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La minería industrial en territorios bioculturales de los pueblos indígenas

El despojo de los indígenas de sus territorios en el siglo XXI

Fuentes: Rebelión

Amenazas, integridad territorial y cultural a los pueblos indígenas por parte de los nuevos proyectos mineros masivos de la mineria metalica industrial tóxica, principalmente a cielo abierto   La minería contemporánea ha entrado a una nueva fase, migrando de la explotación de filos de los minerales principalmente metálicos, a la remoción masiva de materiales pétreos […]

Amenazas, integridad territorial y cultural a los pueblos indígenas por parte de los nuevos proyectos mineros masivos de la mineria metalica industrial tóxica, principalmente a cielo abierto

 

La minería contemporánea ha entrado a una nueva fase, migrando de la explotación de filos de los minerales principalmente metálicos, a la remoción masiva de materiales pétreos mismos que en ciertos estratos contienen metales de muy baja ley (para el oro el promedio sería un gramo por tonelada de material removido). Para este proceso industrial se utilizan maquinarias de gran tamaño y procesos masivos de lixiviación principalmente con cianuro de sodio prohibido en varios países de Europa. Se trata principalmente de una explotación masiva a cielo abierto que requiere una exploración en grandes porciones de territorios, apertura de caminos y cientos de sitios que se barrenan para la extracción de núcleos que se analizan para ubicar exactamente los estratos en que se encuentran los últimos reductos de polvos minerales de interés comercial:

He aquí las amenazas

1. El artículo 6 de la ley minera impuesta por el Banco Mundial, y los regímenes de Salinas y los panistas Fox y Calderón, señalan que la explotación del subsuelo, es de «interés público prioritario», y que este interés prima sobre otros intereses públicos y privados no mineros. Este interés público prioritario se transfiere a intereses privados mediante un sistema de concesiones que el estado otorga a los grandes consorcios nacionales e internacionales frecuentemente de 100% de capital extranjero. Dominan los consorcios con sede en Canadá, sin embargo, los intereses chinos están repuntando en nuestros países. Estos esquemas son impuestos desde la firma de los tratados de libre comercio en toda America Latina.

2. Casi nunca los nombres de las grandes compañías extranjeras aparecen en las concesiones aunque las mismas reportan en sus boletines mensuales para sus inversionistas en internet que son dueños (ni siquiera posesionarios) de la totalidad del territorio que abarca la concesión. No todo el territorio de una concesión es removido para extraer el mineral, sin embargo, en esta primera fase de exploración pueden pasar sobre siembras, desmontar, abrir caminos depositar materiales, contaminar ríos y sobre todo acaparar los terrenos de los posecionarios de la superficie de las áreas de interés minero y apropiarse prioritariamente las diversas fuentes de agua cercanas o lejanas aún de las que sirven para abastecer pueblos y ciudades. En esta fase entre el otorgamiento de la concesión y la explotación, compañías especializadas investigan con precisión las porciones del territorio concesionado que van a explotar. Si los dueños de los terrenos se niegan a vender o rentar, se ha recurrido al asesinato y la empresa puede solicitar al estado la expropiación del mismo. En México han sido concesionadas alrededor de 31 millones de hectáreas del país de más de 200 millones de ha concesionables según el Servicio Minero Nacional. Estas concesiones incluyen porciones del subsuelo del mar. (Véase mapa de las concesiones). Ya en la fase de explotación el mineral sale del país en forma impura (ore) o purificado sin ninguna regalía a los municipios, estados o la federación. Nominalmente la minera tendría que pagar 1% del mineral exportado, pero El pueblo de México no tiene ningún beneficio de e ste proceso industrial de alto riesgo.

