El texto de la futura Ley de Impulso de la Sociedad de la Información, presentado por el ministro de Industria, Joan Clos, al Consejo de Ministros, no recoge expresamente la necesidad de un mandamiento judicial, tanto para poder cerrar una web como para acceder a los datos que están obligados a guardar los proveedores. El […]
El texto de la futura Ley de Impulso de la Sociedad de la Información, presentado por el ministro de Industria, Joan Clos, al Consejo de Ministros, no recoge expresamente la necesidad de un mandamiento judicial, tanto para poder cerrar una web como para acceder a los datos que están obligados a guardar los proveedores.
El texto del Anteproyecto de Ley establece, textualmente, que «cuando n órgano competente hubiera ordenado, en ejercicio de las competencias que legalmente tenga atribuidas, que se interrumpa la prestación de un servicio de la sociedad de la información o la retirada de determinados contenidos provenientes de prestadores establecidos en España (…), dicho órgano podrá ordenar a los citados prestadores que suspendan el correspondiente servicio de intermediación«.
La idea viene de hace meses, cuando el anterior ministro, José Montilla, anunció la creación de dicho ‘organo competente’, sin especificar más. Parece que el Ministerio de Industria no quiere renunciar a ella a pesar de las advertencias de usuarios y profesionales.
Según denuncia la Asociación de Usuarios de Internet, el texto de la ley, que ha estado abierto a consulta pública, «ha desoído las indicaciones de todas las asociaciones, que aconsejábamos que las decisiones de cerrar o de impedir el acceso a una web sólo puedan tomarlas los jueces y no los ‘órganos administrativos competentes'».
Esta situación, prosigue una nota informativa de la AUI, «haría posible situaciones como las acontecidas recientemente en China, en las que las autoridades les piden a los proveedores (buscadores, sitios de contenidos) que limiten el acceso a determinadas páginas.
Concretamente, la AUI mantiene que «debe existir un mandamiento judicial tanto para poder cerrar una web como para acceder a los datos que están obligados a guardar los proveedores y, finalmente, eliminar de la ley la posibilidad de que un proveedor le pueda impedir a un usuario ir a un determinado contenido».
Por otro lado, el mismo anteproyecto de Ley recoge que «se responsabiliza al proveedor del link o del motor de búsqueda de los contenidos de los que tiene conocimiento, porque han sido elaborados bajo su dirección, autoridad o control».
La AUI denuncia que esta medida está en contra de la Internet 2.0, de los espacios públicos de los usuarios, y que el legislador no debe restringir la libertad de expresión e información. «Sólo los jueces pueden secuestrar una publicación», recuerda.