuales que mantendrán su jerarquía la posesión de la Asamblea Legislativa Plurinacional, en enero de 2010, no tienen atribuciones para sancionar las leyes que se mencionan en la disposición anterior. Pero, hay procedimientos que tenemos posibilidades de preparar, al menos quienes asumimos el reto del cambio.
Las cinco leyes que se mencionan son apenas las principales. Hay muchas otras que deben sancionarse para que, en los hechos, se implemente la nueva Constitución. Por ahora, debemos abocarnos a la tarea de preparar los borradores, al menos, de estas cinco leyes. Que un equipo de abogados lo esté haciendo, nos parece muy bien. Pero es insuficiente. Se precisa que estén allí los legisladores. No por presumir, sino porque son éstos los que han hecho la experiencia, han vivido las peripecias y tienen una idea, al menos primaria, de lo que debe hacerse.
Si la Asamblea Legislativa elegida en diciembre de 2009 se encuentra con un trabajo preparado, le será más fácil y precisará menos tiempo para cumplir ese propósito. De ese modo, y principalmente, podrá terminarse con la estructura del Poder Judicial, que se está cayendo a pedazos.