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La izquierda y la derecha en la cultura libre y el copyleft

Fuentes: Comunes

Ahora se lleva mucho esto de que hay que hablar de una lucha de «los de arriba contra los de abajo»; lo de confrontar derecha e izquierda resulta algo antiguo, desfasado, parece ser que no inclusivo, oportuno ni interesante. Pero ya que la extensa y compleja red del 15M es un movimiento que, al menos […]

Ahora se lleva mucho esto de que hay que hablar de una lucha de «los de arriba contra los de abajo»; lo de confrontar derecha e izquierda resulta algo antiguo, desfasado, parece ser que no inclusivo, oportuno ni interesante.

Pero ya que la extensa y compleja red del 15M es un movimiento que, al menos en su origen, viene determinado por dinámicas generadas en Facebook (una red social corporativa), es más o menos fácil trazar de dónde puede venir, a nivel ideológico. este intento de superar la histórica lucha entre derecha e izquierda.

El planteamiento de «los de arriba contra los de abajo» podría verse como la adaptación de unas ideas que, por desgracia, están en el mismo origen de la del copyleft como filosofía y como movimiento social. Estas ideas, en las que entraremos un poco más adelante, permanecen casi intactas cuando se transciende el ámbito estricto del Linux y el universo del software libre y se produce el salto, sobre todo con la aparición de las licencias Creative Commons, al mundo de la cultura y el entretenimiento, cuando se aplican licencias libres a obras diferentes a programas de software.

Pero hay que detenerse un poco aquí, ya que la filosofía del copyleft, que viene en gran medida de la licencia GPL y las cuatro libertades asociadas al software libre [1]), tiene particularidades a tener en cuenta. Estas particularidades hay que contemplarlas desde el marco de las diferencias que hay entre el Derecho anglosajón y el continental respecto a los derechos de autor.

En el Derecho anglosajón, los derechos de autor son derechos de explotación o copyright, es decir, estos derechos parten de la propiedad mercantil de una obra. Cuando hablamos de copyright hablamos, efectivamente, de copias de las obras y de quién y cómo puede realizarlas y en qué condiciones. Además, en el Derecho anglosajón se establecen excepciones a las leyes de copyright, como el llamado fair use, uso justo (que puede utilizarse para parodiar una obra, por ejemplo) que aquí, en el Derecho continental, adopta la forma del derecho a cita. Que haya fair use no significa en absoluto que las obras no estén protegidas frente a vulneraciones como son los plagios, por ejemplo.

En cambio, en el Derecho europeo los derechos de autor aluden a la regulación de los derechos patrimoniales y morales de las obras, es decir, parten de la propiedad intelectual de una obra. Los derechos morales, inexistentes en el anglosajón, surgen de una visión del derecho de autor como un derecho natural y de carácter irrenunciable. Así las cosas, y para entender las diferencias entre el derechos de autor anglosajón y europeo, vamos a poner un ejemplo: podría realizarse y publicarse en EEUU una parodia de una determinada obra al amparo del fair use y sin autorización previa. Esto no sería realizable en Europa, ya que es necesaria la autorización expresa del titular de los derechos de una obra a parodiar, es decir, que va a ser modificada sustancialmente o, en caso de no conseguirla, exponerse a una demanda.

Otro punto interesante es la Ley de Propiedad Intelectual española. Ésta es taxativa respecto a que una obra es de un autor simplemente por el hecho de haberla creado, sin necesidad de registrarla o protegerla legalmente. Otra cosa es lo fácil o difícil que lo tenga la persona que crea esa obra en un hipotético juicio para demostrar la autoría, pero no es obligatorio el registro de una obra. En el derecho anglosajón, quien primero registra una determinada obra se la queda; prima totalmente la propiedad mercantil sobre la intelectual.

