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Asamblea Constituyente y Autonomías: Algunas consideraciones generales

Fuentes: Rebelión

Antes del convenio 169 de la OIT, los indígenas eran objeto de protección y, por lo tanto, no tenían voz ya que el Estado, como tutor, hablaba y pensaba por ellos. Desde este convenio se intenta cambiar la situación de los indígenas a nivel mundial reconociéndolos como sujetos de derecho y, además, con la capacidad […]

Antes del convenio 169 de la OIT, los indígenas eran objeto de protección y, por lo tanto, no tenían voz ya que el Estado, como tutor, hablaba y pensaba por ellos. Desde este convenio se intenta cambiar la situación de los indígenas a nivel mundial reconociéndolos como sujetos de derecho y, además, con la capacidad de gobernarse, es decir, con autodeterminación (1). Se trata de darles voz y palabra, para superar el monólogo al que alude Miguel Alberto Bartolomé (2), pero con un gran inconveniente: esta voz y palabra se les es permitida desde las propias constituciones de cada país, lo cual parece ser sumamente «liberador», pero en realidad sigue siendo una gran trampa, en tanto la identidad indígena se traduce en las leyes, solamente en la medida en que no sea incompatible con la ley constitucional. Creemos que debemos estar con todos los sentidos bien despiertos ya que esto puede implicar que se les esté dando voz, pero una voz mediada por los principios filosóficos de la cu
 ltura Occidental, traducida en sus leyes, obviamente, lo que trunca el intento (muy caritativo a nuestro modo de ver) de dar cabida a la propia visión de derecho y de gobierno de los denominados indígenas.

Bartolomé Clavero llama la atención sobre el hecho de que «si pueblo, nación, soberanía, autodeterminación y todo su etc. siguen significando lo mismo que durante el tiempo de constitución colonial (es decir, el anterior al convenio 169, aproximadamente), nunca acabará de salirse del mismo; no cesarán de operar tales palabras como mecanismos de jerarquía y supeditación entre grupos humanos incluso cuando este efecto constitucionalmente se está negando», pero no profundiza sobre el siguiente hecho fundamental: mientras el cambio de significado de estos conceptos se de desde los parámetros culturales, sociales, económicos y políticos que nacen de paradigmas occidentales, entonces, no nos sacará de los mecanismos de supeditación que el autor menciona. Se trata del mismo efecto que se creó con la Educación Intercultural Bilingüe: de nada sirve que las culturas indígenas puedan enseñar y aprender en su propio idioma, si los contenidos semánticos y filosóficos son propios de la cul
 tura dominante. No vayamos a caer en la misma trampa, tan criticada en Bolivia.

No olvidemos que el constitucionalismo y, más aún, el constitucionalismo moderno es un producto de la ideología liberal(3)y, más allá de esto, es el resultado de una filosofía, precisamente la que sustenta dicho modelo, así como a otros. Idón Chivi Vargas plantea que la misma definición de constitución es importante para poder plantearse en la Asamblea Constituyente a la hora de pensar las autonomías y, además, lo decimos nosotros, es importante para todos los temas que vayan a trazarse. El autor que venimos comentando expone que «deconstrucción’, ‘descolonización’ y ‘desneoliberalización’ son acciones clave en el desmantelamiento de la producción legislativa republicana, pero con especial énfasis en la neoliberalización de la producción jurídica que data desde 1985 hasta el 2005″(4). Aunque no se detiene a explicar estos conceptos, queda claro que se trata de un proceso de «desenvolverse», «desvestirse» de los principios fundamentales que han construido la constitución que a
 hora queremos cambiar. Pero nos parece que este reto debe ir al fondo del asunto, y no enfocarse únicamente en la Constitución como una definición basada en preceptos únicamente liberales, sino ir a su esencia, a lo más profundo, y destapar desde sus raíces el soporte filosófico que ha permitido su realización.

