Para llevar adelante la nacionalización de los hidrocarburos, entendida como la recuperación de la capacidad del Estado para desarrollar una estrategia energética propia, se necesita, como requisito previo, de la decisión oficial de ejecutarla. Todo indica que el régimen de Carlos Mesa, por su cobardía intrínseca, por sus compromisos con el «gonismo» y con las […]
Para llevar adelante la nacionalización de los hidrocarburos, entendida como la recuperación de la capacidad del Estado para desarrollar una estrategia energética propia, se necesita, como requisito previo, de la decisión oficial de ejecutarla. Todo indica que el régimen de Carlos Mesa, por su cobardía intrínseca, por sus compromisos con el «gonismo» y con las estructuras más conservadoras del país, como la Federación de Empresarios de Santa Cruz, portavoz de las petroleras, y por su temor a los organismos financieros internacionales no será capaz de hacerlo. La voluntad nacionalizadota del pueblo boliviano es tan evidente que el Presidente Mesa no se atrevió a preguntar a la ciudadanía en el reciente referéndum si estaba de acuerdo o no con la nacionalización del gas y del petróleo, porque sabía que la respuesta hubiera sido abrumadoramente afirmativa.
Las transnacionales, pese a su monstruoso poder mediático, no pueden ocultar que las Naciones Unidas han reconocido el derecho de los pueblos y naciones a la soberanía permanente sobre sus riquezas y recursos naturales. «La nacionalización, la expropiación o la requisición -dice la Resolución 1803, de 16-XII-62, aprobada por unanimidad en una votación en la que participaron 154 países, son superiores al mero interés privado», las que pueden ejecutarse pagando la indemnización correspondiente. La Resolución 2200, de 16-XII-66, enfatiza en que «todos los pueblos pueden disponer libremente sobre sus recursos naturales».
En las actuales circunstancias, es posible avanzar en el objetivo mencionado exigiendo el cumplimiento estricto de la Ley de Hidrocarburos 1689 de Gonzalo Sánchez de Lozada y demostrando el flagrante incumplimiento de contratos en que incurrieron las compañías. Es irrefutable que las petroleras han perforado sólo 10 pozos en las 104 parcelas en las que debían hacerlo, en cumplimiento del artículo 30 de la ley citada. Pese a que el ilegal decreto 26366, de 24 de octubre de 2001, dividió las parcelas en subparcelas, YPFB debe recobrar de inmediato más del 60 % de los campos de hidrocarburos de la República, lo que significa disponer de más de 30 Trillones de Pies Cúbicos (TCF), con cuya reserva su fortalecimiento será enorme.
Por otra parte, está total y absolutamente comprobado que la empresa Transredes, conformada por dos empresas delincuentes, la ENRON y la Shell, han contrabandeado gas a Cuiabá Brasil, a través de dos subsidiarias fantasmas: La Souther Cone Gas y la Transborder Gas Service, las que, a fin de ocultar su delito, pretendieron pagar tributos en el Servicio de Impuestos Internos sin documentación que las respalde. El dolo es flagrante debido a que el artículo 40 de la Ley de Hidrocarburos prohíbe a una empresa transportadora (Transredes) ser, al mismo tiempo, comercializadora de gas y de petróleo. Téngase en cuenta que el artículo 554 del Código Civil (inciso cuarto) dispone la anulabilidad de los contratos por actos delincuenciales. Recuérdese, además, que por el delito de contrabando se expulsó a la Standard Oil, el 13 de marzo de 1937, produciéndose, de esta manera, la primera nacionalización del petróleo en Bolivia, América Latina y el Tercer Mundo.
Los campos en producción pueden ser recuperados utilizando los mismos parámetros que aplicó Petrobrás con YPFB, entidad que exploró, descubrió, desarrolló y explotó el campo «San Alberto», por cuyos trabajos fue indemnizada con doce millones de dólares. Esa metodología debe aplicar el Estado boliviano para indemnizar a las transnacionales que explotan campos productivos, después de sancionarlas por evasiones y defraudaciones impositivas y por prácticas anticompetitivas, consistentes en vender GLP a Chile y Paraguay en 200 dólares la tonelada, en tanto expendían ese producto, dentro de Bolivia, en 360 dólares. Es posible, asimismo, lograr que las petroleras sujetas a la Ley de Capitalización paguen en acciones sus deudas tributarias, con lo que el país tendría el control del 51 % del paquete accionario correspondiente. Como puede advertirse, la nacionalización es posible si se cuenta con un gobierno que tenga la voluntad de hacerla y de un pueblo movilizado, como el que tenemos, que estará presto a respaldar la heroica medida.