El copyleft en el ámbito del software libre es puro Derecho anglosajón; esto es, licencias como la GPL son totalmente ciegas a cualquier tema relacionado con los derechos morales de los autores. Y tiene toda su lógica: no se puede hacer una parodia o uso paródico de un determinado software, pero evidentemente sí que se puede hacer (y se hace) de canciones, obras dramáticas, libros… El extenuante y eterno debate que llega hasta nuestros días, referente a si todas o algunas las licencias Creative Commons son o no son licencias libres, tiene su origen exactamente aquí.

Hay una visión del copyleft y de la cultura libre heredera directa del Derecho anglosajón, donde una obra libre debe cumplir a rajatabla con todas las libertades asociadas a cómo se postula el sofware libre… y recordemos que la primera libertad es, precisamente, «la libertad de usar el programa, con cualquier propósito«. Lo importante de una obra libre es la libre difusión de ésta, sin cortapisas e independientemente de quién sea el autor. Pero fuera del ámbito del software libre hay otra visión: para música, documentales o libros se utilizan mayoritariamente licencias Creative Commons, que dan la posibilidad al autor de reservarse ciertos derechos. Las Creative Commons entroncan con el Derecho continental, y reflejan la posibilidad de ejercer un derecho moral sobre la obra, posibilitando que, si el autor lo desea, no se permita hacer obras derivadas (una parodia, siguiendo el por ejemplo) sin autorización.

Volvemos ahora, una vez aclarado qué es lo que subyace en el debate sobre que obras y licencias son libres o no, a una ideología presente desde el primer momento en el seno del copyleft y que anticipaba totalmente el fetichismo tecnológico en el que estamos inmersos en la actualidad: la ideología californiana. Ésta se caracteriza como:

«una alianza espontánea de escritores, hackers, capitalistas y artistas de la Costa Oeste de los Estados Unidos [que] ha conseguido definir una ortodoxia heterogénea para la naciente era de la información: la Ideología Californiana. Esta nueva fe ha emergido de una extraña fusión entre la bohemia cultural de San Francisco y la industria de tecnología punta del Silicon Valley. (…) la Ideología Californiana combina, de forma promiscua, el espíritu despreocupado de los hippies y el ardor empresarial de los yuppies. Esta amalgama de realidades opuestas ha sido posible gracias a una profunda fe en el potencial emancipatorio de las nuevas tecnologías de la información. En la utopía digital, todos seremos alegres y ricos» [2].

En su reciente libro Contra el rebaño digital, Jaron Lanier nos habla del «totalitarismo cibernético» que se produce en internet: un flujo incontrolado de las obras, independientemente de las licencias que tengan éstas, promovido por una masa anónima inquilina de redes sociales corporativas que desdibuja tanto a los autores como a los consumidores de esas obras. Ese «totalitarismo» se ha producido gracias a una mezcla verdaderamente explosiva: el triunfo en internet de los postulados del Derecho anglosajón, al no contemplarse nunca los derechos morales de las obras (no hay ninguna reflexión sobre las implicaciones que tiene algo tan elemental como la descontextualización de las obras, por ejemplo) junto a la percepción de internet como un espacio neutro auto-regulado, donde las instituciones no deben intervenir nunca y donde cualquiera que sea verdaderamente bueno podrá triunfar, sin intermediarios. Si un creador no consigue vivir de sus obras, con la potencia que dan las licencias libres y las redes sociales, simplemente es por su culpa; si su trabajo fuera de calidad sería «alegre y rico».

El Darwinismo social se nos ha vuelto a colar hasta la cocina por la puerta de atrás, a través del «copyleft» y de la cultura libre. Esa puerta la han abierto de par en par las industrias de contenidos y las entidades de gestión a través de graves y persistentes errores, totalmente cierto. Pero que las alternativas que se plantean al entramado clásico editorial sea una «tiranía de la falta de estructuras», sin regulación institucional, sin entidades de gestión y sin intermediarios puede tener sentido, pero sólo en las lúbricas mentes de emprendedores neoliberales de la Generación eMule y la Brunete mediática pro-Megaupload. Ahora resulta que imponiendo las cuatro libertades del software libre a cualquier obra susceptible de ser digitalizada (lo que hacía de facto Megaupload, vaya) una mano invisible 2.0 va a resolver todos los problemas relacionados con las industrias de contenidos. Pues no cuela, aunque las compañias de telecomunicaciones se froten las manos por todas las conexiones ADSL que se venden gracias a esto.

