Recomiendo:
0

No se resuelve criminalizando a los niños

Fuentes: Página/12

En relación al debate propuesto por el Gobierno Nacional en estos días, en torno a la edad de imputabilidad penal, creemos necesario realizar algunas consideraciones. Cada vez que ocurre un hecho conmovedor, aparecen este tipo de discusiones y se reflotan posiciones de mano dura como única solución al problema de la seguridad, se ponen de […]

En relación al debate propuesto por el Gobierno Nacional en estos días, en torno a la edad de imputabilidad penal, creemos necesario realizar algunas consideraciones. Cada vez que ocurre un hecho conmovedor, aparecen este tipo de discusiones y se reflotan posiciones de mano dura como única solución al problema de la seguridad, se ponen de manifiesto distintos intereses y alianzas, vuelve a instalarse el tema de la «delincuencia juvenil» y de hecho muchos medios masivos de comunicación, actores sociales y políticos tienden a circunscribirse en esta temática solo, a la edad de la imputabilidad; siendo que el debate serio y real para discutir es un «Nuevo Régimen Penal Judicial».

Actualmente, la ley que rige el sistema penal juvenil viene de la dictadura y siguen vigentes los principios de la antiquísima Ley Agote o Nº 10.903, la ley Nº 22278 y sus modificatorias; que ya no encajan en dichos parámetros porque parten de una filosofía totalmente distinta y de paradigmas que han dejado de tener vigencia en la mayoría de los países del mundo. Por ello es de vital importancia reformar el sistema penal juvenil nacional. Y por lo tanto darse un debate profundo, como ya se dio en la provincia hace 12 años con la promulgación e implementación de la Ley 2302.

Tenemos por un lado, el marco jurídico obsoleto y por otro la Ley Nº 26.061, con parámetros internacionales de avanzada representado por la Convención sobre los Derechos del Niño, ratificada en el art. 75 de la Constitución Nacional -y previamente por la Ley Nº 23.849- que claramente determina que todos los menores de 18 años de edad son sujetos de derechos y, apoyándose en el principio del «interés superior del niño» orientando y limitando la intervención del Estado y de los adultos en las cuestiones que atañen a los niños o adolescentes.

El presente del país y la grave situación que afronta la sociedad frente al delito aconseja más que nunca poner fin a esta secuela de fracasos en el abordaje de un tema que urge darle soluciones serias y de fondo. El debate es necesario y ha sido permanentemente reclamado por muchos legisladores durante nuestra gestión en pos de un modelo de responsabilidad penal juvenil acorde a los estándares internacionales de derechos humanos, y que sólo podrá ser alcanzado en el marco de un trabajo conjunto de legisladores, magistrados, autoridades y académicos especializados.

Hace pocos años un fallo de la Corte IDH en la causa «Mendoza y otros Vs. Argentina», condenó al Estado de Argentina por la vulneración de la Convención Americana de Derechos Humanos y la Convención sobre los Derechos del Niño, en virtud de la imposición de sanciones penales desproporcionadas a niños, niñas y adolescentes y estas iniciativas vinculadas a la edad de imputabilidad contradicen abiertamente las directivas sentadas en el fallo. En aquella sentencia la Corte IDH dispuso que la Argentina ajuste su marco legal a los estándares internacionales de derechos humanos en materia de justicia penal juvenil y diseñe e implemente políticas públicas con «metas claras y con adecuada asignación de recursos presupuestarios, para la prevención de la delincuencia juvenil a través de programas y servicios eficaces que favorezcan el desarrollo integral de los niños, niñas y adolescentes».

En este marco, la reducción de la edad de la imputabilidad de las personas menores de edad contradice el principio de no regresividad, que impide al Estado restringir los progresos alcanzados en la protección de los derechos humanos de la niñez, dado que implica una regresión respecto de los estándares alcanzados en el marco de los procesos de adecuación de la legislación interna a los postulados de la Convención, y sería simplificar la problemática y no abordarla desde sus raíces económico-sociales y educativo-culturales. Un niño o niña llega a la delincuencia como consecuencia de una cadena de ausencias, que un Estado protector debe analizar y resolver con una mirada integral, y no con la salida fácil de la criminalización y la represión.

Rebajar la edad de imputabilidad sería «echar por tierra» los institutos jurídicos a los que se llegó, con una amplia y profunda participación de organizaciones públicas y de la sociedad civil vinculada a la lucha por los derechos del niño.

El camino para combatir el delito cometido por niños o niñas, que es ínfimo en términos comparativos con los delitos en general, es con más democracia, igualdad, inclusión y educación insertas en las problemáticas sociales de cada territorio y no con palos, balas y cárceles a los niños, niñas y adolescentes.

En tal sentido, creemos que debemos apostar a la educación, la formación en valores, estando cerca de los niños, niñas y adolescentes. Los chicos no son los irregulares sino que, en realidad, en muchos casos son víctimas de las irregularidades del mundo de los adultos, irregularidades de las instituciones del Estado, de las instituciones de la sociedad civil y de la familia misma; y a su vez debatir también y profundamente el tema de los niños y adolescentes que ya han cometido delitos y tienen que ser juzgados en un debido proceso penal especial, tal como acontece con los mayores, como sujetos de derecho que son.

Mas educación, menos cárceles, mas inclusión y menos abandono, más compromiso y menos prejuicios, cada uno desde su lugar debe hacer su aporte a un debate serio, respetuoso y que pueda trascender lo visceral a favor de una construcción democrática, imbuida del valor justicia y en cumplimiento de una manda constitucional.

El Consejo Regional patagónico de Derechos Humanos, incluyó como uno de los pedidos el debate sobre la ley procesal juvenil, la formación de programas de capacitación para funcionarios del sistema penal juvenil y el desarrollo de protocolos para la realización de monitoreos institucionales para los operadores judiciales, prejudiciales, de educación y salud en el caso de medidas alternativas.

Desde la Subsecretaría de Derechos Humanos impulsamos distintos programas, como el juego didáctico «Conociendo Mis Derechos» para niños y niñas, y su posterior adaptación como aplicación para que también accedan las y los adolescentes. Así como también, las charlas y talleres sobre acoso escolar y buenos tratos que se dictan en las escuelas.

Alicia Comelli es Subsecretaria de Derechos Humanos del Ministerio de Ciudadanía de Neuquén.

Fuente: http://www.pagina12.com.ar/13244-no-se-resuelve-criminalizando-a-los-ninos