La Audiencia de Valencia ha ratificado la sentencia del Juzgado de lo mercantil número 2 que condenó al Instituto Cervantes de Nápoles y al Instituto Valenciano de la Música (IVM) a pagar sendas multas de 3.000 euros por infringir los «derechos morales» del autor Giuseppe de Matteis al plagiar varias páginas de su biografía del […]
La Audiencia de Valencia ha ratificado la sentencia del Juzgado de lo mercantil número 2 que condenó al Instituto Cervantes de Nápoles y al Instituto Valenciano de la Música (IVM) a pagar sendas multas de 3.000 euros por infringir los «derechos morales» del autor Giuseppe de Matteis al plagiar varias páginas de su biografía del músico Vicente Martín y Soler.
La sentencia desestima el recurso interpuesto por el IVM y el Instituto Cervantes tras el fallo que emitió este mismo juzgado el 20 de junio de 2007 e impone a cada institución el pago de las costas derivadas de su recurso de apelación.
Según la resolución judicial, el Instituto Cervantes de Nápoles rompió la regla de la «libre circulación» ya que «anexionó» a su página web el artículo que el propio autor había depositado bajo la fórmula de copyleft en una página de libre acceso, pues los usuarios que accedían a la web del Instituto Cervantes interpretaban que la autoría correspondía a la institución demandada.
La sentencia de la sección novena de la Audiencia de Valencia señala que el término copyleft indica que no se restringe la copia, «sino que por el contrario se permite mientras que el derecho a seguir copiando no se restrinja, y es precisamente esa restricción la que determinaba la interposición de la demanda».
No pueden eludir la responsabilidad
En cuanto a la responsabilidad del Instituto Valenciano de la Música, el anterior fallo ya determinó que, en colaboración con la mercantil Orfeo y Eurídice SL, había utilizado partes del escrito de De Matteis en la preparación del programa publicado en internet para la ópera Andrómaca de Vicente Martín y Soler en el Festival de Música de Granada del año 2006.
La sentencia no comparte la argumentación del demandante de que el texto de De Matteis «carece de originalidad por el hecho de que se hayan publicado diversas notas biográficas del músico en cuestión», ni puede desvincularse esta institución «de su responsabilidad mediante la imputación a terceros de la confección de los programas».
Además, confirma «la similitud entre los textos objeto de comparación y la ausencia de referencia alguna al demandante como fuente de origen de la información», por lo que comparte «plenamente» las conclusiones de la sentencia apelada.
La demanda, que se presentó el 8 de noviembre de 2006 en los Juzgados de Primera Instancia de Valencia, recogía que ambas instituciones habían hecho uso, sin mencionar la fuente, de artículos publicados en internet y del libro Vicente Martín y Soler, publicado en 2001 por la Diputación de Valencia y cuyo autor es el musicólogo italiano Giuseppe de Matteis.