Recomiendo:
0

La construcción jurídica de la impunidad a los genocidas y de la represión «democrática»

Fuentes: Rebelión

Lejos de la pretensión liberal de que la ausencia de militares en el gobierno (la llamada «democracia representativa» que alguna vez Galeano bautizara «democradura») garantiza la plena vigencia de los derechos humanos, los últimos 24 años sin dictadura nos han costado más de cincuenta compañeros asesinados por fuerzas estatales en ocasión de luchas sociales (resaltamos […]


Lejos de la pretensión liberal de que la ausencia de militares en el gobierno (la llamada «democracia representativa» que alguna vez Galeano bautizara «democradura») garantiza la plena vigencia de los derechos humanos, los últimos 24 años sin dictadura nos han costado más de cincuenta compañeros asesinados por fuerzas estatales en ocasión de luchas sociales (resaltamos la treintena del 30 de diciembre de 2001 y el par de víctimas de junio de 2002, Kostecky y Santillán), los casi dos mil víctimas del «gatillo fácil» [1] que no cesan, los más de cinco mil compañeros procesados por participar en luchas sociales a quienes se les aplican los artículos 212 («intimidación pública») y/o 149 («coacción agravada») del Código Penal, para no insistir en la falta de cumplimiento de los derechos económicos sociales o culturales de la mayoría de la población que sufre carencias de empleo digno, vivienda, salud, educación, etc.  

Pero no se trata de una acción represiva por inercia, algo así como un residuo represivo que se irá terminando con el paso del tiempo, sino de una construcción deliberada que el Estado lleva adelante, en los marcos de una estrategia internacional comandada por el imperialismo yankee so pretexto del Setiembre de 2001.  

Nuestra experiencia histórica de más de cien años de sufrir represión estatal (que siempre contiene segmentos clandestinos o para estatales como la Liga Patriótica de 1918 o la Triple A de 1975) nos afirma en el cuidado que debemos tener ante la continuidad de estas formas represivas que podríamos englobar bajo la denominación común de la «criminalización de la pobreza y la judicialización de la protesta social» y aún más ante la reaparición de formas represivas que se creían superadas como la desaparición forzada de personas (y estamos nombrando, por supuesto, a Julio Jorge López) o la práctica de amenazas y ataques directos a militantes populares que no cesan y adquieren nuevas y nuevas formas como el juicio [2] por «calumnias» que el camarista federal Montesanti ha logrado en Bahía Blanca contra el testigo del crimen del Watu Cilleruelo a manos de la pata universitaria de la Triple A .

En el marco del treinta y un aniversario del Golpe de Estado Genocida, el Presidente Kirchner ha cargado duramente contra la Cámara de Casación Federal a cuyos miembros ha acusado de entorpecer los juicios contra los represores y así garantizar la impunidad de los encausados y procesados.

Y está en lo cierto. Dicha Cámara es una pieza maestra en el cerrojo jurídico que impide juzgar a los represores que siguen gozando de una impunidad que fuera acorralada varias veces, pero que todavía se mantiene enhiesta.  

Y si no, repasemos las cifras.

A pesar de que en la Causa 13 (juicio a la Junta Militar) se identificaron a cerca de mil quinientos represores, y que en estos años la labor de reconstrucción de datos sobre la cadena de mandos desde la Jefatura de Areas hasta el mismo Centro Clandestino ha sido enorme, existen actualmente solo 700 represores acusados, de los cuales 243 están procesados, 99 de ellos ya fallecieron (igual que Pinochet, sin condena), 48 siguen «prófugos» (sí, no es un chiste, 48 terroristas de Estado están prófugos de la Justicia), 44 fueron desprocesados por «falta de méritos» y sólo dos han sido condenados: el Turco Julián y Echecolatz 

Es aquí, exactamente, donde se sitúa la contienda entre Kirchner y Casación: entre los representantes jurídicos del sector más troglodita del bloque de poder (que sueña con la impunidad absoluta y aún el monumento de homenaje a los Héroes de la lucha antisubversiva y que también reclama el alineamiento automático a los EE.UU. y el mantenimiento sin variantes del modelo neoliberal, como si ello fuera posible después del estallido de 2001) y una corriente política que ha hecho del territorio de los derechos humanos el espacio principal para construir su propia hegemonía política, golpeando a la derecha clásica y pretendiendo subsumir al movimiento popular y la izquierda. La estrategia jurídica de la política de derechos humanos de Kirchner se basa en impulsar algunos juicios, contra algunos pocos represores, por algunos pocos compañeros, sin cambiar el sentido común jurídico que sigue tratando los crímenes como delitos individuales y de cuando en cuando vuelve a colar la teoría de los dos demonios, como ocurrió en el fallo contra el Turco Julián.  