Hay izquierda y hay derecha. Se puede poner el acento en los derechos de los autores o en los derechos patrimoniales de las obras. Y esto lo ha ejemplificado a la perfección recientemente Nacho Vegas:

«Creo que la cultura debe ser libre, pero cuando digo libre debe ser de libre difusión, es decir sin un pago previo, pero la licencia que utilizo tiene una restricción del ánimo de lucro. A mí no me gustan las opiniones a favor del copy left, que son las más airadas, son las de la derecha liberal que les encanta que todo esté libre de derechos porque así puede utilizarlo el más listo de la clase para coger y hacer dinero con ello. Me parece que es muy peligroso, creo que hay que evitar que un montón de gente se lucre con contenidos sujetos a derechos de autor, que es una conquista que se puede proteger como cualquier derecho conquistado, y eso no entra en conflicto con ofrecer tus discos. La cultura libre está dividida entre la libre difusión, que es lo que yo defiendo y creo que defienden todos los sectores afines a la izquierda, y la del libre comercio, que es otra manera de ver la libertad para que todo el mundo pueda mercadear con ella» [3]

Vamos a hablar un poco de música para aterrizar el debate, siguiendo el hilo planteado por Vegas: el consumo de música está mucho más extendido que el de libros y es más visible que el de software (sólo detectamos el software cuando éste falla). La que llamaremos a partir de ahora la Brunete Megaupload, esa que impone a cualquier obra digitalizada o digitalizable las cuatro libertades del software libre, ha recurrido persistentemente en relación a la música a dos ejemplos totalmente erróneos. Si parece que en el mundo del software libre la distinción entre libre y gratuito estaba clara, no es así en música. Se ha repetido hasta el paroxismo la limitada experiencia de Radiohead con «In Rainbows», un disco que estuvo en descarga gratuita pero con todos y cada uno de los derechos reservados. O poniendo otro ejemplo más cercano, el sonrojante ejemplo de Nacho Escolar y su ya (afortunadamente) olvidada oferta de «Por favor pirateen mis canciones», ya como músico amateur en su etapa posterior a Meteosat, cobrando derechos de autor de la SGAE y con un abultado sueldo como periodista. De remate, publicando recientemente un libro con su padre… con todos los derechos reservados.

Da pavor comprobar cómo históricamente la Brunete Megaupload sólo ha tenido estos dos ejemplos en oposición al entramado de entidades de gestión. Mientras, en Holanda, Dinamarca, Suecia y ahora Francia, las entidades de gestión empiezan a aceptar las Creative Commons, al igual que Nacho Vegas ha conseguido colarlas en la SGAE (por fuera de la SGAE hay proyectos interesantísimos como todo lo relacionado con Pony Bravo, por ejemplo). Pero claro… las Creative Commons NO son libres, ya que alguna de sus modalidades no permite cualquier uso de las obras… ¿recuerdan los derechos morales? En definitiva, estamos de acuerdo en que hay que superar modelos obsoletos de propieda intelectual y adaptar los derechos a la realidad de internet. Pero teniendo esto en mente, también hay que posicionarse a la izquierda o a la derecha del copyleft. Con los autores y sus derechos o con el libre mercado y su voracidad infinita. Con la cultura libre o con el rebaño digital.

Notas

[1] 0 la libertad de usar el programa, con cualquier propósito. 1 la libertad de estudiar cómo funciona el programa y modificarlo, adaptándolo a tus necesidades. 2 la libertad de distribuir copias del programa, con lo cual puedes ayudar a tu prójimo. 3 la libertad de mejorar el programa y hacer públicas esas mejoras a los demás, de modo que toda la comunidad se beneficie.

[2] La Ideología Californiana

[3] Nacho Vegas en Bogotá

http://www.nodo50.org/comunes/?La-izquierda-y-la-derecha-en-la