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Los familiares se suman a las huelgas sostenidas por los internos de las cárceles bonaerenses

La Huelga de Hambre salta el muro

Fuentes: Radio La Cantora

Familiares de Detenidos en las Cárceles Bonaerenses y el Colectivo de Comunicación Popular Radio La Cantora, realizaron una sentada y huelga de hambre el día 25 de septiembre frente los tribunales de calle 8 entre 56 y 57 de la ciudad de La Plata.  Esta protesta responde a la lucha que llevan adelante los detenidos en […]

Familiares de Detenidos en las Cárceles Bonaerenses y el Colectivo de Comunicación Popular Radio La Cantora, realizaron una sentada y huelga de hambre el día 25 de septiembre frente los tribunales de calle 8 entre 56 y 57 de la ciudad de La Plata. 

Esta protesta responde a la lucha que llevan adelante los detenidos en las unidades penales de la provincia de Buenos Aires, que se encuentran en huelga de hambre en reclamo por sus condiciones de detención y por las masivas irregularidades de sus situaciones judiciales de las que son víctimas.

Los internos reclaman la aplicación de la Ley de Ejecución penal Nº 24.660; la derogación de la Ley 12.405; y que se declare la inconstitucionalidad del artículo 52 del Código Penal.

En un comunicado emitido el jueves 21 de septiembre pasado, los internos de la unidad Nº 9 denunciaron ante el Poder Judicial, el Legislativo y el Ejecutivo que la medida obedece «a la demora innecesaria y por ende denotada en el agravamiento de las situaciones legales de los internos, que en la actualidad se encuentran en esta unidad. A los efectos de la implementación de una ley excarcelatoria, acorde a las normas establecidas en los parámetros internacionales. Consideramos que la derogación de la ley 12.405 debe ser un hecho, como así mismo la correcta implementación de la ley de Ejecución Penal nacional Nº 24660, en correspondiente encuadre sobre la equiparación de reclusión a prisión».

La aplicación a las reformas de la Ley Nº  12.405, conocida como la Ley Ruckauf, se peticiona a  partir de que la anterior medida aplicaba prisión preventiva automática a cualquier posible sospechoso de comisión de delito.

La reforma de esta ley, que establece los nuevos criterios vigentes para la aplicación de la prisión preventiva, sólo está siendo aplicada por los jueces bonaerenses -quienes en su mayoría adhieren ideológicamente a las políticas de mano dura-, a los acusados de genocidio, y a los policías y penitenciarios que, acusados de asesinato, torturas, y apremios ilegales, son beneficiados con esta reforma.

En una solicitada publicada en el diario Página/12 del sábado 3 de junio de 2006, varios organismos de Derechos Humanos como la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos, la Asociación Ex Detenidos-Desaparecidos, el CeproDH, CORREPI, FIDELA, HIJOS La Plata, la Casa de la Mujer Azucena Villaflor de La Plata, entre otros, denunciaban que a partir de estas reformas se beneficiaba a los genocidas excarcelándolos con el argumento de que no pueden estar presos más allá del tiempo razonable, invocando para ello a los Pactos Internacionales de DD.HH., mientras no se aplica el mismo criterio a los miles de procesados comunes, que no han cometido delitos de lesa humanidad, pero permanecen sin condena hacinados en condiciones infrahumanas en cárceles que no son otra cosa que instrumentos de tortura y muerte.

El 70 %  de la población carcelaria de la Provincia de Buenos Aires se encuentra en condición de procesado; es decir, sin condena firme. En estas condiciones se suelen esperar entre 8 y 14 años una condena firme.

Sin embargo, entre los beneficiados por la reforma a la Ley 12.405, podemos encontrar a los oficiales del Servicio Penitenciario Bonaerense de la Unidad Nº 9 de La Plata acusados de privación ilegítima de la libertad, tortura y homicidio durante la última dictadura cívico militar. Estos oficiales son: Abel Dupuy, Isabelino Vega, Víctor Ríos, Carlos Alarcón, Segundo Basualdo, Jorge Peralta, y Valentín Romero. A estos se suman Catalino Morel y Ramón Fernández que gozan del beneficio de prisión domiciliaria.

También resultaron recientemente beneficiados con esta reforma tres oficiales de la policía bonaerense, que días atrás asesinaron a un albañil en la localidad de Ingeniero White. Los oficiales de apellido Sosa -padre y dos hijos-, gozan de libertad bajo proceso. El padre había sido exonerado de la fuerza en una de las tantas «purgas» de la Bonaerense para proteger a los gatillos fáciles; los hijos son oficiales activos de la  policía provincial.

Desde el Colectivo La Cantora se ha denunciado ya que los oficiales del Servicio Penitenciario Bonaerense, Diego Démola, Martín Marcos y el oficial Rojas, responsables de las torturas y vejaciones sufridas por Fabián Sampietro en la Unidad penal Nº 45  de Melchor Romero también han sido beneficiados por esta reforma a la ley y no se ha efectivizado para ellos la prisión preventiva.
 
A pesar de que todos son inocentes, hasta que se demuestre lo contrario, los privados de la libertad en huelga de hambre que destacan que los muertos de los últimos años dentro de las cárceles bonaerenses eran procesados; y que de haber gozado de una excarcelación estarían con vida.

Sin embargo, los privados de la libertad sufren torturas psicológicas y físicas: hambre, hacinamiento y enfermedades. Consecuencias estas, de las irregularidades judiciales que agravan las condiciones de detención que sufren los procesados privados de su libertad en las cárceles bonaerenses.

El profundo cuello de botella dentro de la estructura judicial traba a perpetuidad los procesos judiciales a raíz de la implementación de la ley 12.405. Pero es evidente, que dichas demoras sólo perjudican a los jóvenes pobres.

El artículo 52 del Código Penal otorga la posibilidad a los jueces de dictar reclusión perpetua a los internos mediante un mecanismo absolutamente arbitrario. Dicho artículo establece que, «se impondrá reclusión por tiempo indeterminado, como accesoria de la última condena, cuando la reincidencia fuere múltiple».

La Ley de Ejecución 24.660, establece las condiciones de ejecución de las salidas transitorias de las unidades penales, de los regímenes de semilibertad que posibilita a los internos salir a trabajar con supervisión continua, y de la ejecución de los periodos de libertad condicional y asistida. La necesidad de aplicación de esta ley se hace imperiosa principalmente en el caso de los internos que se encuentran procesados desde antes de la reforma de 1998.

Al reclamo de los compañeros detenidos en la Unidad Nº 9 se estarían sumando otras unidades carcelarias de la Provincia de Buenos Aires.

Desde el Colectivo de Comunicación Popular Radio La Cantora, se ha convocado a todas las organizaciones y público en general a solidarizarse con el reclamo de sus compañeros privados de la libertad.