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Poder judicial y violencia estructural

Fuentes: Rebelión

La acción del poder judicial no debe ceñirse a operar sobre las consecuencias de los conflictos que se dan en la sociedad, sino que debe constituirse en generadora de paradigmas y en garante de un modelo social equitativo y justo.Cada sentencia, todos los días, contribuye o no a consolidar en el imaginario colectivo la creencia […]


La acción del poder judicial no debe ceñirse a operar sobre las consecuencias de los conflictos que se dan en la sociedad, sino que debe constituirse en generadora de paradigmas y en garante de un modelo social equitativo y justo.

Cada sentencia, todos los días, contribuye o no a consolidar en el imaginario colectivo la creencia en la eficacia de las instituciones y en la aptitud de las reglas para desarrollar un modelo social aceptable.

Vivimos hoy en la Argentina y en America Latina en general, un particular momento histórico-político.  En ese contexto, nuestra Corte Suprema ha dado muestras en los últimos tiempos de cómo debiera operar el poder judicial a fin de contribuir al restablecimiento de los derechos que fueron avasallados otrora a las mayorías populares tanto por dictaduras como por democracias adjetivas.

Sin embargo, lejos de seguir el rumbo que traza con precisión el máximo tribunal, diariamente nos sacuden decisiones alarmantes de algunos tribunales o de agentes estatales.

El pasado mes de octubre la policía federal, según cuenta un matutino porteño, demoró en la Ciudad de Buenos Aires a dos jóvenes cartoneros por «maltrato animal» por ser los «dueños» de una yegua que parió un potrillo mal alimentado (sic).  Días después un fiscal apeló la decisión de un juez del crimen que había desprocesado a un hombre que en claro estado de necesidad robó de un supermercado un pedazo de queso. Un tribunal, en el día de ayer redujo a ocho mil pesos el monto indemnizatorio por la muerte de un joven, al evaluar que sus míseras condiciones de vida jamás se habrían de modificar, siendo por ende esas, sus reales «chances» futuras (tenía 19 años!). El mismo día, paradójicamente,  una señora fue indemnizada en pesos diez mil por haber sido levemente mordida en una pierna por un perro dóberman.

Sintéticamente: es mas importante la mala alimentación de la yegua que la tarea insalubre y el deterioro de la salud de los jóvenes cartoneros. Vale más el supermercado «dañado» que el hombre padeciente que robó el queso. Es mas «valiosa» la pierna levemente lastimada de una señora que la vida de un pobre.

Cuando desde la cátedra o desde la misión judicial, señalamos que la violencia es un fenómeno causal y no casual, también decimos que el Estado no puede jugar al «huevo o la gallina», imponiéndose a sangre y fuego por sobre los derechos que él mismo viola o restringe. La prelación aceptable en un estado de derecho social es una sola: Primero el Estado a través de todos los poderes públicos debe concretar y garantir en su plenitud el conjunto de los derechos que se reconocen a sus habitantes. No sólo los civiles y políticos, sino también los ecónomicos, sociales y culturales. Luego entonces tiene el Estado no sólo poder e imperio,  sino fundamentalmente justificación moral para reprimir las conductas ilegales.

Mientras las sanciones vayan sobre los pobres y expoliados, ignorando las causas que originaron los cuadros de marginalidad y manteniendo intactas las concentraciones económicas que son contracara necesaria de este proceso, no habrá paz en nuestra tierra. Pero no porque necesariamente los pobres cometan actos violentos, sino porque somos nosotros día a día, los responsables por alimentar desde las instituciones la violencia estructural.