Es verdad que la constitución es la reproducción de esquemas patriarcales (Lagarde y West), que es la voluntad de la clase dominante hecha ley (Marx, Lenin, Gramsci, Althuser) y que es la legalización de la herencia colonial y el señorialismo como núcleo ideológico del Estado (Zavaleta, y otros)(5), pero también es cierto que la constitución es la materialización escrita de la filosofía de escisión ser-realidad, que incluye la división pueblo-Estado, y todas las dicotomías necesarias para continuar afianzando la dominación de unos sobre otros, entre las cuales es muy importante la categoría antagónica occidente-indígena, que está estrictamente unida a la oposición modernidad-tradicional, con lo que se permite la continua y creciente falta de respeto a la madre-padre tierra y, por lo mismo, a todos los seres incluidos nosotros (los seres humanos) mismos.

En este contexto, el diálogo cultural(6) es de suma importancia para poder pensar cambios en la constituyente y, en especial, para viabilizar las autonomías, de modo que no resulten en un fracaso más de los intentos de superación de la colonización interna en cada Estado. La experiencia colombiana nos muestra la debilidad de los planteamientos que consideramos más críticos del sistema vigente; lastimosamente, su proceso constituyente y los importantes y grandes logros que los indígenas han obtenido en los marcos de la constitución, han sido rebasados por la misma ley.

Aunque el contexto social, cultural, económico y político  de Colombia es muy diferente al boliviano (la población indígena es mucho menor a la boliviana, lo que le da a la primera debilidad demográfica(7) a la hora de realizar convenios con el Estado, en cambio Bolivia tiene mucha ventaja en este aspecto; por otra parte, la guerra como régimen político es crucial en Colombia, a diferencia de Bolivia en la que el ambiente de paz es el que rige), no deja de tener importantes semejanzas que no pueden dejar de considerarse a la hora de plantear elementos para armar propuestas de autonomía para Bolivia.

La autonomía política en Colombia se expresa en el artículo 246, entre otros, el que establece que en su ámbito territorial, las autoridades indígenas son así mismo autoridades jurisdiccionales o «jueces de la República» y «legisladores», además de que corresponde a la Ley determinar la articulación entre jurisdicción ordinaria y la indígena(8). Aquí esta la trampa que ha posibilitado a los tribunales del Estado revocar las decisiones indígenas. El artículo que venimos comentando también incluye la potestad de legislar, con la limitante de no contradecir los derechos humanos. La Constitución colombiana reconoce a los gobiernos indígenas a su representación legal propia (es decir, ya no están tutelados por el Estado), «.sin embargo, este reconocimiento al gobierno es esencialmente interno, pues la posibilidad real de decidir sobre el territorio, los recursos naturales y el propio curso del desarrollo han estado restringidos» por el mismo Estado, así como por empresas multilate
 rales que han sabido utilizar bien la posibilidad de negociar directamente con las comunidades (sin intervención ni mediación del Estado), supeditándolas a los niveles más bajos, riesgosos y poco rentables de los negocios y las cadenas productivas, sacando mucho mayores beneficios que sacaban con las negociaciones intervenidas por el Estado colombiano(9).

No nos cansaremos de repetir el hecho de que las trampas verdaderas se encuentran en la esencia ideológica que occidente utiliza para ‘integrar’ y/o ‘reconocer’ a las expresiones culturales originarias. La experiencia colombiana comentada por Juan Houghton es muy ilustrativa de la capacidad de la Ley de funcionalizar las propuestas originarias, las que son portadoras de una esencia ideológica diferente a la que rige la ley misma. Creemos que aquí es donde debemos enfocar los primeros esfuerzos para lograr una constitución diferente, con una filosofía y contenido ideológico que realmente refleje la realidad.