3. Las concesiones mineras que el estado otorga a las compañías, son patente de corso para acceder a los territorios en cualquier lugar del país incluyendo la parte urbana de pueblos y ciudades, territorios de los pueblos indígenas, áreas naturales protegidas, costas de propiedad federal o bien porciones del subsuelo del mar. Las concesiones también son otorgadas como zonas de exclusión para que otras compañías mineras, no le disputen los mismos territorios. Con las concesiones las compañías mineras tienen en sus manos además, de manera directa o indirecta, la administración de las políticas «de desarrollo» regionales, en muy largo plazo. Es imposible la devolución territorial a los dueños actuales de la superficie terrestre puesto que las concesiones se otorgan a 50 años prorrogables por otros 50 más.

4. Para que el capital transnacional pueda entrar masivamente a los países con minerales, los tratados de libre comercio han promovido la promulgación de leyes que permiten la inversión y propiedad del 100% del capital transnacional y la apropiación tanto territorial como todo el producto, con regalías ridículas (en México el 1%, en Chile el 10%) sin impuestos específicos a la actividad. Lo poco que pagan es una mínima suma de dinero por hectárea concesionada. Como contraparte del proceso de apropiación tenemos la «desposesión » en el sentido físico, social y cultural de los dueños de la superficie en las áreas de concesiones que en general son pertenecientes a comunidades campesinas e indígenas.

5. Se trata de procesos industriales intensivos en capital, con tecnologías de alto riesgo por su potencial destructivo de los ecosistemas y la afectación grave de poblaciones humanas locales y regionales. Una vez que se retiran las compañías dejan cicatrices ambientales, sociales y económicas irreversibles con poca posibilidad de resiliencia a corto y mediano plazo. Para ilustrar con un ejemplo recientemente estudiado con la información de la propia minera de tamaño mediano (Caballo Blanco en el estado de Veracruz), se remueve desde la exploración -bajo la mirada impávida de la SEMARNAT,- la vegetación natural afectando así en la complejidad de los ecosistemas todavía vigentes. En la fase de explotación la empresa pretendería excavar a 400 metros de profundidad un tajo con un diámetro de 1000 por 400 metros, y transportar 119 millones de toneladas de material de las cuales 35 millones tendrían los minerales codiciados y el resto se depositan en las llamadas tepetateras. El oro presente tendría una ley promedio de 0.7gr. por tonelada. Para los procesos de lixiviación se utilizarían 3 mil metros cúbicos diarios de agua durante 10 años, 2 millones de litros de diesel mensuales durante siete años (no solo para combustible, sino como sustancia que intensifica las explosiones), 35 mil toneladas de explosivos, 6 a 7. 5 mil toneladas de cianuro de sodio, 300mil litros de ácido clorhídrico etcétera). De las cicatrices ambientales más visibles se encuentroría un cráter de 40 hectáreas de diámetro con una profundidad variable hasta de 500 metros mismo que sería muy costoso para las mineras rellenar y controlar los posibles drenajes ácidos que se irían a los mantos freáticos por cientos de años. Las «tepetateras» y/o los «jales» en donde se deposita el material «inerte» ya sin minerales útiles, son igualmente parte de las cicatrices ambientales, que, cuando hay compuestos azufrados, generan por cientos de años drenajes ácidos y migración de arsénico y metales pesados, que van hacia las corrientes de agua, subsuelo, lagunas o mar. La compañía citada pretende obtener 600 000 onzas de oro comprobadas y 400 000 onzas potenciales, más la plata asociada, lo que les reportaría en los 7 años de vida de ese tajo, un ingreso de 1900 millones de dólares según el precio de mercado de la onza de oro a finales del 2012, con una inversión de 300 a 400 millones dólares. El volumen del oro recogido sería menos de un metros cúbico. Recapitulando: se reduce un cerro que contiene 119 millones de toneladas a un metro cúbico de oro.

