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Cumbre de la OTAN en Lisboa

Defenderse de los ataques cibernéticos

Fuentes: Peace Reporter

Traducción Susana Merino

En la próxima cumbre de la OTAN en Lisboa se propondrá equiparar los ataques cibernéticos con los armados. Los países miembros está dispuestos a enmendar el artículo 5 del Tratado

«El ciberespacio se ha convertido en un nuevo campo de batalla y ha adquirido importancia similar a la que tienen la tierra, el mar y el aire» En la OTAN , estas palabras pronunciadas en setiembre por Carroll Pollet, teniente del ejército usamericano y Director de la oficina de Sistemas de información de la Defensa, parecen haber merecido alta consideración. Entre los puntos del nuevo concepto estratégico que los países miembros de la Organización del Tratado del Atlántico Norte debatirán el viernes próximo en la 24ª Cumbre de la OTAN en Lisboa, estará también el de la cyber defensa.

La inserción del tema podría no limitarse a una disertación teórica visto y considerando que son muchas, tanto dentro como fuera, las organizaciones intergubernamentales de defensa que solicitan que los ataques informáticos sean considerados del mismo modo que los ataques armados. Y los ataques armados contra una o más partes de la Organización, tanto en Europa como en América septentrional, son considerados de acuerdo con el artículo 5 del Tratado » un ataque a todas» de modo que » si dicho ataque – precisa el artículo – ocurriese, cada una de ellas en ejercicio del derecho de legítima defensa individual o colectiva, como lo reconoce el artículo51 del Estatuto de las Naciones Unidas, prestará asistencia a la parte o las partes atacadas emprendiendo inmediatamente (…) las acciones que considere necesarias, incluido el empleo de la fuerza armada.»

El concepto está claro: si atacan a uno de los miembros, los demás acudirán a su defensa. Para fortalecer la columna de la «seguridad colectiva» ampliándola a los ataques cibernéticos los países miembros deberán decidir enmendar el artículo 5 del Tratado.

No obstante ser claro, dicho artículo no explica qué es lo que deberá considerarse ataque armado, dejándoles a los Estados la discrecionalidad de decidir cada vez cuales serán las ofensivas así consideradas. Desde el año de su redacción en 1949, el artículo 5 del Tratado del Atlántico Norte, solo se ha recurrido a él en una sola oportunidad; luego de los ataques al World Trade Center, el 11 de setiembre de 2001. Lo que el artículo 5 no prevé, porque hace sesenta años era imprevisible, son los ataques no armados, y específicamente los cibernéticos. Actualmente las amenazas más concretas estarían relacionadas con los EEUU, que, desde luego están en la primera fila del grupo de países favorables a la ampliación del artículo 5.

En setiembre, el gobierno de Washington disolvió el equipo operativo de la red global del Departamento de Defensa y lo integró al Nuevo Cybercomando gubernamental (Cybercom). Existe la necesidad de prevenir ataques como el, nunca confirmado, que Rusia lanzó contra Estonia el 18 de mayo de 2007 y que creó el caos en las oficinas del gobierno, en los bancos y en los medios informativos. Más recientemente, el 23 de setiembre pasado. Stuxnet, un malware (software maligno) penetró en los sistemas informáticos iraníes haciéndoles temer un ataque cibernético por parte de alguna potencia enemiga.

http://it.peacereporter.net/articolo/25343/Nato%3A+attacchi+armati+e+cibernetici