Ya hace mucho venimos afirmando que el 4 de mayo no es un referéndum por la autonomía, el de autonomía fue el 2 de julio del 2006 y ganó el SI. También aclaramos el 4 de mayo es una consulta sobre el Estatuto Autonómico el mismo que desde el análisis del derecho liberal está alejada […]
Ya hace mucho venimos afirmando que el 4 de mayo no es un referéndum por la autonomía, el de autonomía fue el 2 de julio del 2006 y ganó el SI. También aclaramos el 4 de mayo es una consulta sobre el Estatuto Autonómico el mismo que desde el análisis del derecho liberal está alejada de todo principio de democracia y de inclusión, que además tiene indicios de inconstitucionalidad.
A lo anterior agregamos que desde el proceso entendido con la consigna «Ya somos autónomos» se viene desarrollando la concentración del poder en una estructura corporativa extremadamente centralista, dirigida a consolidar una gran instancia de decisiones corporativas que efectivice y materialice las necesidades de grupos de poder. Se trata primeramente de crear una máscara institucional que responda a los fines de toda la Estructura Corporativa de las direcciones de cooperativas cruceñas, de las fraternidades, federaciones empresariales, colegios de profesionales y otras.
El nacimiento de esta máscara institucional se inicia en el Consejo Departamental que sin duda, no son los más confiables para los grupos de poder, pero son la vía más cercana para sustentar una construida legitimidad democrática desde la movilización de sectores de la clase media y sectores profesionales.
El Estatuto Autonómico y la consigna «Ya somos Autónomos» es el proyecto corporativo de los grupos de poder asentados en Santa Cruz y ramificados en otros departamentos y el Consejo Departamental su herramienta institucional mas importante coyunturalmente.
El Rol del Consejo departamental en el proyecto corporativo.
Al revisar los artículos transitorios del Estatuto Autonómico concluimos que de existir una mayoría de SI en el referéndum lo que se estará haciendo es convertir a 23 consejeros departamentales en Legisladores Departamentales, y al prefecto en Gobernador; en otras palabras se estaría eligiendo a Legisladores Departamentales y un Gobernador.
Que manera extremadamente rara y sui géneris de elegir a los que gobernarán transitoriamente el departamento de Santa Cruz, pero así se manejan las corporaciones.
Cuando quisimos ver a quienes se irían a elegir como «Legisladores Departamentales», es decir quienes eran los consejeros departamentales, nos encontramos con que ellos ya están asumiendo sus competencias, es decir que mediante una resolución se autodenominaron Legisladores Departamentales y vienen desarrollando las funciones que le «confiere el Estatuto Autonómico Departamental»
El funcionamiento corporativo del Consejo departamental es ya un golpe consumado a la institucionalidad y aun muchos cruceños ni siquiera lo intuyen. Hábilmente sus promotores e ideólogos para no recibir reproches y críticas fundadas de la población, quieren seguir engañando ofertando de manera abierta la autonomía departamental, pero por abajo s vienen promoviendo el reconocimiento de autoridades departamentales sin someterlas al voto universal y directo. Es la legitimación de un ente corporativo ajeno a toda norma específica de la legislación boliviana.
El engaño está escrito en la resolución del Consejo departamental Nº 011/2008, www.santacruz.gov.bo/files/Consejo/res%202008/res_n011-08_referendum.pdf
Es desde esta resolución que el Consejo Departamental asume las competencias de una Asamblea Legislativa Departamental respaldado por los artículos del Estatuto autonómico, donde se atribuyen la potestad para regular cualquier referéndum departamental, aprobar la realización del referéndum, poner en vigencia y administrarlo totalmente(R: 011/2008. Párrafos, 6 – 9).
Es claro que para el Consejo Departamental los Estatutos Autonómicos están en vigencia desde el 15 de diciembre del 2007, y que el referéndum del 4 de mayo es un referéndum para formalizar esta determinación inconsulta.
A la espera del pronunciamiento del Tribunal Constitucional
Al leer la Resolución del Consejo departamental Nº 011/2008 encontramos que en el artículo tercero: «…la convocatoria deberá ser enviada al Tribunal Constitucional de Bolivia, para que, de acuerdo al artículo 9 de la ley marco del referéndum, este pueda pronunciarse sobre la constitucionalidad de la pregunta» Pues, a sabiendas que el Tribunal Constitucional esta sin su miembros elegidos, y lógicamente no daría respuesta en los próximos tres meses después del 30 de enero del 2008, el Consejo Departamental se muestra benevolente y dan 10 día a cambio de los 8 días que determina la ley del referéndum. En esas circunstancias la campaña y el proceso por el referéndum arrancan. A esta fecha se continúa sin Tribunal Constitucional y sin su pronunciamiento sobre el referéndum. Este es el argumento mas fuerte para no aceptar ningún diálogo, pero otro es el fin de no hacerlo antes del 4 de mayo.
Cerrar la posibilidad del diálogo para abrir una ronda de negocios
El 4 de mayo la población cruceña habrá aceptado, sin saberlo o intuido al menos, que 23 consejeros departamentales sigan asumiendo competencias de una Asamblea Legislativa Departamental ficticia e inexistente en el marco jurídico nacional. Esta asamblea ficticia de ser fiel a lo que le confiere el Estatuto Autonómico debe someterse a acciones que efectivicen la transferencia de competencias acompañada de los recursos económicos y financieros establecidos en el Presupuesto General de la Nación vigente, trabajar sobre la transferencia de los inmuebles y demás bienes públicos de propiedad del estado nacional a título gratuito al departamento Autónomo de Santa Cruz. Y además debe demandar el proceso de transferencia de las competencias anteriormente señaladas desde la creación de una comisión paritaria integrada por funcionarios del Estado Nacional y del Departamento Autónomo de Santa Cruz. (Primera disposición transitoria de los estatutos Autonómicos: I, II, III)
Por lo que podemos ya ver y analizar, esta será la opción y la condición para que el prefecto y los cívicos abran el «Diálogo». El diálogo no lo abrirán ahora, es decir antes del referéndum ya que les falta la jugada magistral para poner sus condiciones y escudarse en el mandato del soberano.
El diálogo ya no será tal, pero si una ronda de negociación que la propondrán después del 4 de mayo, pero no para pacificar el país, sino para negociar la transferencia de competencias, bienes públicos y recursos.
En definitiva, estamos viviendo una nueva arremetida de la estructura del poder cruceño, dispuesta a imponer sus reglas y reconstruir un nuevo orden jurídico acorde fines propios y alejados de las grandes mayorías y de las naciones indígenas originarias campesinas.
Visto así, el referéndum desde el Si es el preámbulo para negociar de «Gobierno a Gobierno», de Gobierno Nacional a Gobierno Departamental en igualdad de condiciones y de manera paritaria. Esto es en definitiva poner un candado al diálogo y abrir una ronda de negocios.