Una vez más, como ocurrió cuando la anulación de las leyes de Punto Final y Obediencia Debida, el ingreso a la ESMA, el retiro de los retratos militares, la modificación de la Corte Suprema y tantos otros gestos similares, la izquierda está desafiada a un doble posicionamiento: uno táctico, que permita aprovechar los pasos presidenciales para reclamar soluciones verdaderas y otro estratégico, para no perder de vista la articulación de tales movimientos con una estrategia de creación de consenso para un proyecto de relanzamiento del capitalismo nacional, que posee -inexorablemente- el condimento represivo interno y la articulación con las grandes líneas de ofensiva imperial. O para decirlo más sencillo, claro que asumimos la ofensiva contra Casación como propia (batalla que nosotros mismos empezamos hace años, pero que el Presidente puede completar como hizo con las leyes de impunidad), pero al hacerlo, no dejamos de señalar que no alcanza con cambiar o tumbar Casación, que hace falta un nuevo paradigma jurídico para juzgar el terrorismo de Estado, cómo señaló el Juez Rosanzky en su fallo histórico de Genocidio.  

Un nuevo paradigma jurídico que impida la consumación de la estrategia jurídica de impunidad que el mismo Kirchner ha denunciado: que pase el tiempo y todos, represores y testigos, se vayan muriendo.  

Y no exageramos: si en tres años se juzgaron a dos represores, ¿cuántos años haría falta sólo para juzgar a estos 243 represores? ¿y qué ocurrirá con los testigos y los represores  en el 2040 o 2050 qué es cuando el Juez Rafecas piensa que llegarán a Juicio Oral la mayoría de los casos del Primer Cuerpo? ¿Y los de Campo de Mayo que todavía ni se empezaron a investigar, como respondió el Juez Suarez Araujo a nuestro reclamo de que no se juzgue sólo a los asesinos del Negrito Avellaneda sino a todos los criminales del Centro donde mataron al mismo Roby Santucho?

Así no hay justicia, ni la habrá, ni siquiera cambiando la Cámara de Casación porque seguiría en pie el mismo enfoque que fragmenta las investigaciones y exige probar una y otra vez lo que ya fue probado: que hubo un Plan de Exterminio, que se preparó antes del 24 de marzo, que la Triple A fue la antesala del Genocidio y que tanto esfuerzo no se hizo por hacer sino para beneficio del Imperio y un bloque social que aún domina. Algo de todo esto está en el fallo por Genocidio y en el reclamo del cambio de paradigma, y por eso el silencio que lo asfixia desde el mismo día que secuestraron a López, como si también hubieran secuestrado la doctrina innovadora que daría fundamento sólido a la unificación de causas por Centro Clandestino o por Area Militar dando por probado lo probado y por testimoniado lo testimoniado.   

Por cierto, Kirchner no ha nombrado una vez sola dicho fallo a pesar de presentarse una y otra vez como «amigo de Tito», en referencia al compañero López. Tampoco ha hecho nunca mención a una serie de resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos o del Comité de Derechos Humanos o la misma Asamblea General de la ONU citadas en el fallo que expresamente han pedido: a) que se depure de represores a las fuerzas represivas (1995); b) que se garantice el testimonio de los testigos contra el genocidio (de 1985 y suman más de 4500 los testigos presentados en todo el país); o c) que se investigue con «seriedad» y no formalmente los crímenes de lesa humanidad (1988).  

Para cumplir estos mandatos o para anular los Indultos a los genocidas, el Señor Presidente tiene todas los atributos constitucionales para hacerlo mañana mismo  Solo es cuestión de voluntad política, o dicho de otro modo: de que haya correspondencia entre tanto gesto y discurso y las conductas. Una cuestión de coherencia, que se dice.

Sin embargo, lejos de estos pasos, o de apoyar la propuesta de modificación del Código Penal que elaboró la comisión de expertos donde participaron personalidades democráticas Baigun y otros [3], se pretende modificarlo en un sentido regresivo para adaptarlo al espíritu y la letra de los Pactos, Convenios y Leyes promovidas por el gobierno republicano yankee de Bush.  

