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Por un balance de la Asamblea Constituyente

Fuentes: Rebelión

Agosto se presentó como un mes de definiciones para la AC y para el Gobierno. Según la Ley de Convocatoria a la AC el plazo para la entrega de la nueva Constitución se cumplía el 6 de agosto de este año, fecha en la que sólo existían algunos informes aprobados y los temas fundamentales como […]

Agosto se presentó como un mes de definiciones para la AC y para el Gobierno. Según la Ley de Convocatoria a la AC el plazo para la entrega de la nueva Constitución se cumplía el 6 de agosto de este año, fecha en la que sólo existían algunos informes aprobados y los temas fundamentales como Estado, autonomías, recursos naturales se habían entrampado por las acciones de la oposición y los grupos cívicos. Es decir que a un año de deliberaciones no se había resuelto ninguno de los problemas principales planteados en la AC, lo que hacía prever su casi inevitable fracaso, con consecuencias políticas sumamente graves para el Gobierno y a la vez para las organizaciones sociales que la promovieron y apoyaron.

En esta situación, el MAS recurrió a la negociación con la oposición para aprobar en el Congreso una ley de ampliación del plazo de la AC hasta el 4 de diciembre de este año, que a la vez le dotaba de nuevas normas de funcionamiento. El gobierno consideró que la medida le daría viabilidad a la AC y garantizaría su término. Pero en los hechos esto no fue suficiente para permitir el trabajo del cónclave. Los grupos políticos y cívicos que promovían su cierre continuaron con sus acciones de desestabilización del Gobierno y del proceso constituyente utilizando como pretexto la capitalía plena y Tribunal Constitucional.

La crisis en la que se encuentra la Constituyente hace dudar de su finalización, pero más importante aún hace dudar sobre sus resultados. Por lo que a estas alturas será importante preguntarnos ¿Qué es lo que puede ofrecer al país una Constituyente que en sus condiciones actuales ha perdido su esencia transformadora inicial, definida por la agenda de los movimientos sociales?

El origen de la constituyente:

En la década de los noventa, los pueblos indígenas del Oriente realizaron varias marchas hacia La Paz, reclamando el reconocimiento de sus derechos como pueblos. Ya en 1996 la Marcha por la Dignidad y el Territorio tuvo dos exigencias principales ante el gobierno: la dotación de territorios y el reconocimiento por parte del Estado de los derechos culturales y políticos de los pueblos indígenas de tierras bajas, que para los marchistas sólo podía darse mediante una modificación de la CPE, por lo que se plantearon como demanda estratégica la realización de una Asamblea Constituyente.

Posteriormente, en el año 2000, con el inicio de las grandes movilizaciones de la Guerra del Agua y los bloqueos campesinos en el altiplano, el movimiento indígena de tierras altas retomó la demanda de AC, como mecanismo de reforma del Estado para el reconocimiento de la autodeterminación de los pueblos indígenas y sus territorios, a la vez los movimientos urbanos también plantearon esta exigencia en la perspectiva de tener un instrumento de cambio del modelo neoliberal en el ámbito económico.

Entre los años 2003 y 2005, la situación política reveló la profunda crisis del Estado neoliberal, con grandes movilizaciones sociales a nivel nacional que terminaron parando el proceso de expropiación de los recursos naturales y obligaron a renunciar a dos Presidentes, provocando una profunda critica a la estructura económica y política del país. En esta coyuntura, el MAS y los sectores campesinos e indígenas lograron posicionar nuevamente la necesidad de una AC que responda a los cambios profundos que exigían los sectores populares.