6. El retorno del capital invertido es expedito. En total esta empresa pretende abrir seis tajos que tramposamente no explicita en su Manifiesto de impacto ambiental- R. del 2012. Se trata de una región de altos valores ambientales y diversidad biológica con cicadas que tienen más de 3000 años de edad (1000 más que el arbol del tule de Oaxaca) y bosques relictuales de encinos tropicales cuya adaptación al trópico data desde el pleistoceno. Esta vegetación que observamos insitu, convivió con los habitantes prehispanicos del lugar de los cuales tenemos tiestos arqueológicos de grupos olmecas y totonacos, por lo que de hacerse el desarrollo minero se destruye parte de nuestro patirimonio (bio) cultural. La gran biodiversidad que se encuentra en esta zona en menos de 8000 has es considerada por biologos como una reserva genética para la resiliencia en un estado que ya ha destruído en nombre del desarrollo el 95% de su cubierta de bosques y selvas.

7. Para legitimar un proceso industrial de alto riesgo, y para obtener los permisos de la Secretaría de Medio Ambiente las compañías y sus asesores incluyendo exsecretarios de medio ambiente, desarrollan el discurso de desarrollo sustentable. Su principal argumento legitimador es que generan empleos para la población local (en el caso arriba mencionado de los 300 empleos temporales directos, 150 serían trabajadores traídos de otro lado que operan grandes maquinarias y otras actividades especializadas) y, que son ambientalmente inocuos. Para realizar las obras de infraestructura se requieren temporalmente 1000 empleos mismos que como en otras obras masivas no son absorbidos a mediano y largo plazo por ningún proceso dinamizador de la economía.

8. Es indudable que los procesos industriales de esta envergadura, trastocan el medio ambiente, (destruyen la complejidad de los ecosistemas, contribuyen fuertemente al cambio climático y la degradación de la diversidad biológica). Utilizan masivamente el recurso agua del que tienen acceso prioritario frente al de consumo humano (la ley minera viola el precepto constitucional de acceso al agua como un derecho humano prioritario). Para los pueblos indígenas y comunidades campesinas significa el desplazamiento, despojo no solo de manera espacial de sus recursos naturales esenciales para la vida como es el agua, diversidad biológica y agro diversidad. También significa que ya no hay bienes comunes que administrar, relaciones sociales comunitarias que establecer, naturaleza que manejar, conocimientos milenarios que recrear, milpa que sembrar y recursos fito genéticos que domesticar, en resumen se trata de la muerte cultural generada en un choque frontal entre un proyecto industrial de la cultura de la muerte que desplaza el proyecto implícito regional indígena y campesino sobre un territorio determinado. Por ejemplo los valles centrales de Oaxaca en especial las laderas principalmente ubicadas en tierras de las comunidades zapotecas, ya están concesionadas, y si entraran en la fase de explotación las compañías mineras provocarían un desastre ambiental y humano en un territorio de alta densidad cultural – histórico – paisajístico.

9. Adicionalmente nuevos fenómenos industriales se asocian a la minería de esta envergadura. En nombre de la sustentabilidad hay compañías mineras que le disputan a la población local e indígena más territorios para construir hidroeléctricas que alimentarían a su sistema minero con electricidad «sustentable». El interés minero sobre vastos territorios en México se encuentra principalmente en las sierras, en especial (no exclusivamente) en la gran cadena montañosa de la Sierra Madre Occidental. En general se encuentran en las cabezas de cuenca, o en laderas, dominantemente en zonas áridas, semiáridas o subhúmedas, con altos valores en biodiversidad y captación de la poca o mucha agua que van a conformar mantos acuíferos cuenca abajo.

10. Hay que aclarar que se trata de concesiones que abarcan todo tipo de minería y se dan en general a 50 años prorrogables. Entre los años 2000 – 2012 se concesionaron en los territorios indígenas alrededor de 2 173 141 has principalmente para la minería metálica como lo muestra la siguiente tabla de las 28 millones de hectáreas identificadas (Boege 2010 El Patrimonio biocultural de los pueblos indígenas de México. Hacia la conservación insitu de la biodiverisdad y agrodiversidad en los territorios indígenas, INAH, CDI, SEMARNAT. México) como el núcleo duro de los territorios indígenas. Es decir, en los últimos 100 años los indígenas habían perdido la jurisdicción del 17 % de su territorio tan sólo por concesiones mineras frecuentemente sin que las comunidades se hayan enterado. Según las cifras que analizamos en la tabla 2 más abajo la mayoría de las concesiones en territorios y no indígenas fueron otorgados por los dos últimos gobiernos panistas al amparo de una ley minera neoliberal de corte salinista. Hay que aclarar que la siguiente tabla jerarquiza solamente el mineral principal reportado por las empresas que generalmente es el oro. Frecuentemente, ocultan los minerales en asociación, algunos de muy alto interés industrial (tungsteno, cobre, molibdeno, etcétera).

