El presidente Evo Morales promulgó ayer la tercera ley orgánica que abre paso a la ejecución de la nueva Constitución Política del Estado e incluye los referendos revocatorios del mandato de autoridades electas, entre otras facultades de control social. La nueva ley orgánica también pone en vigor los referendos departamental, nacional e internacional, apuntó Morales […]
El presidente Evo Morales promulgó ayer la tercera ley orgánica que abre paso a la ejecución de la nueva Constitución Política del Estado e incluye los referendos revocatorios del mandato de autoridades electas, entre otras facultades de control social.
La nueva ley orgánica también pone en vigor los referendos departamental, nacional e internacional, apuntó Morales en un discurso pronunciado en la ocasión y en el que dijo que «mediante esta ley la democracia participativa se consolida» en el país.
Consideró que «lo más importante» es que con base en los referendos nacional, departamental e internacional, «los bolivianos definiremos políticas nacionales» y otras vinculadas a las relaciones con otros países.
La Ley de Régimen Electoral abre paso a la realización de referendos ante «cualquier emprendimiento polémico» ante otro país, como el caso de Chile referidos a los temas de la demanda marítima o el conflicto de las aguas del Silala.
Morales promulgó hasta ahora tres de las cinco leyes consideradas fundamentales, entre ellas la del Órgano Electoral Plurinacional, la del Órgano Judicial y la de Régimen Electoral.
La Asamblea Legislativa tiene sujetas a consideración las leyes del Tribunal Constitucional Plurinacional y la relacionada con Autonomías y Descentralización.
Se espera que la nueva ley de los referendos revocatorios comience a ejecutarse en las elecciones nacionales de autoridades judiciales, previstas próximas, las primeras en su tipo de la historia boliviana y sudamericana.
La ceremonia de promulgación de la nueva ley, que presidió Morales, tuvo lugar en el Salón de los Espejos del Palacio Quemado con la participación de ministros, viceministros y otras autoridades de los órganos Ejecutivo y Legislativo.
La nueva Carta Magna establece el 22 de julio próximo como plazo límite para la promulgación de las cinco leyes.
La Ley 050 de Régimen Electoral incluye la figura del control social como un mecanismo de «acompañamiento» y fiscalización del financiamiento de los procesos electorales.
El artículo 256 faculta al control social para promover, coadyuvar y evaluar iniciativas legislativas en materia electoral, de registro cívico y organizaciones políticas.
Además, establece el acompañamiento de la organización, dirección, supervisión, administración y ejecución de los procesos electorales, referendos y revocatoria de mandato, mediante el acceso a la información requerida.
http://www.argenpress.info/2010/07/bolivia-promulga-el-presidente-evo.html