Si bien el origen de la propuesta de la AC se encuentra en los pueblos indígenas de tierras bajas, en el proceso se extendió a nivel nacional mediante los sectores campesinos e indígenas del altiplano y los valles, promovida por sus dirigencias, generalizándose a la vez en sectores urbano-populares. Pero en este proceso también su sentido inicial se transformó, de una demanda más representativa de las necesidades indígenas de reconocimiento cultural y político por el Estado neoliberal, a un instrumento que permitiría de forma democrática transformar a fondo la sociedad boliviana, resolviendo demandas de carácter nacional: la autodeterminación de las naciones originarias, el cambio de la democracia partidista al control directo del Estado por parte de los sectores sociales, la transformación del modelo neoliberal, la intervención directa del Estado en la economía y su control de las empresas estratégicas, la nacionalización de los recursos naturales, la redistribución de tierras y expropiación de latifundios, etc. Es decir que las demandas históricas de los sectores populares del campo y las ciudades vieron en la AC, un instrumento que sintetizaba la transformación de la sociedad nacional. 

La evolución del proceso constituyente. Negación de su concepción popular:

Recordando el periodo 2003-2005, vemos grandes movilizaciones ejerciendo una presión decisiva en el sistema político, que se vio obligado a considerar la agenda de los sectores populares. Bajo esta misma presión los partidos en distintos sentidos y en su mayoría sólo formalmente deben recoger varias demandas de las organizaciones sociales, entre las que se encuentra principalmente la AC. Este periodo tiene la característica de la agudización en el enfrentamiento entre los movimientos sociales que avanzan en su proyecto de cambio y la vieja oligarquía que fraccionada y débil se resiste a perder parte de su poder. Los partidos políticos y el Gobierno en el centro de esta pugna se convierten en elementos claves para definir el futuro de la propia AC. Si bien la correlación de fuerzas es favorable a los sectores populares, la oligarquía, haciendo uso de su aparato político aún mayoritario y aprovechando la ambigüedad del MAS -que ya desde entonces muestra una tendencia de retroceso ante los grupos de poder como se verá en el proceso- logra imponer varias normas que definirán a la larga los obstáculos de la AC y generarán los focos de resistencia de la propia oligarquía.
Un antecedente importante en este periodo se da a principios del año 2005, cuando los cívicos cruceños logran instrumentalizar el descontento y las movilizaciones en reclamo por el alza de carburantes y cohesionar a parte de la población cruceña bajo la consigna de autonomías departamentales. El movimiento autonomista más fortalecido logrará presionar al gobierno de Carlos Mesa para aprobar el 8 de abril de ese año una primera Ley definiendo la elección de prefectos mediante el voto. Posteriormente, el Presidente Rodríguez Veltzé posterga estas elecciones para el 18 de diciembre del 2005. Esta reforma a la larga tendrá un peso decisivo en la correlación de fuerzas nacional y en el proceso de la AC, ya que permitirá a los grupos de poder tomar las prefecturas de varios departamentos y convertirlas en cuarteles generales contra del régimen de Morales, contra las reivindicaciones populares planteadas en la AC y a favor de las autonomías departamentales. Es claro que desde el inicio de la AC hasta hoy los grupos más conservadores han tenido un apoyo logístico y político en sus acciones de boicot a una constituyente transformadora. Sin delimitar competencias y atribuciones la promulgación de esta Ley, que en su momento fue incluso justificada por el MAS bajo un discurso de apoyo a la descentralización, provocó la reconcentración del poder de la oligarquía a nivel local.

Un segundo hecho importante que tiene influencia decisiva en el proceso constituyente, es el referéndum autonómico, el cual fallidamente convocado por Carlos Mesa al no recibir el apoyo del Parlamento, corrió mejor suerte en el régimen de Morales, que al mismo tiempo de convocar a la AC (6 de marzo de 2006), promulga la Ley 3365 convocando al referéndum sobre autonomías. Esta convocatoria definió consultar a la población su acuerdo o no a la implementación de autonomías departamentales, indicando que los resultados del referéndum tendrían carácter obligatorio para la AC y la votación sería considerada de forma departamental. Es decir que los departamentos en los que ganase por simple mayoría el «si» a las autonomías departamentales, de forma inmediata a la finalización de la AC accederían a un régimen de autonomías departamentales. Ya en ese momento se preveía el triunfo de las autonomías departamentales en la mitad del país y se condicionaba a la AC -aún inexistente- a aprobar el proyecto autonómico de los cívicos.

