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Juicio ordinario contra Jeanine Añez, caso «Golpe de Estado II»

Fuentes: Rebelión

La suspensión del Juicio Ordinario a Jeanine Añez, por el caso “Golpe de Estado II”, por lo delitos de incumplimiento de deberes y resoluciones contrarias a la Constitución y las leyes, previo a su asunción intempestiva e inconstitucional, deja varias interrogantes.

¿Qué pasó en la antesala del juicio? ¿Qué pasó en las calles, mientras el juicio intentaba iniciarse? ¿Qué sucedió en esos intermedios antes de la emisión de la Resolución Judicial de anulación? ¿Qué sucederá después del fallo?

El miércoles 9 de febrero de 2022, empieza el show mediático, astutamente Añez ingresa en una huelga de hambre –intentando cambiarse del banquillo de acusada a víctima– que no es más que un flagelo que atenta contra su vida y su salud, con la intención de demostrar ante la opinión pública, que no puede defenderse estando detenida; posteriomente aparece en los medios de comunicación su hija, Carolina Ribera, solicitando que el juicio sea público, presencial y no virtual, argumento que fue utilizado por los abogados de Añez en todas las audiencias previas a la apertura de juicio ordinario del 10 de febrero de 2022.

Previa a la apertura de Juicio Ordinario en contra de Añez, sus abogados, entrevistadores y opinadores, entre ellos Juan del Granado (político de derecha y defensor del Prófugo de la justicia boliviana por hechos de corrupción, Luis Revilla), Iván Arias (actual alcalde de la ciudad de La Paz, ex Ministro en el gobierno inconstitucional de Añez y co-responsable del Decreto Supremo N° 4078, que eximió de responsabilidad penal a los militares en el año 2019, dándoles facultades de asesinar a 37 personas), Susana Seleme Antelo (personaje de Santa Cruz, racista y discriminadora, defensora acérrima de la derecha radical y logiera de Santa Cruz) y Franklin Pareja (analista político, parcializado a favor del Gobierno de Añez y con la derecha actual), intentan colocar en agenda mediática, a través de argumentos poco sólidos y fundamentados que el proceso estaría viciado y carecería de legalidad, que no se tuvieran las pruebas necesarias y que se tendría que juzgar a Añez a través de un Juicio de Responsabilidades.

Respecto a las pruebas, la Fiscalía presentó dos tipos: documentales y testificales. La acusación formal contiene la nómina de 16 testigos de cargo y 70 pruebas documentales, por lo que la suspensión del juicio, tiene un solo objetivo, el sacrificio que están realizando en complicidad de la misma Carolina Ribera (hija de Añez) para que Añez continúe con su huelga de hambre y así puedan sacarla del centro penitenciario.

Por otra parte los opinadores de derecha, mencionan que el juicio debería ser de responsabilidades, intentando obligar al Poder Legislativo a aprobar un juicio de privilegio, como lo sucedido con Luis García Mesa, que fue iniciada bajo la Constitución Política del Estado del año 1967, en plena crisis política y los consecutivos golpes de estado, en aquel momento, los militares lograron incorporar privilegios constitucionales, como el Juicio de Responsabilidades y varios salieron impunes, como es el caso de Hugo Banzer Suarez, que dio el golpe de Estado en agosto de 1971, Alberto Natusch Busch, que lo hizo en noviembre de 1979, entre otros. Por otra parte, no hay que olvidar que existe jurisprudencia internacional para llevar adelante juicios ordinarios en contra de Ex Presidentes de Facto que tomaron el poder por la fuerza y se autoproclamaron presidentes, que no tiene otro nombre más que Golpe de Estado. El 9 de diciembre de 1985, se dictó las sentencias del juicio contra nueve altos oficiales de las Fuerzas Armadas de Argentina que integraron las sucesivas juntas militares de gobierno que rigieron los destinos del país vecino desde el golpe de Estado del 24 de marzo de 1976. Entre estos militares, estuvieron Jorge Rafael Videla (ex Presidente de Facto de Argentina) y Emilio Massera; Así mismo, con el arresto del dictador chileno y Presidente de Facto, Augusto Pinochet en Londres, se marcó jurisprudencia global sobre los crímenes de lesa humanidad, ciertamente, la solicitud de extradición presentada por España, cuando Pinochet se encontraba en el Reino Unido, fue un hecho de especial trascendencia en la inteligencia de la persecución de los crímenes internacionales, fundamentándose que no existen privilegios cuando se trata de delitos de lesa humanidad y de vulneración de derechos humanos.

Por lo que me permito plantear dos argumentos, la administración de facto inconstitucional, la toma de poder y la autoproclamación, no son derivados de una sucesión constitucional, carecen de dos elementos esenciales: legalidad y legitimidad; y cuando se trata de vulneración de derechos humanos, no existen privilegios, entre los que figura el juicio de responsabilidades, por lo que es necesario que todos los juicios abiertos contra Añez, se lleven a cabo por la vía ordinaria.

Regresando al juicio contra Añez, se vio en la calle a dos sectores movilizados, los que pedían su liberación; y los sectores, colectivos y personas que se autoconvocaron para impedir que exista una presión social en las puertas del Tribunal Primero de Sentencia Anticorrupción de La Paz. A pesar de la victoria en las calles por parte de las víctimas de las masacres de la dictadura de Añez, en los estratos judiciales se sufrió una derrota, puesto que los abogados de Añez, utilizaron la chicaneria jurídica, a través de excepciones e incidentes para retrasar y suspender la apertura de juicio oral, dando lugar a que el Tribunal anule la Resolución de Apertura de Juicio Oral, demostrando nuevamente el problema estructural que se tiene en la administración de justicia y la solidez en la acusación por parte del Poder Ejecutivo (con la ausencia del Ministerio de Justicia y Transparencia Institucional).

A pesar que algunos activistas en Derechos Humanos mencionan que el caso del “Golpe de Estado II” en contra de Jeanine Añez, no se relaciona con sus demandas o pedidos de reparación por las masacres de El Pedregal, Sacaba y Senkata, quiero remarcar, que todo tiene un hilo conductor y una secuencia histórica en los hechos, lo cual si bien deriva a distintos procesos judiciales, no podemos perder la objetividad que Jeanine Añez llevó adelante una administración inconstitucional y utilizó a las Fuerzas Armadas para asumir el mando del gobierno, cometiendo delitos de lesa humanidad y vulneración a derechos humanos. En este sentido, todos los hechos (los de la autoproclamación y los hechos de las masacres) son convergentes y configuran la comisión de delitos que tienen que ser juzgados en la vía ordinaria.

Galo Amusquivar es analista de la situación y la realidad boliviana.

Rebelión ha publicado este artículo con el permiso del autor mediante una licencia de Creative Commons, respetando su libertad para publicarlo en otras fuentes.