El 12 de agosto de 2013 el presidente Peña Nieto envío al Senado de la República la Iniciativa de Decreto para reformar los artículos 27 y 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos con el fin de abrir el sector energético (petróleo y electricidad) al capital privado nacional y extranjero (para esta […]
El 12 de agosto de 2013 el presidente Peña Nieto envío al Senado de la República la Iniciativa de Decreto para reformar los artículos 27 y 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos con el fin de abrir el sector energético (petróleo y electricidad) al capital privado nacional y extranjero (para esta iniciativa véase: http://42f4af8e98d42ea6aec0-642e85483da5e12593522df60934559e.r38.cf2.rackcdn.com/Reforma_Energetica.pdf?bebc9404c2105368a36a6e39312d1470 ).
Con esta medida se da continuidad al monumental proceso histórico de despojo institucional de los recursos naturales, territoriales y humanos de México que comenzó durante el periodo colonial por parte de la corona castellano-española; continuó durante la etapa llamada independiente con la amputación de más de la mitad del territorio nacional por parte de Estados Unidos en contubernio con las clases criollas dominantes del país; siguió durante la dictadura porfirista que privilegió las inversiones extranjeras en los principales ramos y sectores de la economía nacional; después de la revolución y de la industrialización por medio de la sustitución de importaciones, durante largo período que media entre 1930-1982, se significó a través de la imposición del neoliberalismo desde los primeros años de la década de los ochenta del siglo pasado con la entrega al capital extranjero y a las corporaciones trasnacionales de la mayor parte de las empresas públicas de la nación y con el ingreso de México al GATT (1986) y la posterior firma y entrada en funcionamiento del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAM) a partir de 1994. Por último, hoy se avizora un nuevo paso en el largo proceso de acumulación de capital mediante el despojo y la desposesión «legal» a favor de los empresarios extranjeros y las empresas trasnacionales mediante la iniciativa de reforma constitucional que garantiza la intervención de las grandes potencias imperialistas, en particular, de las trasnacionales norteamericanas, en los procesos de producción, acumulación, intercambio y consumo de los energéticos y en el complejo de recursos naturales y humanos ligado a esos procesos. Este hecho va a fortalecer la dependencia y subordinación de México, en tanto economía dependiente y subordinada al ciclo global de reproducción de dichas potencias y de Estados Unidos en particular que se debate en una crisis estructural y sistémica sin visos de pronta solución.
En breve, evidentemente que una de las consecuencias que acarreará esta disposición tomada por los altos círculos del Estado, de los partidos políticos, las empresas trasnacionales, el BM-FMI y el gobierno norteamericano, consistirá en retrotraer al país a la situación de penuria y atraso en que se encontraba en los mejores tiempos del porfiriato (1876-1911). Entonces reinaba soberano el patrón de reproducción de capital oligárquico-terrateniente y, aun, durante el «santannismo» (1833-1855), engendro neo-iturbidista que pretendió reestablecer el «imperio mexicano» al servicio del sistema criollo-español y período durante el cual el territorio mexicano (de más de 4 millones de km cuadrados) fue amputado en más de la mitad por el gobierno norteamericano. Este hecho histórico quedó consagrado en el Tratado de Guadalupe Hidalgo de 1848, en el cual se México «cedió» más de la mitad de su territorio comprendiendo la totalidad de lo que hoy son los estados de California, Nevada, Utahy Nuevo México, así como p artes de Arizona, Colorado, Wyoming, Kansas y Oklahoma. En total el imperio se apropió de 2 millones 240 mil km2equivalentes al 51% del territorio nacional. Además, se estipuló la renuncia definitiva de México a replantear su posesión y reclamo sobre Texas. A cambio, como se sabe, Estados Unidos en «compensación» pagó la irrisoria suma de 15 millones de dólares por «daños» infringidos al país durante la guerra con Estados Unidos (1846-1848).
Por otro lado, la reforma energética se inscribe en el contexto de crisis estructural y sistémica del actual patrón de reproducción del capitalismo dependiente mexicano sustentado en la exportación de manufacturas de origen industrial, con cargo fundamentalmente en la industria maquiladora de exportación. De aquí deriva la imperante necesidad del capital y de las clases dominantes de impulsar esta reforma energética -y otras que coadyuven a tal fin- para intentar superar estas dificultades y auspiciar el surgimiento de un nuevo patrón de reproducción capitalista con cargo en actividades primario-exportadoras donde los hidrocarburos y el extractivismo en general -que, por cierto, ya es dominante en América Latina- desempeñan un papel fundamental. Es este el secreto y la base de la afirmación ideológica de una supuesta «recuperación» de la economía nacional luego de las reformas que pregonan los voceros del régimen priísta y de los grupos empresariales, en el sentido de que ellas auspiciarán la generación de miles de empleos y un crecimiento exponencial del Producto Interno Bruto en los próximos años del orden del 6-7%. Exactamente las mismas palabras y las mismas promesas que esgrimieron los gobernantes y empresarios desde la entrada del neoliberalismo mexicano para justificar los procesos de apropiación-despojo de las empresas nacionales y de los recursos del país a favor de los capitalistas privados nacionales y extranjeros.
La iniciativa de reforma constitucional en materia energética consagra la compra-venta de México a las grandes empresas trasnacionales que históricamente han reclamado del gobierno mexicano le sea concedida no sólo para comercializar sus productos, sino para adquirir el sector energético en propiedad privada para su explotación de acuerdo, no con el interés nacional ni mucho menos del pueblo, sino del interés particular y privado que determina el mercado y las leyes de la ganancia capitalista solventadas en las principales bolsas de valores de todo el mundo y en el capital ficticio que lo gobierna.
