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En la pregunta de la consulta pública se habla de una Asamblea Constituyente vinculante, no de un referéndum vinculante

Los gobiernos autonómicos tendrían competencias ejecutivas y administrativas, pero no ejercerían control directo sobre sus recursos naturales

Fuentes: Bolpress

El oficialismo y la oposición optaron por una solución salomónica para consensuar la convocatoria al referéndum autonómico. En la pregunta de la consulta pública no se menciona expresamente el carácter vinculante del referéndum, pero si en el artículo primero de la Ley del Referéndum nacional vinculante a la Asamblea Constituyente para las autonomías departamentales aprobada […]

El oficialismo y la oposición optaron por una solución salomónica para consensuar la convocatoria al referéndum autonómico. En la pregunta de la consulta pública no se menciona expresamente el carácter vinculante del referéndum, pero si en el artículo primero de la Ley del Referéndum nacional vinculante a la Asamblea Constituyente para las autonomías departamentales aprobada este sábado en el Congreso.

«¿Está de acuerdo, en el marco de la unidad nacional, en dar a la Asamblea Constituyente el mandato vinculante para establecer un régimen de autonomía departamental aplicable inmediatamente después de la promulgación de la Nueva Constitución Política del Estado en los departamentos donde este referéndum tenga mayoría de manera que sus autoridades sean elegidas directamente por los ciudadanos y reciban del Estado nacional competencias ejecutivas, atribuciones normativas administrativas y los recursos económicos financieros que les asigne la nueva Constitución Política del Estado y las leyes?», es la pregunta aprobada para la consulta pública que definirá en régimen autonómico si es aprobada en cada uno de los departamentos del país.

Sin embargo, en el artículo 1 de la ley se menciona que «el referéndum, como manifestación directa de la soberanía y voluntad popular, tendrá mandato vinculante para los miembros de la Asamblea Constituyente». La norma indica que aquellos departamentos qué aprobaran la autonomía por simple mayoría de votos accederán al régimen de autonomías departamentales inmediatamente después de la promulgación de la nueva Constitución Política del Estado. El Artículo 5 de la norma establece que los resultados del referéndum serán adoptados por simple mayoría de votos válidos.

De esta forma, la brigada de Santa Cruz y otros sectores políticos que responden a las consignas de los departamentos de la denominada «media luna» (Beni, Pando, Santa Cruz y Tarija) resignaron su pretensión de instaurar gobiernos autonómicos que tengan atribuciones especiales para administrar directamente sus recursos naturales. En la ley aprobada este sábado se instruye con claridad que los gobiernos departamentales recibirán financiamiento del Estado.

Por otro lado, los tarijeños dieron un paso más en busca de autonomía. En presencia del presidente del Comité pro Santa Cruz Germán Antelo y los representantes de los comités cívicos provinciales y autoridades departamentales, se posesionó al primer Consejo Preautonómico y Preconstituyente tarijeño, al que se le encomendó una lucha enmarcada en tres puntos principales: defender la integridad de su territorio (evitar que se forme otro departamento como piden los chaqueños); mantener su patrimonio de regalías del 15% que han logrado hasta el momento; y consolidar la autonomía departamental.