Tabla 1. Número de concesiones otorgadas en territorios indígenas por los gobiernos panistas.

NUMERO DE CONCESIONES OTORGADAS EN TERRITORIOS INDIGENAS 2000-2012: METALES PRINCIPALES DE LA CONCESIÓN

Oro

2814

Plata

71

Cobre

25

Esta pequeña tabla es muy significativa ya que se trata de concesiones recientes, puesto que actualmente lo más redituable de la minería tóxica a cielo abierto, es el oro.

La totalidad de los 5712 polígonos concesionados en territorios indígenas 625 concesiones han sido canceladas por lo que hay que restarle 232 mil hectáreas a la cifra arriba mencionada. La mayoría de los territorios se encuentran en fase de investigación o exploración (o en búsqueda de inversionistas) mientras 106 833 has ya están en la fase de explotación.

11. Según la ley minera el gobierno tiene la obligación de informar a los propietarios de que pretende concesionar estas porciones de tierras, e indagar si hay interés local para «explotar» lo minerales y obtener ellos la concesión. En el caso de los indígenas la ley dice que en igualdad de condiciones de capacidad de explotación, léase capital y tecnología (con las transnacionales) «sería prioritario» el otorgamiento de la concesión a los indígenas. No hay un solo caso en que se cumple el precepto de la ley de informar previamente a los dueños de los terrenos a concesionar.

12. La mayoría de las concesiones están en la fase de exploración. Es en esta fase en donde las mineras se acercan (con especialistas en movilización social y resolución de conflictos a veces financiados por los «organismos de desarrollo» del gobierno de Canadá), a las autoridades municipales y estatales, reparten dádivas y promesas, como pintar una iglesia, construcción de locales para asamblea ejidal, construir caminos etcétera. Este proceso «de movilización social» es un eufemismo para que las empresas puedan auto declararse como comprometidas con la sociedad local y que se puedan certificar con la etiqueta de «empresas socialmente responsables». Es en esta fase donde los operadores de las mineras provocan las primeras divisiones en la población, ya que hábilmente contratan para trabajos como el acarreo de agua etcétera, a ciertos líderes locales incluyendo a las autoridades municipales. Esto significa que es en este momento que las mineras buscan la «licencia social» para entrar en las regiones y territorios campesino e indígenas. En este proceso es recurrente que compañías polarizan y descomponen el tejido social y enfrentan de múltiples maneras la sociedad y cultura local. En varias zonas de concesión minera se han observado asesinatos de líderes que luchan en contra de su instalación y o operación.

13. En el caso de los pueblos indígenas, las autoridades federales hacen caso omiso de los convenios internacionales y su manual respecto el consentimiento libre e informado (Convenio 169 OIT, Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los Pueblos Indígenas y el Protocolo de la Suprema Corte de la Nación que envía a los juzgadores, respecto a los derechos de los pueblos indígenas) por parte de la población. Cabe mencionar que el169 de la OIT mandata que este consentimiento libre e informado, también incluye el derecho a decir no una intervención pública o privada en sus territorios si estos van contra los intereses y modo de vida de los pueblos. Si este proceso de consulta se atiene al manual que la OIT publicó para las consultas, no debiera ser la autoridad municipal o agraria o del estado en cuestión, quien organice este proceso. Más bien, una autoridad federal de «buena fe» -así dice el Convenio 169 de la OIT- tiene que informar y consultar a toda la población indígena informada sea propietaria de la tierra o no.