Y es este precisamente el punto más difícil, porque se trata de ver con otros ojos y, además, no ver únicamente con los ojos y la mente, sino también con el corazón y el sentimiento. Como dice Rafael Bautista «.ver con la visión ya no basta, porque hemos sido instruidos para ver sólo lo que la ‘modernidad’ quiere ver: su propia imagen. Lo nuevo siempre se expresa en el lenguaje nuevo, pero al principio el lenguaje no puede expresar el contenido de lo nuevo, por eso recurre a la metáfora o a la analogía; como sabemos interpretar lo nuevo que acontece entonces hacemos de la indicación una mofa, por eso los ‘medios’ acusan al canciller Choquehuanca de ignorante cuando dice: ‘ya no leo libros sino las arrugas de los abuelos» (10).

Aunque algunos no lo crean, porque no quieren sentirlo, esta frase es un extra condensado de ontología, gnoseología y epistemología No Hegemónica, es decir No Occidental. Las arrugas de los abuelos son seres que hablan y enseñan, es decir son «medios» de «conocimiento». Ponemos estas palabras entre comillas porque son un legado de la filosofía occidental y como dice el autor que citamos en el anterior párrafo, el lenguaje no puede expresar, al principio, el lenguaje de lo nuevo, pero sí podemos prestarnos sus términos e ir dándoles otros sentidos, hasta que logremos hablar con nuevos lenguajes que reflejen una nueva esencia, aquella que no separe al ser de la realidad, ni tampoco separe a la potencia de la razón de otras potencias, como los sueños, la intuición, el sentimiento, las visiones, y otras, que son las que posibilitan, en unidad con la razón, que las arrugas de los abuelos de este tiempo-espacio y las de los abuelos del tiempo-espacio ancestral,  nos permitan «leer»
 , y sentir, la realidad.

Si tantas personas creen que esta frase es una fantasía sin límites, entonces serán varias las trabas para poder reflejarla en la constituyente. Y si la constituyente no puede materializar ese sentimiento-pensamiento, entonces no será más que el reflejo de la vieja filosofía occidental que no acepta más que sus preceptos e ‘incluye’ algunos diferentes, siempre y cuando pueda funcionalizarlos.

Entonces, estamos frente a un panorama de diálogo cultural asimétrico, en el que aquellos que no se sienten en unidad con el ‘otro’, lo juzgan de irrelevante. Y esto es lo que caracteriza a los representantes políticos de la oposición, intentan identificarse con un cambio, pero dentro de la esencia filosófica occidental, es decir, desde una constitución que no cambie su esencia ideológica. Se agarran fuertemente del respeto a la ley y a la norma y no tienen el valor de reconocer que dicha ley y norma es la representación de tanto desequilibrio y, por lo tanto, hay que desecharla y cambiarla. Por otro lado, quienes quieren reconstruir la constitución, tampoco se atreven a hacerlo radicalmente, desde una deconstrucción total que la quiebre en profundidad. Debemos tener el coraje de reconocer que incluso lo que llamamos originario está colonizado y que si bien tiene muchos elementos que expresan una filosofía de unidad del ser con la realidad, también está inmerso en muchos, per
 o muchos elementos de corte occidental. Por esto, el reto es para todos. La deconstrucción de la constitución debe pasar por la deconstrucción de la esencia de cada uno de nosotros, seamos quienes seamos, expresemos la cultura que expresemos. En síntesis, no es el oficialista o el indígena el que tiene la verdadera propuesta de cambio, si no asume que debe, también, al igual que todos los demás, acercarse aún más a la esencia de la filosofía que se ha ido durmiendo con la colonización.

Que no se nos mal interprete. No estamos diciendo que no existe una marcada discriminación contra los indígenas, es una realidad que debe ser anulada. Y por la misma urgencia de superar tal discriminación, es que es momento de re-evolucionar todos los esquemas posibles que potencien la funcionalización de elementos de verdadero cambio de la esencia de la situación antagónica en que vivimos. Los indígenas tienen más despierta esa filosofía de unidad que Occidente intenta dormir, pero quienes no son indígenas, también tienen la posibilidad de despertar esa filosofía de unidad, solo que probablemente estén menos dispuestos. Con esto, consideramos importante mencionar que se trata de una propuesta no etnocéntrica y, menos aún, antropocéntrica. Todos ‘hemos sido instruidos para ver lo que la «modernidad» quiere ver: su propia imagen’, en este tipo de políticas no hay ningún tipo de discriminación, eso seguro.

