Uno de los ejes centrales del discurso contrario al proceso de cambio y en particular al gobierno del Presidente Evo Morales se ha centrado en el tema de la propiedad privada señalándose insistente y machaconamente la supuesta intención del gobierno de eliminar la propiedad privada o de limitarla a su mínima expresión. A más de […]
Uno de los ejes centrales del discurso contrario al proceso de cambio y en particular al gobierno del Presidente Evo Morales se ha centrado en el tema de la propiedad privada señalándose insistente y machaconamente la supuesta intención del gobierno de eliminar la propiedad privada o de limitarla a su mínima expresión. A más de cuatro años de su gobierno ha quedado demostrado por los hechos y por el propio texto de la nueva CPE respaldada por el Presidente que tal intención no existió ni existe.
Las actuales alusiones al futuro socialista que se plantea por el Vicepresidente del Estado como horizonte deseable del gobierno, han revivido las sospechas de algunos sobre la intención expropiadora del gobierno, sospechas basadas justificadamente en el hecho de que el modelo socialista ortodoxo supone la expropiación de los medios de producción por parte del Estado.
Saliendo del marco meramente especulativo hay que señalar que la CPE reconoce la propiedad privada al menos en dos sentidos explícitos, la reconoce como un derecho de las bolivianas y bolivianos (parte los derechos sociales y económicos: Art. 56 y 57) y la reconoce además como una forma de organización económica constitutiva del modelo económico plural del Estado boliviano, es decir como uno de los ejes que conforman en modelo económico boliviano.
Para dar cuenta de la voluntad de respeto a la propiedad privada plasmada en el texto constitucional habría bastado su enunciación como un derecho, que por lo demás está hecha exactamente en los mismos términos de la antigua CPE 1 (vigente hasta el 2008) y por si eso fuera poco, está la mención de la nueva CPE a la «iniciativa privada» (Art 308) que resulta ser más contundente que la mención hecha en el Art 144 parágrafo II de la antigua Constitución.
Reconocido el derecho a la propiedad y a la iniciativa privada, sin embargo hay más, la Constitución define cuál es el rol que se le asigna a la ‘economía privada’ entendida ésta como una forma de organización económica moderna basada en los principios capitalistas de competitividad, eficiencia económica, beneficio al inversionista etc. etc., strictu sensu la empresa capitalista moderna.
Si no se pretende la expropiación de lo que en economía política se denomina los «medios de producción» que es una de las formas en que se materializa el capital en qué consistirá el cambio que se propone al definir la economía boliviana como plural ?.
Desde la perspectiva de izquierda radical más ortodoxa, la no expropiación de los medios de producción se ha entendido como una señal inequívoca del claro contenido reformista y de la vocación no revolucionaria del proceso liderizado por Evo Morales. La miopía ortodoxa plantea que la revolución en Bolivia pasa por la expropiación de los medios de producción que están en manos privadas, sin tomar en cuenta que en Bolivia casi el 90 % de unidades productivas son las denominadas de «pequeña escala» y que mas del 80 % de sus titulares o propietarios son personas que viven en condición de pobreza junto a sus familias. La pequeña propiedad en Bolivia se ha formado como producto de el ejercicio de estrategias de sobrevivencia de grandes masas poblacionales que no encontraron posibilidades de empleo en el sector formal industrial ni estatal y que (a diferencia de los proletarios que describe Marx en el origen del capitalismo) son pequeños propietarios y trabajan como «cuenta propistas» por que no han logrado incorporarse como proletarios o empleados en empresas o unidades productivas más grandes.
Es más, la condición de pobreza de toda esa gran masa de gente, está conectada con su condición de pequeños propietarios o pequeños productores que se inserta en el mercado en condiciones de inequidad y son víctimas de mecanismos de intercambio desigual similares a los que genera el otrora denominado deterioro de términos de intercambio entre centro y periferia. Estructuralmente los pequeños productores están impedidos de lograr intercambio equitativo para sus productos. Ese 90% de unidades económicas que son las de pequeña escala sólo han podido acceder hasta el año 2008 aproximadamente al 11% de la cartera de créditos de todo el sistema financiero, y ese miserable acceso ha sido además en condiciones muy desventajosas de tasas de interés las cuales llegaron hasta el 30% mientras que las grandes empresas accedieron a créditos con tasas que no llegaron a la mitad de ese porcentaje.
El acceso al financiamiento crediticio es profundamente y estructuralmente inequitativo, como lo es el acceso a todos los demás recursos productivos, lo que en resumidas cuentas apunta una inequidad estructural de acceso a estos recursos que, sumada a un acceso mercantil desventajoso, constituye una traba importante para el logro de los aoabjetivos de sobrevivencia de estas unidades económicas de pequeña escala.
Estos elementos fundamentan la orientación constitucional que subyace a toda la redacción del Título I de la Constitución relativo a la Organización Económica del Estado: se propone la democratización vigorosa y contundente del acceso a los recursos productivos, o dicho de otra forma la re-patrimonialización productiva de los pobres, apuntando a los que actualmente son pequeños productores (producto de su estrategia de sobrevivencia), pero visualizando a esos pequeños productores -dada su extracción cultural- como portadores de lógicas corporativas distintas a las que cultiva la empresa capitalista moderna. Pequeños productores cuya forma de organización económica muestra claras tendencias asociativas heredadas de prácticas culturales y sindicales obreras y que ya permiten articular bajo distintas figuras corporativas ciertos componentes de los procesos productivos y comerciales logrando un aprovechamiento colectivo de varios factores económicos críticos.
La propiedad privada de pequeños productores, cuando se asocian impregnados por sus componentes culturales, toma diversas formas corporativas: asociaciones de productores, cooperativas o gremios, formas que permiten ir resolviendo los ‘problemas de escala’ en lo productivo y lo comercial y, además se convierten en espacios para recuperar ciertos principios que yacen en su identidad cultural (antes invisible), recuperar principios económicos de complementariedad, armonía, reciprocidad y mecanismos redistributivos propios de su lógica comunitaria.
La economía privada capitalista se mantiene como uno de los ejes impulsores de la economía plural, pero conviviendo en igualdad de condiciones (sobre todo de acceso a oportunidades económicas) con la economía comunitaria, tanto rural como urbana, que se conforma por diverso tipo de organizaciones corporativas de pequeños productores, y con las economías estatal y la cooperativa.
* Economista y asesora en la Asamblea Constituyente.
1 Ver El Art 6 parágrafo i) y Art 22 de antígua CPE comparar con Art 56 y 57 nueva CPE.
http://www.la-epoca.com/modules.php?name=News&file=article&sid=1730