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La justicia sigue siendo injusta

Fuentes: Rebelión

Leo el artículo 178 de la Constitución Política del Estado: La potestad de impartir justicia emana del pueblo boliviano y se sustenta en los principios de independencia, imparcialidad jurídica, publicidad, probidad, celeridad, gratuidad, pluralismo jurídico, interculturalidad, equidad, servicio a la sociedad, participación ciudadana, armonía social y respeto a los derechos. Ciertos principios no pueden cumplirse […]

Leo el artículo 178 de la Constitución Política del Estado: La potestad de impartir justicia emana del pueblo boliviano y se sustenta en los principios de independencia, imparcialidad jurídica, publicidad, probidad, celeridad, gratuidad, pluralismo jurídico, interculturalidad, equidad, servicio a la sociedad, participación ciudadana, armonía social y respeto a los derechos.

Ciertos principios no pueden cumplirse por diversas circunstancias. Este es el caso de la celeridad, que no es tal, porque se acumulan numerosos juicios, sin que haya suficientes jueces y menos magistrados. Pero también es cierto que, resguardándose en tal hecho, hay juicios que se prolongan indebidamente por capricho o, peor aún, en función de intereses circunstanciales.

Es difícil hablar de imparcialidad jurídica, porque no se puede pedir a un juez que sea insensible ante un crimen, tenga el mismo interés enjuiciando a un ladrón que robó cerca a su domicilio o lejos de éste. Bastará que el juez no se incline a una u otra parte por favoritismo personal, familiar o de partido. Y, por supuesto, quien resulte perjudicado en un juicio, puede acusar de parcial a un juez, con o sin fundamento.

Pero se cometen abusos inaceptables, como en el tema de la gratuidad. No hablo de los negociados que podrían hacerse o no; hubo jueces que fueron descubiertos recibiendo dinero y alguno hasta fue enjuiciado. Hablo de la rutina diaria en los juzgados, que no es gratuita ni mucho menos. No se trata del pago a los diligencieros a la que están acostumbrados todos quienes tienen la mala suerte de encarar un juicio; el presupuesto de la judicatura no incluye gastos de movilización para estos funcionarios menores. Es un alivio que ya no deba presentarse un escrito en papel sellado, pero los timbres siguen siendo una carga onerosa para el litigante. Y eso no es todo.

Sucede que ahora -o talvez desde antes- hay una tarifa que debe pagarse al actuario para que redacte el acta de cada audiencia y tiene que pagarla el acusado. ¿En qué ley, en qué norma, en qué disposición está inscrito tal costo? Es un abuso, es un acto de corrupción que el Consejo de la Magistratura debe suprimir de inmediato, tomando los recaudos necesarios.

Detengámonos un momento a analizar esta situación. Alguien me acusa y soy citado ante el juzgado. Más adelante expondré el manoseo en las citaciones. Después de tres o cuatro citaciones fallidas por tal o cual motivo, todo se dispone para tomarme declaración. Lo primero que hace el secretario es pedirme casettes y pilas para la grabación. ¿Tengo que pagarlas yo? Supongamos que superamos esa contribución obligatoria y hago la declaración. Al término de la misma me indican que debo pagar tanto para la elaboración del acta. Y ¿si no hay acta?, seguramente tendré que atenerme a las consecuencias. Si el juez no está enterado de tamaña tropelía, es que no se preocupa de su juzgado y, por tanto, menos debe preocuparse de los juicios. Si lo está, entonces debe ser juzgado por corrupción junto con los funcionarios que comparten ese comercio ilegal y, por lo tanto, injusto.

En cuanto a las citaciones, es otra forma de hacer padecer a los litigantes. La citación es fijada por el juez con fecha y hora definida. De pronto no asiste el fiscal que debe acusar y la audiencia se posterga. No hay que esperar que el fiscal sea amonestado por su falta; parece ser algún derecho que tiene para no asistir cuando se le ocurre. Otra cosa distinta es si el acusado no asiste. Lo que le viene encima es un comparendo con orden de aprehensión. Y en tales circunstancias, el desarrollo de la audiencia, cuando menos, es desfavorable sino definitivamente condenatoria del acusado. Es un juego al que están acostumbrados jueces y fiscales pues, si la ausencia es del juez, habrá que sentarse dos, tres, cuatro y más horas para que aparezca Su Señoría; de lo contrario, el acusado puede ser víctima de dictámenes negativos.

El otro tema, tan grave como los anteriores, es la publicidad. Esto quiere decir que, toda la actuación de la justicia, debe ser pública. Si la mayor parte de los juicios se realizan por escrito, es lógico que deba haber libre acceso a los expedientes. Pero no es así. Los funcionarios de todos los juzgados niegan tal acceso incluso a los litigantes; sólo los abogados pueden ejercer este derecho que es de todos los ciudadanos. ¿Quién debe ocuparse de este tema? Bastaría una orden precisa del Tribunal Supremo para que se cumpliese la regla y, por supuesto, dicte las sanciones correspondientes a los funcionarios que manejan los expedientes como si fuesen de su propiedad.

Esa falta contra la publicidad, que es un principio en que debe basarse la justicia, es la base que permite la comisión de varios delitos. Como no hay de fácil acceso y sólo los abogados pueden conocer los expedientes, hay discrecionalidad para cambiar escritos, incluir otros y, en más de un caso, simplemente hacer desaparecer todo el expediente.

Ni qué decir del servicio a la sociedad. Son pocos los jueces que han cumplido con este principio de la justicia. ¿Qué significa? En abstracto, sería un concepto inútil, pues todo juez dirá que falla pensando en el bien social: por eso condenó al criminal, castigó al ladrón y penó al estafador. Pero ¿se trata de algo tan simple? El servicio a la sociedad debe significar algo más ético. Supone, necesariamente que el juez, el magistrado, sean un ejemplo de lo que debe hacerse y de lo que no debe hacerse. ¿Cómo puede fallar en un caso de nulidad de contratos, quien abusa de su calidad para incumplir contratos?, ¿qué valor puede darse al dictamen de un juez que usa su dignidad para cubrir sus vicios? Peor aún: un malentendido espíritu de cuerpo que hay entre jueces, como lo hay en muchos otros gremios, hace que los demás guarden silencio frente a estos hechos.

Estos son groseras distorsiones que no he tomado al azar, pues responden a situaciones concretas ocurridas en las últimas semanas. Tenemos que acabar con ese lastre que todavía arrastramos.

Rebelión ha publicado este artículo con el permiso del autor mediante una licencia de Creative Commons, respetando su libertad para publicarlo en otras fuentes.