Pero cuidado que aquellos que se revelan contra la propuesta de lo originario quieran agarrarse de lo que acabamos de decir. Lo originario es una realidad que sebe ser desenterrada en cada uno de nosotros. Aquellos que optan por seguir con los preceptos de este sistema perverso, aquellos que se han valido de la desgracia ajena para construir su riqueza, porque más que eso no han edificado, que no se atrevan a criticar a los que quieren un cambio verdadero, y menos desde posturas caducas, desde leyes y normas viciadas. Mas bien, que aporten con verdaderos cambios, criticando tales leyes, sin miedo a perder tanta opulencia, eso no es lo que vale, tantos vivimos con tan poco y no es tan grave, pero tantos no tienen nada de condiciones, y eso no es aceptable. Ahora quieren que su voz sea escuchada, cuando ellos jamás escucharon y, lastimosamente, esa voz cargada de malas rachas inherentes a sus riquezas, se constituyen en el pilar de la supervivencia de los principios filosóficos
  que se han visto atacados por los movimientos de cambio, los que, no perdamos de vista, incluyen en ellos mismos su fin, sino asumen en conjunto con todos nosotros, fuertes autocríticas a nivel general, tanto social, político, económico, cultural, filosófico y también familiar y personal.

Por la misma razón, creemos que seguir hablando de los indígenas como agentes externos a nosotros mismos es un error muy típico de la filosofía de separación; mientras no asumamos que los problemas y las soluciones son de todos y cada uno de nosotros, entonces estaremos reproduciendo, más fácilmente, los patrones de colonización contra los cuales queremos pelear. Es decir, debemos deconstruir y reconstruir las concepciones de «interculturalidad», de modo que podamos escapar del determinismo externo a la que las mismas están sujetas. Para esto es una exigencia hablar y sentir la intra-interculturalidad (11), de modo que nos «relacionemos» entre unos y otros, no solamente mediante los intercambios externos, sino también al interior de cada uno en tanto somos el otro, los otros, y nos relacionamos con el/ellos en nuestro interior.

Según Miguel Alberto Bartolomé, el diálogo intercultural atañe a la articulación de diferentes definiciones de lo político, pero se olvida que este diálogo, que no es solamente intercultural, sino también intracultural,  incumbe a la combinación-intracombinación de dos filosofías de Ley y Constitución, las que se dan entre personas, pero también, al interior de cada uno de nosotros.

Aunque Bartolomé es muy visionario. Siguiendo a Guillermo Bonfil (1991) alude al hecho de que los pueblos indios son asumidos como portadores del derecho de recibir y consumir cultura, obviamente la hegemónica, a través de las escuelas, pero no se les reconoce con la capacidad de producir cultura, a no ser las manifestaciones folklóricas  y las artesanías codiciadas por el turismo. Pero continúa asumiendo a lo indígena como una realidad separada de él, como algo externo a su vida, como una propuesta de vida que no debe seguir, necesariamente. Aunque para el mismo autor, «las configuraciones autonómicas serían para la creación y reproducción y construcción de diferentes perspectivas culturales, con las que podría articularse el conjunto de la sociedad, ayudando incluso a redefinir sus propios proyectos colectivos», creemos nosotros, que le falta incluir también perspectivas filosóficas y proyectos individuales que en combinación e intracombinación con los colectivos nos permit
 an sentirnos en diferencia-semejanza.

