Las autoridades investidas constitucionalmente, tienen por misión, garantizar la eficacia de los derechos humanos de todas las personas, requisito que no fue cumplido con la asunción de Jeanine Añez.
Un Gobierno de Facto carece de dos elementos esenciales para la democracia, la legalidad y la legitimidad, porque él o la cabecilla que se autoproclama Presidenta o Presidente, incumple con lo establecido en la Constitución Política del Estado (voto directo, delegado y/o sucesión constitucional); y al no contar con ningún respaldo social, utiliza la fuerza, la violencia, la persecución política, la justicia y el encarcelamiento indebido, para perpetuarse en el poder.
Las autoridades investidas constitucionalmente, tienen por misión, garantizar la eficacia de los derechos humanos de todas las personas, requisito que no fue cumplido con la asunción de Jeanine Añez; puesto que su conducta estuvo orientada a desconocer y quebrantar las determinaciones del ámbito jurisdiccional y administrativo, sus acciones no estuvieron enmarcadas en derecho, fueron decisiones de hecho y fueron pura expresión de la arbitrariedad, la discrecionalidad, la ilegalidad y el abuso de poder.
Con la sentencia condenatoria de 15 años, por los delitos de incumplimiento de deberes y resoluciones contrarias a la Constitución y las leyes en el juicio del caso «Golpe II», en contra de Jeanine Añez, marcaremos un hito histórico desde Bolivia para el mundo, que a partir de la sentencia, si alguna persona desea autoproclamarse Presidenta o Presidente de un Estado democrático, tendrá que pensarlo dos veces.
Pero me pregunto: ¿Es la única responsable?, obviamente que no, se necesita llevar a Juicio Ordinario a Carlos D. Mesa (Presidente del Partido Político, Comunidad Ciudadana) Luis Fernando Camacho (actual gobernador para el Departamento de Santa Cruz y Presidente de la Agrupación Política, CREEMOS), Samuel Doria Medina (ex aspirante a la Vicepresidencia de Jeanine Añez, por la agrupación Política, JUNTOS), Jorge Quiroga (ex Vicepresidente del dictador fallecido, Hugo Banzer Suarez), Oscar Ortiz (ex candidato a la Presidencia por la Coalición “Bolivia Dijo No”), Ricardo Paz (asesor de Carlos D. Mesa), Waldo Albarracín (ex Rector y candidato a la Alcaldía por la Ciudad de La Paz), Aurelio Pesoa (obispo), Giovani Arana (monseñor) y León de la Torre (ex Embajador de la Unión Europea) y a todos los que directa o indirectamente, apoyaron y motivaron las renuncias coercitivas y las acciones violentas que suscitaron en quema de casas, 38 asesinatos, miles de heridos y detenidos arbitrariamente.
Así mismo, quedará demostrado que el Juicio Ordinario, avanzó con mayor celeridad, que las acusaciones de Juicios de Responsabilidades, motivados por el Ministerio de Justicia y Transparencia Institucional. Se escribirá en las páginas de la historia que la promotora de enjuiciar a Jeanine Añez, por su asunción inconstitucional, fue Lidia Paty, y no así algunos que quieren llevarse el trofeo a último minuto, aprovechando los megáfonos, los parlantes y los micrófonos para salir a la palestra pública.
A partir de esta Sentencia, tenemos un largo camino por recorrer. Debemos consolidar y procesar, hasta su sentencia por la vía ordinaria a Jeanine Añez por los asesinatos de Sacaba, Senkata y el Pedregal; y aperturar nuevos procesos por todas las actuaciones ilegales e irregulares mediante Juicios Ordinarios, sin el otorgamiento de ningún tipo de privilegio.
Esta Sentencia devolverá, parte de lo robado durante mucho tiempo, “JUSTICIA DEL PUEBLO, PARA EL PUEBLO”.
Galo Amusquivar es analista de la situación y la realidad boliviana.
Rebelión ha publicado este artículo con el permiso del autor mediante una licencia de Creative Commons, respetando su libertad para publicarlo en otras fuentes.