Y si no, veamos: con fecha  20 de diciembre de 2006, el presidente Kirchner envío al Senado de la Nación un proyecto de Ley en el que asume con orgullo los pasos dados en esa dirección: 1) aprobación mediante el Decreto 1235 del 5/10/2001 de la Resolución 1373 del Consejo de Seguridad de la ONU del 28/09/2001; aprobación por Ley Nº 26024 del Convenio Internacional para la represión del Financiamiento del Terrorismo adoptada por la Asamblea General de la ONU del 9/12/1999; ingreso en el año 2000 como miembro pleno del Grupo de acción Financiera Internacional contra el lavado de dinero así como la aprobación pública de dicha estrategia que él mismo realizara en ocasión de la Cumbre de Mar del Plata y la Asamblea de la ONU donde destacó la necesaria «cooperación internacional y la asistencia jurídica para hacer efectivo el cumplimiento de las normas contra el terrorismo».  

Conviene recordar la opinión de la inmensa mayoría de los luchadores por los derechos humanos de EE.UU. y todo el mundo sobre el efecto destructivo que esta normativa viene trayendo para las garantías constitucionales internas de los EE.UU.  y sobre los pactos internacionales de defensa de los derechos humanos, cuestión que felizmente viene provocando una verdadera rebelión de los sectores democráticos consecuentes de los EE.UU., con quienes nos solidarizamos de modo explícito en general y particularmente con el reclamo de libertad inmediata a los Cinco Patriotas Cubanos.

Puntualmente, el presidente Kirchner propone modificar el Código Penal para incorporar una figura cuater al art. 210 que castiga la asociación ilícita creando la figura de asociación ilícita terrorista a la que se vincula, muy peligrosamente, nada menos que conceptos como «lesiones graves u homicidios con el objeto de intimidar la población u obligar al gobierno a realizar un acto o abstenerse» o el de la difusión del «odio político». 

El gesto presidencial busca acomodarse a la estrategia de los EE.UU., tanto como el envío de las tropas a Haití o los persistentes gestos de provocación hacia Cuba en el tema de derechos humanos, en una maniobra que algunos pueden entender como compensación por los gestos de autonomía que tienen la relación con Chavez y el proceso de unidad latinoamericana, pero más allá de interpretaciones los pasos sientan precedentes que podrían ser aprovechados para la represión de los luchadores por el cambio social en la Argentina cuando el nivel de las luchas sobrepase los dispositivos represivos y las armas jurídicas puestas en acción hasta el presente.

No se trata, creo, sólo de denunciar el doble discurso de Kirchner como distancia entre lo prometido y lo realizado, sino de enfrentar con decisión las distintas circunstancias. Actuar con iniciativa propia en procura de instalar el debate por un nuevo paradigma jurídico que rompa la impunidad de los genocidas y para eso aprovechar los espacios que la ofensiva presidencial contra la Cámara habilita pero también enfrentar la variante reaccionaria del discurso, que por oportunismo electoral reserva para espacios cerrados como el Senado o los seminarios internacionales convocados por las fundaciones y centros de estudios funcionales al Imperio, donde se propicia la construcción de un edificio jurídico que de base a la actual represión (de hecho, la figura propuesta asume las figuras utilizadas hoy contra los compañeros, los art. 149 y 212 del actual Código Penal) y anticipe la de mañana.

Hace 160 años,  Carlos Marx decía que el rol de los revolucionarios era defender el futuro del movimiento en el presente del mismo. Para quienes actuamos en el espacio de lucha por los derechos humanos, tal imperativo se identifica con la defensa de una autonomía que no sea cerrazón ni ceguera, sino la consecuencia misma de la defensa inclaudicable de la lucha contra la impunidad de ayer y de hoy.


José Ernesto Schulman es Secretario nacional de la Liga Argentina por los Derechos del Hombre

www.liga.org.ar  

[email protected]


——————————————————————————–

[1] con motivo del fallecimiento de nuestro compañero León Toto Zimerman, se ha recordado la autoría del Toto sobre la categoría, nacida al calor de la lucha contra la impunidad del crimen de Budge. Actualmente en el computo se registran las víctimas del autoritarismo policial en   todas sus formas, incluida las muertes producidas por policías hombres a sus compañeras con el arma y la impunidad de la Fuerza Policial, y las sufridas en cárceles por presos sociales que mueren a consecuencia de motines contra las condiciones inhumanas o calcinados encerrados.

[2] el juicio se realizará en Bahía Blanca los días 16 y 17 de abril y nuestro compañero Alberto Rodriguez se ha mantenido firme en la denuncia contra Montesanti por su relación con el grupo agresor, a pesar de todas las presiones.

[3] la propuesta fue la respuesta a tanta ofensiva Blumberista, se constituyó una Comisión que presentó un proyecto pero en agosto de 2006, el nuevo ministro del ramo, la desestimó totalmente y no se volvió a hablar de la misma