En este sentido, al autor asume que nos encontramos ante una nueva instancia de construcción civilizatoria, en la cual las formas culturales contemporáneas que reflejan las experiencias civilizatorias nativas, se articulen en forma igualitaria con la tradición cultural hegemónica. Como siempre, la importancia de la tradición cultural NO hegemónica, no es concebida como una posible propuesta de vida, más allá de la Hegemónica. Lo que queremos decir es que mientras pretendamos que una propuesta de cambio es articular lo nativo, o como se quiera llamar, a lo dominante, entonces seguimos reproduciendo nuestra mentalidad colonizada y colonizadora. Nosotros creemos que hay que apostar por reconstruir la tradición cultural no hegemónica, pero no solamente desde los originarios o indígenas, sino desde cada uno de los seres humanos que sintamos la exigencia de hacerlo. Con esta apuesta tejeríamos, poco a poco, la posibilidad de complementar (no articular, es una palabra muy sugestiva)
  lo Hegemónico y lo No Hegemónico, no en igualdad, porque no son iguales, sino en su diferencia-semejanza, sin pensar articular o incluir ninguno de ellos en ninguno de los otros, ya que, evidentemente, el que es incluido, es el que se encuentra en desventaja.

Se supone que la etapa en la que el Estado era el «tutor» de los pueblos indígenas ha sido superada desde el convenio 169 aproximadamente, pero en realidad continuamos con otro tipo de paternalismo que continúa asumiendo la invalidez de dichos pueblos, ¡pero no solo de ellos, sino también de todos los seres humanos, en tanto tenemos todos la potencialidad de vivir desde otros paradigmas! Como mencionamos, se plantea considerar algunos elementos culturales y jurídicos, y de otra índole, pero únicamente como apéndices de la ley fundamental. Es irónico que sigamos proponiendo los ejercicios dicotómicos que caracterizan la relación intercultural entre la civilización dominante y los indígenas, nos referimos a las dicotomías ciencia (dominante)-saber (indígena), universal (dominante)-local (indígena), arte (dominante)-folklore (indígena), medicina (dominante)-etnomedicina (indígena), historia (dominante)-etnohistoria (indígena), etc., a las cuales se le está adicionando un par más
 , que está circulando hace bastante tiempo: Ley  Fundamental(dominante)-usos y costumbres «no Fundamentales» sino, derivados, apéndices, etc., (indígena). Dejemos de reproducir los mismos esquemas, atrevámonos a proponer cambios de raíz para todos.

Hay varias propuestas sobre autonomía, las cuales aportan con elementos fundamentales a considerar, pero ninguna reflexiona sobre este tema, que nosotros consideramos la primera piedra para construir una propuesta de autonomía sólida: la base filosófica que va a guiar estas propuestas, así como a la Asamblea Constituyente en general. Muchos consideran que esta cuestión es utópica, que no va directo al grano, o que es muy difícil que sea aceptada por la Comunidad Internacional, porque implica deconstruir todo, incluso los derechos humanos y todo lo que ellos implican. Pero, si no partimos por esta primera crítica, entonces cualquier cambio será de forma, la esencia antagónica y dialéctica que condesciende la dicotomía dominante-dominado, no cambiará. Se podrán mejorar algunas cosas, como por ejemplo que más gente tenga «mejores condiciones de vida», es decir, más bienes materiales, salud, educación, etc., pero muchas (aunque sean menos) seguirán siendo las desposeídas, y siemp
 re existirá la desigualdad entre unas y otras. Por otro lado, aunque se «mejoren las condiciones de vida», al modo como las definimos desde occidente, entonces no estaremos tan contentos, porque el ser humano mutilado, configurado para vivir creyendo que sabiendo leer y escribir, teniendo casa (con baño) y auto, dándose vacaciones de vez en cuando, es decir, con la posibilidad de consumir aquellas cosas que cada vez nos enferman más y nos vuelven seres separados de la realidad y definidos únicamente mediante una u otra cosa, pero nunca por la totalidad de la realidad.

