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El País ha ocultado/desatendido precisamente los dos cables más importantes para la correcta cronología de la inclusión de la Ley Sinde

Origen de la Ley Sinde según los cables KIPR de la embajada en España

Fuentes: Del derecho y las normas

 Especulaba la semana pasada sobre el contenido de los cables de la embajada de Estados Unidos en España y por fin el viernes a las 22:30 horas el diario El País publicaba una noticia recogiendo el contenido de varios de esos cables, que no los 115 que al parecer afectan a España y a la […]

 Especulaba la semana pasada sobre el contenido de los cables de la embajada de Estados Unidos en España y por fin el viernes a las 22:30 horas el diario El País publicaba una noticia recogiendo el contenido de varios de esos cables, que no los 115 que al parecer afectan a España y a la propiedad intelectual. De hecho, en el archivo que se descarga con el torrent del día 6 de diciembre de 2010, se pueden encontrar dos cables que no son publicados por El País, que se añaden a los 8 cables que sí se encuentran en la web del diario. Sobre el resto, no se tienen noticias de cuando se liberarán. Supongo que tras estos días de «puente» no aéreo, muchos análisis se harán sobre el contenido de los citados cables y muchas preguntas se lanzarán al aire buscando una respuesta, aunque es cierto que temas de relevancia jurídica han sucedido en este país como para que casi no tengamos tiempo para analizar nada. Realmente los cables no hacen sino confirmar lo que es evidente, que la propiedad intelectual para Estados Unidos es una materia estratégica y que se asume como una cuestión de Estado, que merece un seguimiento por parte de las embajadas y de presiones a todos los niveles en los países que ellos consideran que no están actuando como les gustaría. Es lógico que en una época de deslocalización de la mano de obra el acento se ponga en los retornos económicos derivados de los intangibles, como la propiedad intelectual, que supone una importante fuente de ingresos desde el extranjero para Estados Unidos. A pesar de ello sí hay algunas cuestiones que quiero comentar sobre los cables. En primer lugar, creo que el diario El País ha ocultado/desatendido precisamente los dos cables más importantes para la correcta cronología de la inclusión de la Ley Sinde, que son los cables de 6 de octubre de 2009 y 2 de diciembre de 2009 y que además chocan relativamente con la primera interpretación de su titular. En el cable del día 6 de octubre, Francisco Ros, en ese momento Secretario de Estado de Telecomunicaciones y para la sociedad de la Información ya anunciaba, según el emabajador, que:

«within a matter of days,» the GOS will announce a series of measures designed to tackle Internet piracy.»

Y se desarrolla la idea:

«In a conversation with Econoffs before the event began, State Secretary Ros, who is scheduled to visit announce a new initiative related to IPR protection and Internet piracy «in a matter of days.» Econoffs later spoke to Aldo Olcese, President of the Coalition of Creators and Content Providers, who confirmed that the government was putting considerable pressure on Redtel, the ISP association, to agree to what Olcese characterized as a «de minimis» anti-piracy agreement. The Coalition is not enthusiastic about the proposed agreement but intends to accept it as a way to get the government more actively engaged in finding and implementing solutions. Olcese estimated that the first part of the agreement, establishing a government authority that would take action against a number of high-profile websites known to make pirated content available, could be ready by the end of this week.»

Es decir, tanto el secretario de Estado como el señor Olcese transmitieron la idea concreta del desarrollo de un mecanismo administrativo para el cierre de sitios web. Así pues la medida estaba diseñada para octubre de 2009, si bien no el mecanismo concreto en que se plasmaría. Pero es que el Sr. Ros sigue a lo suyo:

«He added that the Spanish government is seeking ways, under existing authority, to pursue and take out of commission some 100 websites that are responsible for perhaps as much as 80 percent of infringing content. Defending the Spanish government’s IPR performance, he cited figures showing the number of cases of Internet piracy pursued by police and prosecutors over the past four years, even while recognizing that many judges in Spain are not well equipped to understand or dispose correctly of intellectual property cases»

El plan del gobierno, y de manera administrativa, era cerrar las famosas cien webs de descargas, que según sus análisis tenían el 80 por ciento del tráfico de descargas. Pero lo más interesante es que el secretario de Estado manifestó que los jueces en España no están bien equipados para entender o aplicar correctamente los casos de propiedad intelectual.   ¿Es esa la razón de querer prescindir del criterio judicial en materia de propiedad intelectual? ¿Qué pretendía el Sr. Ros con esta afirmación? ¿Acaso estaba solicitando que se pagasen más cursos de «formación» a los jueces? Cursos de formación que como pude vivir en primera persona son de adoctrinamiento en una única visión de la propiedad intelectual adaptada a los intereses de una parte del conflicto. Cursos de formación que ya se iniciaron en 2004, como se expone en este cable de 3 de marzo de 2004:

Last year Spain’s Interministerial Anti-Piracy Commission and the Consejo Superior Judicial (Spanish administrative body which oversees the courts) signed an agreement to train judges on IP issues. The two bodies will collaborate on two training courses, in April and October, to train 40 to 45 judges each time. More importantly, the contents of each course will be published and distributed to Spanish judges throughout Spain.