14. Es en la fase de la exploración en donde las empresas tienen que presentar su Manifestación de Impacto Ambiental Regional Federal, (MIA-R ) , de riesgo tipo 2 (cuando se usan de «manera controlada» , explosivos, sustancias como el cianuro de sodio por ejempo). En el momento que la empresa ingresa a la SEMARNAT la MIA , la sociedad tiene el derecho a solicitar la consulta pública del documento en 10 días hábiles siguientes y a discreción de la autoridad se puede efectuar una reunión pública informativa en donde la empresa informa a la población y los distintos sectores pueden opinar (como si los pueblos indígenas de las regiones más apartadas consultan cada jueves la internet para ver si alguien está ingresando una MIA en su región, y solicitar en los siguientes 10 días hábiles la consulta pública de un documento altamente especializado. En la reunión pública informativa la población tiene derecho de opinar y proponer mejoras al proyecto. Cabe decir que si la población rechaza el proyecto y no da su «licencia social», su opinión no es vinculante para la autoridad ambiental para otorgar el permiso o no. Por ello, el proceso de consulta y reunión pública informativa no se puede considerar como LA CONSULTA PUBLICA según los preceptos del convenio 169 de la OIT.

Hay que recordar que los territorios indígenas se organizan principalmente alrededor de la propiedad ejidal y comunal y en menor grado a la privada. Una sola concesión (las empresas tienen varias en su propiedad) puede desbaratar un ejido o comunidad o bien acaparar las fuentes de agua o contaminarlas por ejemplo.

PUEBLO INDIGENA: (Nomenclatura del INEGI porque así aparecen en los censos. Véase en Boege 2008 las denominaciones reales de los pueblos indígenas)

TERRITORIOS DE LOS PUEBLOS INDIGENAS HECTÁREAS (Boege 2008)

EXTENSION DE LAS CONCESIONES MINERAS EN TERRITORIOS INDÍGENAS

% DE SU TERRITORIO

Chatino

223077

65667

29.4

Chichimeca Jonaz

4396

615

14.0

Chol

796544

1993

0.3

Chontal de Oaxaca

135933

5 222

3.8

Cochimi

7599

522

6.9

Cora

367047

121028

33.0

Cucapa

153688

62 214

40.5

Guarijio

83014

27 699

33.4

Huasteco (Tenek)

250611

2 805

1.1

Huave

106 879

6 237

5.8

Huichol

832 951

63 285

7.6

Kanjobal

29 918

59

0.2

Kikapoo

7040

4 598

65.3

Kiliwa

27557

23 479

85.2

Mame

35796

2 377

6.6

Maya

7 441968

69 912

0.9

Mayo

321124

33 174

10.3

Mazahua

125482

12 477

9.9

Mazateco

315254

727

0.2

Mixe

681045

7 845

1.2

Mixteco

1 702341

92 538

5.4

Náhuatl del Sur de Veracruz

96293

4759

4.9

Náhuatl GRO, Altiplano, EDOMEX, OAX

665574

45 617

6.9

Náhuatl SLP, SNP, NVER

948680

38 313

4.0

Náhuatl Zongolica – Pico de Orizaba

348988

3151

0.9

Náhuatl de Durango

36582

5578

15.2

Náhuatl de Michoacán

76218

39742

52.1

Otomi

489646

30748

6.3

Paipai

68326

66360

97.1

Pame

104479

3005

2.9

Pima

53767

27349

50.9

Popoluca

103446

39373

38.1

Quiché

32414

279

0.9

Seri

212222

5255

2.5

Tarahumara (Raramuri)

264891

634457

24.0

Tepehuán (Odam)

1182536

272536

23.0

Tlapaneco

294429

74055

25.2

Tzeltal

924774

459

0.0

Tzotzil

774323

7115

0.9

Yaqui

449320

9318

2.1

Zapoteco

1 775199

280272

15.8

Zoque

674455

19255

2.9

 

