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Sobre el Proyecto de Ley Nº 157

El INRA autoriza la conversión de pequeña propiedad agraria a mediana o empresarial

Fuentes: Red de Economía Política

El Proyecto de Ley Nº157, propone la conversión de la pequeña propiedad agraria en mediana o empresarial, que aparentemente busca promover la productividad agrícola, facilitar el acceso a créditos y modernizar el sector rural. Se aplica a toda la pequeña propiedad.

Este proyecto de ley fue presentado y aprobado en Diputados el año 2024 con la iniciativa del MAS de Arce Catacora y repuesto por su diputado Jerges Mercado. En ese año, se aprobó la conversión como actualización catastral solicitada de pequeña a mediana propiedad o empresarial, si hubiesen incrementado sus volúmenes de producción y verificado su función económica y social, según reglamento e implementados por el INRA de manera gratuita. Pero en Senadores se congeló el proyecto por muchas observaciones. El actual senador terrateniente Marinkovic, lo volvió a habilitar y fue aprobado con modificaciones, a bien de que sean los Diputados los que cierren esta Ley.

Hoy, la pequeña propiedad agraria en Bolivia goza de una protección histórica y constitucional. La Constitución Política del Estado y la Ley Nº1715 (Ley INRA) reconocen su carácter social, indivisible y no embargable, como una garantía para la subsistencia de las familias campesinas y para la soberanía alimentaria del país. La conversión de esta categoría jurídica implica un cambio fundamental en el régimen de protección de la tierra.

El proyecto de Ley Nº157 tiene como principal peligro, la concentración de la tierra. Quieren incorporar la pequeña propiedad al mercado de tierras, al permitir el blanqueo de tierras de pequeña propiedad que irregularmente fueron adquiridas o poseídas por empresas o grandes productores, las cuales se quieren sanear de manera gratuita con esta conversión de la tierra.

El campesino o pequeño productor en una situación de crisis económica, de eventos climáticos extremos o falta de acceso a mercados, podrían verse obligado a vender sus tierras a agroindustriales o grandes productores con mayor poder económico y al desaparecer el blindaje actual de la pequeña propiedad, los pequeños productores estarían totalmente desprotegidos. Esa sería la pérdida de la protección jurídica que actualmente resguardan a la pequeña propiedad.

Arguyen falsamente que, al convertirse en propiedad mediana o empresarial, la tierra puede ser utilizada como garantía crediticia real. Pero ser objeto también de embargo y una eventual pérdida de su único medio de vida, profundizando procesos de empobrecimiento y descampesinización, siendo beneficiados los bancos. Actualmente la pequeña propiedad deja sus documentos en custodia si es sujeto de crédito, sin que sean embargables.

De otra parte, el cumplimiento de la Función Económico Social (FES) bajo parámetros empresariales puede convertirse en un mecanismo de exclusión para los pequeños productores que no cuentan con el capital, tecnología, créditos ni la infraestructura necesaria para sostener niveles de producción continuos. En estos casos, la presión para cumplir la FES puede derivar en procesos de reversión de tierras o en ventas forzadas, endeudamiento y desapareciendo la función social de la tierra, arriesgando la soberanía alimentaria y el control territorial

LOS BENEFICIARIOS

El principal grupo beneficiado por esta norma está conformado por los agroindustriales y grandes productores, así como el sector inmobiliario. La conversión de pequeñas propiedades al régimen de mediana o empresarial amplía el mercado de tierras, permitiendo que predios anteriormente protegidos ingresen a dinámicas de compra y venta. Esto facilita procesos de concentración de tierras y expansión de la frontera agrícola en favor del capital agroindustrial.

Otro actor claramente beneficiado es el sistema financiero. Al perder su carácter de inembargable, la tierra convertida puede ser utilizada como garantía crediticia. Esto reduce el riesgo para los bancos y entidades financieras, que incorporan nuevos activos hipotecables, mientras el riesgo de endeudamiento y pérdida de la tierra recae sobre el pequeño productor.

Los pequeños campesinos y agricultores familiares no se constituyen en beneficiarios reales del Proyecto de Ley Nº157. Para este sector, la conversión implica la pérdida de protecciones históricas de la pequeña propiedad, exposición al endeudamiento y el riesgo de perder la tierra ante el incumplimiento de obligaciones financieras.


