El gobierno escala en la profundización del ajuste educativo y la limitación de los derechos laborales con la publicación de los Decretos 341/2025 y 340/2025. Estas medidas, presentadas como herramientas de “ordenamiento” y “eficiencia”, intentan maquillar la estrategia de desmantelamiento de la educación pública y del disciplinamiento social a través de la restricción del derecho a huelga.
La negociación salarial docente fragmentada
El Decreto 341/2025 elimina la intervención directa del Estado Nacional en la negociación salarial docente, modificando la Ley 26.075 de Financiamiento Educativo. Hasta ahora, el artículo 10 de la ley establecía que el salario mínimo docente debía ser acordado en una mesa de negociación entre el Gobierno Nacional, las provincias y los sindicatos docentes. Con el cambio impuesto por el decreto, la negociación se traslada al Consejo Federal de Educación, eliminando la participación directa del Ejecutivo nacional y dejando el acuerdo salarial sujeto a la capacidad de negociación de cada provincia.
Este desplazamiento no es menor: en un contexto de ajuste presupuestario y reducción de transferencias a las provincias, el nuevo esquema abre la puerta a diferencias salariales profundas entre las distintas jurisdicciones y a una mayor precarización de los docentes en regiones con menor capacidad económica. Además, la Secretaría de Educación solo podrá refrendar los acuerdos si su implementación es “viable presupuestariamente”, lo que añade un nuevo filtro para limitar aumentos salariales.
Es decir, el gobierno no interviene porque se define como anarcocapitalista, pero solo para el caso en que los “acuerdos provinciales” no superen el índice de la inflación (en el mejor de los casos) o según sea el antojo discrecional del señor presidente, autopercibido como el “topo del Estado”, el que lo viene a destruir (según sus propias declaraciones).
Por otro lado, el artículo 9, que originalmente establecía que el Estado Nacional debía garantizar el financiamiento educativo mediante la asignación de recursos a las provincias, ahora permite la reasignación de fondos según criterios de eficiencia y cumplimiento administrativo. Otra farsa en el mismo sentido de la anterior, el gobierno se reserva el derecho de redistribuir recursos discrecionalmente, lo que implica subordinar a los gobernadores provinciales (que algunos mucho no necesitan para rendir pleitesía) a los designios de las “fuerzas del cielo”; lo que genera incertidumbre sobre la posibilidad concreta de aumento del desfinanciamiento de la educación pública en ciertas jurisdicciones.
La educación como actividad esencial y el ataque al derecho a huelga
El Decreto 340/2025 amplía la lista de actividades esenciales, incluyendo la educación dentro de esta categoría a través del inciso f del artículo 3. Esto implica que, en caso de huelga, las instituciones educativas deberán garantizar un mínimo del 75% de su funcionamiento, limitando drásticamente la capacidad de los docentes de ejercer medidas de fuerza.
Lo que no pudo salir por ley, me refiero a declarar a la educación como servicio estratégico esencial, como lo hemos explicado en el artículo, “Educación como servicio estratégico esencial”, lo vuelve a imponer por decreto el gobierno anarcocapitalista que usa al Estado solo para castigar; la violencia simbólica y la violencia física (como la represión sistemática de todos los miércoles a lxs jubiladxs) son sus instrumentos preferidos para naturalizar las continuas violaciones de derechos y vejaciones jurídicas.
Este cambio no es accidental, forma parte de una estrategia para debilitar la herramienta de presión más importante que tienen lxs trabajadorxs, en un momento en el que la política de ajuste amenaza las condiciones laborales y salariales de los docentes. Si el nuevo esquema de negociación fragmentada ya debilitaba la capacidad de obtener mejoras salariales, la restricción al derecho a huelga elimina cualquier posibilidad de lucha para revertir el deterioro.
Además, el decreto introduce la categoría de actividades de “importancia trascendental”, que deben mantener al menos el 50% de su operatividad en jornadas de paro, afectando también a sectores vinculados a la educación universitaria y terciaria. Los sindicatos docentes y la CGT han calificado la norma como inconstitucional y anticipan que presentarán recursos judiciales contra su implementación. ¿Y un plan de lucha?
Un intento de burlar el fallo judicial contra el Mega DNU 70/2023
El Decreto 340/2025 no solo limita el derecho a huelga, sino que también busca reponer de manera autoritaria las reformas laborales que la Justicia ya había suspendido en el Mega DNU 70/2023. En diciembre de 2024, la Cámara Nacional del Trabajo declaró la inconstitucionalidad del capítulo laboral de ese decreto, señalando que el Ejecutivo no podía modificar unilateralmente derechos laborales protegidos por la Constitución.
Ahora, el gobierno intenta reintroducir esas restricciones mediante un nuevo decreto, ampliando la lista de actividades esenciales y limitando la capacidad de los trabajadores de ejercer medidas de fuerza. La estrategia es clara: si el poder Judicial bloquea una reforma por inconstitucional (cosa que debería pasar más seguido), el Ejecutivo la impone por otro camino, sin debate legislativo ni consenso social.
La pregunta no es sólo hasta dónde llegará el topo del Estado con sus ajustes y vejaciones jurídicas, sino qué capacidad de respuesta colectiva habrá para frenar esta nueva ofensiva violatoria de los derechos laborales.
Fuente: https://huelladelsur.ar/2025/05/22/otro-golpe-a-la-educacion-y-el-ataque-al-derecho-a-huelga/
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