Mapa 1 concesiones mineras julio 2012

Conclusiones

Del análisis de las tablas 1 y 2 y los datos que se proporcionan sobre las concesiones mineras en territorios indigenas se desprenden varias conclusiones:

1. Las concesiones mineras vigentes que se han otorgado dentro de los territorios de los pueblos indígenas datan desde 1899 (esta fecha puede ser un error de dedo de la Secretaria de Economía). Detectamos en ellos 5712 polígonos, cada uno representa una concesión. De estos polígonos están vigentes un total de 5 087 con 1 940 892 hectáreas mientras que 650 han sido canceladas. Estas cifras nos dan un promedio de 17 % de afectación de los territorios indígenas.

2. Algunas las concesiones abarcan casi la totalidad de los territorios de los pueblos pequeños (kiliwas, kikapoo, cucapas, pimas, guarijios, los nahuas de Michoacán) . Esto es gravísimo porque se trata de la última estocada en contra de su sobrevivencia de estos pueblos indígenas. Hay que aclarar que aún los pueblos con una población importante indígenas, también son «expropiados» del control de su territorio.

3. Los territorios indígenas más golpeados en términos de la extensión de las concesiones son los rarámuris (tarahumaras), zapotecos (principalmente de los valles centrales de Oaxaca), chatinos, mixtecos, coras y tepehuanes. Juntos suman más de un millón de hectáreas en donde los indígenas pierden el control sobre sus territorios y representan la mitad de todas las concesiones en territorios indígenas.

4. Como vimos arriba las compañías mineras compran o rentan terrenos en donde directamente explotan y procesan el mineral; en caso que la población se negara a vender o rentar el estado, y según la ley minera anticonstitucional, tiene el «derecho» a solicitud de las compañías, de expropiar los terrenos en nombre del «interés público».

5. Las concesiones mineras para la explotación del oro dominan sobre las que se refieren a la minería de otros metales o no metálicas. Las metálicas en especial son las que usan cianuro (de sodio) para lixiviar los metales utilizan procedimientos de alto riesgo tanto para la salud humana como para el medio ambiente. En la colonia se utilizaba principalmente el mercurio.

6. La Secretaría de Economía, no incluye en proceso de otorgamiento inicial la consulta si los duelos de los predios están interesados en explotar el mineral ni tampoco la consulta pública para el consentimiento libre e informado en los territorios de los pueblos indígenas según los convenios internacionales y el Protocolo sobre los derechos de los pueblos indígenas que la Suprema Corte de la Nación envia a los juzgadores.

7. Las compañías mineras están incursionando también en la «autoproducción sustentable» de energía eléctrica como lo muestran los proyectos de cuatro represas en la Sierra Norte de Puebla. De la información de las concesiones y de los proyectos de represas, podemos concluir los indígenas nahuas y totonacos perderían alrededor de 30 mil hectáreas o más de sus territorios , sin que medie ninguna consideración de que se trata de territorios indígenas base de su cultura y su proyecto de vida.

8. Lo más paradógico de estos procesos de destrucción en nuestros países , es que entre los minerales de mayor interés está el oro cuyos usos se utilizan en un 52% a la joyería , 16% de reservas de los estados, inversiones privada por las crisis monetarias 18%, 12 % de uso industrial, el resto no está contabilizado. (Sacher W.,L. Vittor y C. Infante. 2010 Cianuro la cara tóxica del oro. Observatorio de los Conflictos Mineros en America Latina, OCMAL. Quito)

9. Ante la sociedad las industrias quieren presentar una cara de sustentabilidad. Los gobiernos festejan las inversiones extranjeras como grandes logros del desarrollo del país siendo que esas inversiones no benefician ni a la economía, natuarleza o sociedad.

Rebelión ha publicado este artículo con el permiso del autor mediante una licencia de Creative Commons, respetando su libertad para publicarlo en otras fuentes.