Si plateamos autonomías que reproduzcan los valores principales de este sistema, entonces no ganaremos muchos respecto a la actualidad. Por ejemplo, Miguel Carbonell, nos da a conocer que varias Constituciones de América Latina han dado a los pueblos indígenas autonomía para aplicar sus propio sistema jurídico (y no está de más mencionar que el mismo autor le denomina sub-sistema jurídico), normalmente integrado por ‘usos y costumbres’ (otros conceptos, que en realidad son como uno, sobre los que tenemos varios reparos), siempre y cuando no sobrepasen el respeto a los derechos fundamentales. El autor  se cuestiona hasta qué punto se debe entender tal respeto, ya que si este debe ser amplio y total, entonces la posibilidad de actuación de los ‘usos y costumbres’ serían muy limitadas (12).

Creemos que Bolivia debe asumir un cambio radical y debe propugnar cambios dentro del Derecho Internacional mismo ya que, como hemos visto, rige la mayoría de las prácticas que se dan en el mundo entero. La ingerencia ideológica que viene desde el Derecho Internacional, debe ser cuestionada para no caer en abismos cargados de propuestas sin contenido más que el de solventar la sobrevivencia de este sistema.

(1)Bartolomé Clavero. «Derecho indígena y cultura constitucional en América». Siglo Veintiuno editores. 1994. México.
 
(2)Miguel Alberto Bartolomé. «Procesos civilizatorios, pluralismo cultural y autonomías étnicas en América latina».
 
(3)Idón Moisés Chivi Vargas. «Asamblea Constituyente y autonomías departamentales: elementos para el debate». En: http://www.bolpress.com/general.php?Cod=2006040609 21 de noviembre.
  (4)Ibid.
 
(5)Definiciones recogidas por Idón Moisés Chivi Vargas. «Asamblea Constituyente y autonomías departamentales: elementos para el debate». En: http://www.bolpress.com/general.php?Cod=2006040609 21 de noviembre.
 
(6)Miguel Alberto Bartolomé propone la argumentación intercultural que ha sido caracterizada por Cadozo de Oliveira, para pensar las autonomías indígenas, en «Procesos civilizatorios, pluralismo cultural y autonomías étnicas en América latina».
 
(7)Aunque el tema demográfico es frágil, Sarela Paz, en «Propuesta base para pensar las autonomías originarias en Bolivia» (CENDA, Cochabamba, 2005), sugiere que el tema demográfico para pensar las autonomías no es el principal, sino más bien, lo son las relaciones orgánicas: sindicato campesino, centrales y subcentrales campesinas originarias, autoridades originarias, caciques, corregidores, centrales indígenas, capitanías, consejos indígenas, etc.

(8)Juan Houghton, «Los territorios indígenas colombianos: Teorías y Prácticas». Febrero, 2005, Bogotá.

(9) Ibid.
 
(10)Rafael Bautista S. «¿Es la  modernidad todavía una alternativa para la nueva Constitución Boliviana?». En  http://www.bolpress.com/opinion.php?Cod=2006112128 22 de noviembre.
 
(11)Ver: GONZÁLES, Tatiana/ILLESCAS, José, Sobre algunas nociones fundamentales del sentimiento y
del pensamiento en el mundo originario de ABYA YALA. Ediciones Tukuy Rich´arina, Cochabamba-Bolivia. 1992. Ver también: Maya Rivera, Thunhupha: una fuente del sentimiento de unidad de la comunidad de Tahua, Tesis de licenciatura en Antropología, Universidad Católica Boliviana «San Pablo», Cochabamba-Bolivia, 2006.
Ver también Gonzáles Illescas, Acerca de la educación en el
mundo originario preinca en el territorio donde se formaría el Tahuantinsuyo y el Qollasuyo, 1ra Ed.,
CEDIB, Cochabamba-Bolivia, 2002.
Ver: Mazorco, Educación y Saber Andino. Una mirada a la Educación Superior desde el Sentimiento de
Unidad. PROMEC, Cochabamba-Bolivia, 2003.
 
(12)Miguel Carbonel. «La constitucionalización de los derechos indígenas en América Latina: Una aproximación teórica». Boletín Mexicano de Derecho Comparado, nueva serie, año XXXVI, núm 108, septiembre-diciembre de 2003, pp. 839-961.