El 8 de agosto de 2011, el presidente Evo Morales Ayma promulgó la Ley Nro. 164, «Ley General de Telecomunicaciones, Tecnologías de Información y Comunicación», en el marco de la Nueva Constitución Política del Estado de 2008, que pone especial énfasis en la descolonización del Estado. En el artículo 77 de esta ley, se estipula […]
El 8 de agosto de 2011, el presidente Evo Morales Ayma promulgó la Ley Nro. 164, «Ley General de Telecomunicaciones, Tecnologías de Información y Comunicación», en el marco de la Nueva Constitución Política del Estado de 2008, que pone especial énfasis en la descolonización del Estado. En el artículo 77 de esta ley, se estipula la priorización del uso de tecnologías libres, incentivando el conocimiento y el involucramiento en su creación o mejora con el fin de poder compartir legal y éticamente estas tecnologías, sin depender de empresas que las controlen o impongan sus condiciones.
En la misma ley también se establece el uso de estándares abiertos, que garanticen la comunicación virtual entre los ciudadanos y el gobierno, y el mismo gobierno de forma interna; no dependiente de formatos cerrados, es decir de aquellos formatos que exigen el uso de determinada tecnología para poder acceder a la información. Estos dos temas son los que generan la estructura de la soberanía tecnológica y de la seguridad del Estado, temas centrales dentro del actual contexto político de cambio. En este marco, desde la promulgación de esta ley se viene trabajando en la elaboración del correspondiente reglamento específico de las TIC.
Gracias a la invitación de la senadora Nélida Sifuentes, la comunidad de Software Libre Bolivia, al igual que otros colectivos, organizaciones sociales, ministerios e instituciones han participado en varias reuniones de socialización del reglamento. Estos espacios han sido importantes para poder debatir distintos aspectos del reglamento y generarlo de manera participativa.
Es en este contexto que el viernes 4 de octubre se realizó la última reunión de socialización. Los resultados más destacados del proceso debate y socialización del reglamento se sintetizan en los siguientes puntos:
- La elaboración del Plan de Implementación de Software Libre y Estándares Abiertos, delegado al Ministerio de Planificación del Desarrollo en coordinación con el Ministerio de Obras Públicas, el Ministerio de Educación y la Agencia para el Desarrollo de la Sociedad de la Información, debe estar listo en el plazo de un año a partir de la aprobación del reglamento de ley.
- El trabajo en vías de soberanía tecnológica, entendida como la capacidad del Estado de tener posesión y control de la tecnología que este utiliza, basado en el acceso al conocimiento sobre cómo fue desarrollada esta tecnología. Esto permitirá auditar, mejorar, desarrollar y compartir tecnología sin el control de una empresa o país.
- La ampliación de la seguridad informática, que da potestad al Estado de conocer, auditar o modificar las aplicaciones utilizadas por éste, sin la intervención de terceros y tener la capacidad de tener el control total de las mismas.
Estos pilares delinean el reglamento y marcan las líneas a seguir para el uso de tecnología libre dentro del Estado. La puesta en marcha del reglamento, en el marco de la soberanía tecnológica y la seguridad informática está estrechamente ligada a la utilización software libre, debido a que un programa de software libre permite a los usuarios cuatro libertades esenciales:
- La libertad de ejecutar el programa para cualquier propósito (libertad 0).
- La libertad de estudiar cómo funciona el programa, y cambiarlo para que responda a necesidades específicas de los usuarios(libertad 1). El acceso al código fuente es una condición necesaria para ello.
- La libertad de redistribuir copias con el fin de ayudar a la comunidad (libertad 2).
- La libertad de distribuir copias de las versiones modificadas a terceros (libertad 3). Esto permite ofrecer a la comunidad la oportunidad de beneficiarse de las modificaciones. El acceso al código fuente es una condición necesaria para ello.
Es por esto que el Estado boliviano empezará una migración y actualización a software libre. Estas bases permitirán al Estado boliviano tener acceso a las formas de desarrollo de tecnología, modificar y adecuar ésta al contexto nacional y, a partir de esto, convertir a Bolivia en un generador de tecnología dentro de la región y el mundo. Este proceso no es aislado, otros países están adoptando las mismas políticas en la línea de soberanía tecnológica.
Esta situación abre espacios de colaboración entre países, pudiendo todos aportar y compartir experiencias y conocimientos en beneficio de todos.
Comisión de Prensa, Comunidad de Software Libre – Bolivia www.softwarelibre.org.bo