En síntesis, el Proyecto de Ley Nº157 beneficia principalmente al capital agroindustrial y al sistema financiero, mientras traslada los riesgos económicos y productivos al campesinado. Lejos de fortalecer la pequeña propiedad, la norma podría profundizar la concentración de la tierra, el endeudamiento rural y la pérdida de derechos históricos.

EN RIO REVUELTO…

Ganancia de pescadores en rio revuelto. Aunque la iniciativa viene del gobierno y parlamentarios de Arce Catacora, de lo que se trata ahora, es aprovechar la confusión política, la desorganización parlamentaria y social en el país. Tanto CONFEAGRO como la Federación de Ganaderos del Beni están en campaña silenciosas para hacer realidad dicho proyecto de Ley.

La fundación TIERRA menciona que existen un poco más de 36 mil predios titulados como pequeñas propiedades ganaderas que suman 2,5 millones de hectáreas. De esta superficie, al menos 540 mil hectáreas están dedicadas a la agricultura mecanizada signadas como pequeña propiedad y que quieren que se vuelva en mediana empresarial; el interés es legalizar tierras obtenidas.

La propuesta actual busca incluso eliminar los requisitos y condiciones por parte del INRA establecidos el 2024 como demostrar capacidad de producción agropecuaria para volverse mediana propiedad y se elimina en los hechos la verificación del cumplimiento de la FES (verificables 10 años posteriores a su conversión). Disponiendo trámite gratuito a simple solicitud escrita y declaración jurada voluntaria del propietario, Conversión en un plazo máximo de 10 días.

ALTERNATIVAS?

Si bien es cierto que el acceso a crédito y la tecnificación agrícola son necesidades reales del sector rural, estas no pueden abordarse únicamente mediante la mercantilización de la tierra. Sin políticas públicas integrales de apoyo técnico, financiamiento diferenciado, seguros agrícolas y mercados justos, los beneficios del Proyecto de Ley Nº157 difícilmente llegaran al campesinado. Por ello, esta propuesta no es impulsada por el pequeño productor sino por empresarios como Marinkovik.

Se debe impulsar un cambio en relación a que los grandes empresarios y terratenientes paguen lo justo, impuesto progresivo a la tierra según extensión, calidad de suelo, acceso agua, mecanización, estando exentas la pequeña propiedad y la comunitaria e indígena. Penalización al latifundio improductivo; impuesto elevado a tierras ociosas y usadas para especulación; reversión real y efectiva, sin “perdonazos” si no cumplen FES.

Un enfoque de desarrollo rural alternativo debería priorizar políticas públicas integrales de apoyo al campesinado, el fortalecimiento de la producción familiar y la protección social y territorial de la tierra, por lo que se debe ratificar que la pequeña propiedad es inembargable, no convertible a mediana propiedad, no hipotecable, en la cual la tierra no sea moneda de cambio, y deben existir créditos adaptables al campesino.

Reforma real de la Función Económico Social (FES) diferenciada del pequeño productor y del empresario; transparencia y control social de la tierra; registro público de tierras con un catastro digital abierto, quién tiene, cuánto tiene, cómo produce. Evitar el tráfico de tierras y saneamientos fraudulentos; aplicar las planificaciones de uso de suelos; planes de ordenamiento urbano para evitar la urbanización de tierras rurales y el negociado dejando la problemática para los gobiernos Municipales. Hoy el gran problema no es el impuesto, sino la subdeclaración y el débil control.

POR SI FUERA POCO

Otras medidas implementa el gobierno de Rodrigo Paz en la coyuntura, como la importación de soya con arancel cero para los grandes soyeros agroindustriales para la reventa a un precio más elevado; la importación legal y de contrabando de arroz está afectando a los productores del sector; el perdonazo del impuesto a las grandes fortunas; el impuesto del 5% a los MYPES mediante el SIETE- RG, …. Medidas que atentan contra la producción agropecuaria, artesanal e industrial del país y principalmente afecta a toda la población boliviana por el alza de los precios, con un producto importado de mala calidad, de segunda de tercera, frente a productos de primera producido por el país.

La tierra no es un activo financiero, es un bien estratégico y social.

Un país que protege a su campesinado protege su alimentación, su territorio y su soberanía.

RED DE ECONOMÍA POLÍTICA

Rebelión ha publicado este artículo con el permiso del autor mediante una licencia de Creative Commons, respetando su libertad para publicarlo en otras fuentes.