Hacienda espía la geolocalización de los móviles de los contribuyentes a través de las empresas. Una técnica que puede parecer que atenta directamente contra nuestra privacidad, pero lo hacen de manera completamente legal, gracias a la aprobación de una ley no directamente creada para esta finalidad. A través del GPS, del WiFi o del Bluetooth, la Agencia Tributaria persigue la localización de los ciudadanos gracias a las empresas bajo la idea de luchar contra el fraude fiscal.
La tasa Google como excusa. Hacienda se ampara en la Ley del Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales, aprobada en octubre de 2020 y que empezó a entrar en vigor a principios de 2021. Para la campaña de la Renta de 2022, Hacienda empezó a seguir la geolocalización de los contribuyentes. La motivación es poder aplicar las conocidas como ‘tasa Google‘ y ‘tasa Tobin‘, un impuesto a las multinacionales tecnológicas que depende de los servicios que presten en España.
Para calcular cuántos impuestos deben aplicar a estas empresas, la ley establece que se podrán utilizar distintas tecnologías de geolocalización de los dispositivos de los clientes.
Lo que diga la IP del móvil. Más allá de las afectaciones a la privacidad, hay muchas dudas sobre el hecho que la IP del móvil sea representativa de la ubicación real del contribuyente. Como ocurre en materia de descargas, esta analogía presenta muchas dudas a nivel legal.
Según describe la ley: «se presumirá que un determinado dispositivo de un usuario se encuentra en el lugar que se determine conforme a la dirección IP del mismo, salvo que pueda concluirse que dicho lugar es otro diferente mediante la utilización de otros medios de prueba admisibles en derecho, en particular, la utilización de otros instrumentos de geolocalización».
El impuesto es hacia las multinacionales, pero los espiados somos nosotros. La ‘tasa Google’ es un impuesto que grava al 3% de los ingresos obtenidos en España a todas aquellas multinacionales que facturen más de 750 millones de euros a nivel mundial o más de 3 millones de euros en España.
A través de las empresas. Estas empresas deberán especificar los procesos, métodos y algoritmos que emplean y deberán llevar un registro trimestral que tendrán que guardar y entregar a la Administración. Es decir, los usuarios somos geolocalizados por las empresas y Hacienda, pero no para pagar nuestros impuestos, sino para ser contabilizados.
Es decir, no es la propia Hacienda quien directamente espía a los contribuyentes, sino que exige a las empresas que obtengan esta geolocalización de sus clientes. El si la Agencia Tributaria accede posteriormente a estos datos y cómo los utiliza, no queda recogida explícitamente en la ley.
Críticas por la utilización excesiva de información. Desde la Asociación Española de la Economía Digital (Adigital) se ha criticado que el método es de difícil aplicación y supone un exceso de pérdida de privacidad para los contribuyentes. Según sus cálculos, en 2021 sirvió para interceptar operaciones por valor de 8.000 millones de euros en más de 200 plataformas digitales. Una cantidad que puede parecer elevada, pero es muy corta teniendo en cuenta el mercado de las grandes empresas tecnológicas en España.
¿Cualquier método vale? Hacienda quiere vigilar de cerca nuestros movimientos financieros. Sea para perseguir operaciones con criptodivisas o para ver si esa foto que hemos publicado en Instagram se corresponde con un posible fraude. A la larga lista de métodos digitales y tecnológicas que utiliza Hacienda, también se añade la geolocalización trimestral que recibe de las empresas que deben pagar la tasa Google.
Una tasa Google que, tiene los días contados y apunta a desaparecer por la puerta de atrás. Veremos qué ocurre entonces con estas prácticas de geolocalización.