La vía de la privatización energética se abre a partir de la reforma a los artículos 27 y 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (en internet: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/1.pdf ) que hasta ahora -y desde la época de la expropiación cardenista del petróleo de las manos de las empresas extranjeras -garantizan el control y el dominio exclusivo y pleno del sector energético, en tanto propiedad de la nación, por parte del Estado.
Básicamente la «propuesta» contenida en la Iniciativa de Ley del gobierno federal consiste en:
a) La celebración de «contratos eficientes para la exploración y extracción con el Ejecutivo Federal, y,
b) Participación de terceros (¡léase inversionistas privados!) en toda la cadena de valor de los hidrocarburos, a través de autorización expresa del Gobierno Federal» (subrayados y negritas nuestros), la cual obviamente estará concedida de antemano.
Si bien se aclara que la reforma «…mantiene la propiedad de la nación sobre los hidrocarburos en el subsuelo, sólidos, líquidos y gaseosos», así como la «…prohibición de otorgar concesiones ya que sólo el Estado puede disponer de los recursos del subsuelo», sin embargo, abiertamente plantea la incorporación de contratos que celebrará el ejecutivo Federal con organismos y empresas públicas y con lo que denomina «terceros», es decir, con capitalistas privados nacionales y extranjeros para supuestamente «expandir y hacer más eficientes las actividades de exploración y extracción de hidrocarburos».
La reforma es enfática en establecer dos ejes fundamentales a nivel constitucional:
a) Eliminar la prohibición de que el Estado celebre contratos para la explotación de hidrocarburos y,
b) Sustraer de las áreas estratégicas del Estado a la petroquímica básica y dar certeza a nivel constitucional para que las actividades de la industria petrolera, tales como el procesamiento de gas natural y la refinación del petróleo, así como el transporte, almacenamiento, distribución y comercialización de dichos productos y sus derivados, puedan ser realizadas tanto por organismos del Estado, como por los sectores social y privado -capital nacional y extranjero- a través de permisos que otorgue el Ejecutivo Federal.
De este modo, el núcleo duro de la iniciativa de la reforma constitucional comprende la introducción de permisos para que el sector privado participe de forma definitiva en refinación, petroquímica básica, transporte y almacenamiento de hidrocarburos, con lo cual, con el tiempo y el contubernio de la autoridad gubernamental, se irá apropiando paulatinamente de estos recursos de la nación, como ha venido sucediendo en los últimos treinta años de predominio del neoliberalismo en México, que ha privatizado empresas y sectores de la industria, la agricultura y los servicios como ferrocarriles, carreteras y los bancos.
Si bien la reforma contenida en la Iniciativa no plantea hacer concesiones sobre el petróleo y, en general, sobre los hidrocarburos, sí introduce los «convenios de utilidad compartida» defendidos a capa y espada por el director de PEMEX -por cierto considerados muy limitados por personeros de los organismos empresariales, como el Consejo Coordinador Empresarial y la COPARMEX, ya que éstos reclaman de plano la autorización de concesiones a la propiedad en materia energética por parte del Estado-, y que es otra manera de legitimar la apropiación de ganancias por parte de las empresas transnacionales y, en general, del capital extranjero, así como de los beneficios de la producción. En otras palabras dichos contratos suponen que la renta petrolera -la ganancia en términos capitalistas-, a partir de la aprobación de la reforma, se repartirá entre el gobierno, la empresa Pemex y las empresas privadas (nacionales y extranjeras) que operen en el sector energético (petróleo, gas y electricidad). Es obvio que este reparto de las utilidades repercutirá negativamente tanto en la proporción de ganancia que obtenga el Estado y la empresa Pemex, como en el gasto público, del cual hasta ahora el petróleo aporta aproximadamente el 40% del presupuesto total de la federación.
Pero el empresariado y el capital extranjero deberán estar tranquilos en el futuro, luego de la aprobación de la reforma energética, en la medida en que la Iniciativa autoriza al Congreso de la Unión para establecer la llamada «legislación secundaria» (verdadero caballito de Troya de las empresas transnacionales), la cual permitirá la aplicación efectiva -y la concreción- de las reformas y las modalidades del régimen jurídico-institucional bajo el que participarán los llamados «sectores público, social y privado» en las actividades de la cadena energética. De esta forma, claro está, se posibilitará trascender las limitaciones de los contratos o convenios de utilidad compartida -que para la burguesía son extremadamente limitados-para avanzar y establecer en la práctica, mediante la burla de las leyes, las componendas y la corrupción institucional, las concesiones efectivas para qué los inversionistas nacionales y extranjeros operen como verdaderos amos y señores del sector energético de nuestro país.
Evidentemente que lo anterior abrirá en lo sucesivo un enorme boquete en las finanzas públicas en un contexto de descenso económico que necesariamente será compensado, no mediante un mayor desarrollo económico y social, ni con el aumento de la productividad, como pontifica la perorata empresarial y gubernamental, sino a través de la deuda externa y el incremento generalizado en los impuestos a la población, en particular, el Impuesto al Valor Agregado (IVA), ahora incluyendo medicinas y alimentos, para lo que ya se aproxima la famosa reforma hacendaria que enviará al Congreso el Ejecutivo Federal el próximo 8 de septiembre del año en curso para que sea aprobada en íntima consonancia con las reformas laboral, educativa y energética.
Rebelión ha publicado este artículo con el permiso del autor mediante una licencia de Creative Commons, respetando su libertad para publicarlo en otras fuentes.