Y respecto de la decisión de incluir la medida en la Ley de Economía Sostenible, una medida que desde el punto de vista político, que no técnico jurídico ni democrático, siempre he considerado interesante, el Sr. Ros da las claves:

Ros told the rights-holders’ representatives that «very soon,» Spain’s Council of Ministers will receive for its approval a proposal for regulatory reform to address digital piracy. While not ruling out new legislation to strengthen the government’s authority, Ros lamented that getting a law through Congress could take years and would likely arouse bitter opposition.

Como se ve, nuestro ex secretario de Estado se lamentaba de que llevar una ley al congreso podría llevar años y provocar agrio debate de oposición a la medida. Es decir, que ya sabían que la medida tenía sus inconvenientes y que provocaria fuerte oposición. Esa es la razón de ponerla en una ley que no tiene nada que ver y en la que hay importantes cuestiones económicas que se pueden negociar con los partidos nacionalistas para que salga adelante. Ese miedo al plazo y al debate público es lo que justifica que ahora discutamos sobre una Disposición Final Segunda. Lo único bueno de la intervención del Sr. Ros es la defensa de España como un lugar donde los datos de vulneraciones de la propiedad intelectual son menores de los defendidos por la industria y los calificó de «leyenda urbana», algo que no sentó especialmente bien a los asistentes. Entre ellos el Sr. Olcese, para el que esas palabras ilustraban el problema que tenía la Coalición para que el gobierno hiciese algo más contra las descargas en Internet. Pero si vemos el cable del 18 de noviembre de 2005, el Ministro dijo al embajador que la piratería hacía más dinero en España que el tráfico de drogas, lo que es una auténtica burrada. Cerraba el embajador el cable de octubre de 2010 diciendo que:

The news from both Olcese and Ros that an agreement and a government initiative are close to fruition is certainly welcome, and such an agreement, however modest, would be an important step in the right direction

Esta aseveración creo que es muy importante porque, a mi juicio, demuestra que Estados Unidos no sabía el contenido de los movimientos del gobierno para crear la famosa Sección Segunda y por lo tanto la «receta» al problema de las webs de descargas es netamente española. Esto es que Estados Unidos si pretendía presionar en favor de una ley contra las descargas, pero esa estrategia no incluía el mecanismo concreto que fue, aparentemente, diseñado en España Del cable del día 2 de diciembre, o cable Ficod 2009 (porque es un resumen de los paneles de Ficod que entorno a la protección de la propiedad intelectual en internet se llevaron a cabo) lo más importante creo que es el comentario final del embajador, y hay que tener en cuenta que este comentario se envía tras la filtración de la noticia de la inclusión del cierre de webs por la Sección Segunda, que se produjo el día 1 de diciembre: 

«Though 2009 has been a frustrating year for right-holders, there is a good chance it will end on a positive note. In a meeting with Charge, MPAA CEO Dan Glickman expressed satisfaction with his meetings with Industry, Tourism, and Trade Minister Miguel Sebastian and Minister of Culture Angeles Gonzalez-Sinde. Sebastian, he said, was quite forthright and specific about the Commission’s work: It will deliver its recommendations by year’s end; these will include amending the law to give government more tools to combat piracy; and one component will be «an administrative course of action» to block offending websites. According to various sources, State Secretary Ros (who reports to Sebastian and was present at his meeting with Glickman) and his staffers had been opposing such an administrative remedy in the Commission’s discussions (refs B-C), but have apparently been brought around by the other Ministries represented. «

Esto es, el presidente de la MPAA se reunió con el Ministro de Industria y con la Ministra de Cultura y le informaron que la reforma legal incluiría una vía administrativa de acción para bloquear páginas web. Al parecer esta vía no era defendida por el Sr. Ros, pero habría sido superada su opinión por otros Ministerios. Por lo tanto es evidente que el embajador de Estados Unidos en España no conocía el contenido de la medida propuesta, envía un cable sin el contenido de la misma cuando ya estaba disponible, y parece que la misma se origina en un ministerio diferente al de indsutria, si bien parece que la principal defensa de la solución adoptada por la Comisión Interministerial sí proviene del citado ministerio. ¿Tiene algo que ver la problemática reforma legal del cierre de webs con el cese de Francisco Ros o hay más razones? Sobre los cables publicados por El País, lo más interesante es las conclusiones a las que debemos llegar sobre el informe 301, ya que el aparecer como país en el mismo no tiene que ver tanto con datos objetivos y evaluables como con consideraciones políticas de Estados Unidos y como el año pasado se utilizó mediaticamente este aspecto. En otro orden de cosas es interesante el alto nivel de los informes del embajador en esta matería, ya que practicamente son un compendio de las posturas y evolución de la propiedad intelectual en nuestro país en los últimos años. Desconocemos todavía el 90% de los cables sobre propiedad intelectual de la embajada española, pero visto lo visto pueden ser muy interesantes. Esperemos que alguien nos los pueda hacer llegar.

Fuente: http://derechoynormas.blogspot.com/

rCR