La nueva ley de Propiedad Intelectual en España va a limitar enlazar y la copia privada. Finalmente en la habitual comparecencia del Consejo de Ministros del Gobierno español los viernes, se ha anunciado el borrador del anteproyecto de la nueva Ley de Propiedad Intelectual en España sigue su curso para convertirse en ley. La renovada […]
La nueva ley de Propiedad Intelectual en España va a limitar enlazar y la copia privada.
Finalmente en la habitual comparecencia del Consejo de Ministros del Gobierno español los viernes, se ha anunciado el borrador del anteproyecto de la nueva Ley de Propiedad Intelectual en España sigue su curso para convertirse en ley.
La renovada ley, llamada comúnmente «Ley Lassalle», será aun más restrictiva entorno al Copyright, en concreto, ahora se podrá multar hasta con 300.000€ ante los supuestos delitos del copyright y así proteger los derechos de los creadores. Pero esta nueva ley va mucho más allá, hasta el punto de prácticamente poner en duda que un enlace, pueda ser un delito contra el Copyright.
La ley quiere proteger a las empresas y a los individuos que piden sanciones más duras contra las infracciones de Copyright, y debido a que varios casos de webs de descargas en España han servido como ejemplo de que enlazar no es un delito, la nueva ley intenta cambiar esto añadiendo sanciones donde más duele, el bolsillo.
La Comisión de la Propiedad Intelectual, llamada comúnmente como «Comisión Sinde» en honor a la anterior ministra de Cultura Gonzalez-Sinde, será de nuevo la encargada de decidir que casos de supuestas infracciones de Copyright son o no sancionadas. Sin medición de un juez, directamente un comité de funcionarios que se intentó mantener en secreto, pero que el periodista Pablo Romero en 2013 logró destapar.
Sin duda, esta nueva ley intentará atacar las famosas «webs de enlaces» y crear un precedente muy peligroso, que el enlazar se pueda considerar como sancionable, acabando así con uno de los principios de Internet, el enlazar y compartir información.
Redefiniendo que es «copia privada»
La «copia privada» se definió con el famoso «canon de la SGAE», que venía a definir que era y que no era una copia para uso y disfrute personal y así, poder reclamar tu dinero ante la tasa que grababa todo medio digital capaz de almacenar datos como discos duros, reproductores o memorias USB.
A partir de ahora con la nueva ley, la copia privada se sigue manteniendo para la reproducción de CD o DVD comprados y las grabaciones de radio y televisión para disfrute personal. Pero en cambio, desde ahora, cuando el contenido es digital, la copia que no sea licenciada ya no está amparada como «copia privada».
Polémica «tasa Google»
Es una Ley de Propiedad Intelectual a la medida de los editores del pasado, convertidos en parásitos de la red. #LeyCensura
– Almeida (@bufetalmeida) February 14, 2014
Para rizar el rizo de esta nueva ley de Propiedad Intelectual, se abre la llamada«tasa Google». Se trata de abrir la posibilidad de que los editores puedan pedir una compensación económica por textos de noticias ante agregadores, es decir, un medio digital con su material bajo Copyright podría pedir una compensación a Google porque integra un pequeño extracto de su noticia en su web.
Va a ser interesante ver como se intenta cobrar por estas citas en servicios como Google, Facebook, Twitter o miles de otros sitios que usan pequeños extractos de las noticias para enlazar y mandar visitas a estas webs.
Link: El Mundo
Fuente: http://www.fayerwayer.com/2014/02/nueva-ley-de-propiedad-intelectual-espana/