La ley de convocatoria a la AC ya limitaba sus acciones, al establecer su mandato por el lapso de un año, pero el hecho más importante y definitivo para su futuro, se remite al sistema de elección de constituyentes que además de retomar el sistema partidista bajo el mecanismo de: tres constituyentes por cada una de las 70 circunscripciones uninominales, haciendo un total de 210 asambleístas (dos elegidos por primera mayoría y uno por segunda mayoría)  Y cinco constituyentes por cada una de las 45 circunscripciones plurinominales, (dos elegidos por primera mayoría uno por segunda mayoría, otro por tercera, y uno por cuarta).

Los articulados de esta Ley referidos a la elección de constituyentes, tienen suma importancia en el proceso, ya que excluyen de forma directa a las organizaciones sociales de su participación en la AC y garantizan la incorporación de un bloque de asambleístas que represente a la minoría conservadora y derechista del país. Dando exclusividad al sistema partidista, se logró salvarlo de su crisis, pero a la vez se impidió el acceso de organizaciones indígenas, campesinas, obreras, vecinales, etc. mediante la elección directa de sus candidatos. Pese a que las organizaciones indígenas y campesinas ligadas directamente al partido de gobierno habían propuesto un sistema que contenga la elección por circunscripciones y partidista, conjuntamente a la elección directa por pueblos indígenas, lo que garantizaba una real y significativa participación de estos pueblos en la AC, el MAS, buscó fortalecer su propio partido, concentrando la votación popular, manteniendo el control de sus candidatos y a la vez conciliando nuevamente con la derecha, negando así la reivindicación popular y desconociendo las demandas de sus propias bases sociales.

Por otro, lado mediante el sistema de elección ya se definía la propia composición de la AC, garantizando que la votación minoritaria -que claramente optaría por los partidos de derecha- sería reconocida en la AC. La misma norma promulgada por Morales ya definía previamente que la propuesta de nueva Constitución tendría que ser aprobada por dos tercios de votos de los asambleístas. Esto significaba omitir por completo la voluntad popular, dándole el mayor poder a la minoría derechista en la definición de la AC. Es decir que en primer lugar, se garantizaba de cualquier forma y por cualquier votación la presencia de los partidos tradicionales en la asamblea. Pero aún más, al requerir dos tercios para la aprobación de la Constitución prácticamente se les daba el poder exclusivo de definir el trabajo de la AC.

Se puede ver en esta norma los elementos más importantes que llevaron a la AC a su situación actual. El aislamiento de los movimientos sociales, junto a la incorporación obligada de los partidos de derecha, dotados de un gran poder en el cónclave, terminaron -antes de su inicio- con la alternativa de cambio de la Asamblea. Pero las conciliaciones con la derecha y los grupos de poder que parecen coyunturales en el régimen de Morales, con la convocatoria ya quedarán como una tendencia definitiva.

Una vez instalada la AC se abrió una pugna interminable por la definición del reglamento, en la que masistas y oposición disputaron los espacios de poder que planteaba la Ley de Convocatoria. Finalmente el reglamento concluyó que el trabajo en comisiones presentaría informes por mayoría y minoría a la Plenaria, la que aprobaría la nueva Constitución en detalle por dos tercios de votos de la Plenaria y por mayoría absoluta el texto en grande.

Después de ocho meses entrampados en esta discusión, las comisiones trabajaron los cuatro meses que les quedaban, reflejando en sus resultados la propia composición de la Asamblea: generando informes por mayoría (MAS) y minoría (PODEMOS). En agosto, ningún informe había sido consensuado y varias de las comisiones no terminaron sus informes. En esta situación, con una oposición que tenía todos los medios para inviabilizar el avance de la AC, a pocos días del término de su mandato, el Gobierno y los congresistas del MAS mediante una negociación directa con los partidos de la derecha, consensúan una Ley de ampliación, que será el último sello que cierre la posibilidad de algunas reformas sociales importantes en la AC.

La promulgación de la Ley de ampliación promovida por el MAS, aceptando las más duras condiciones de la derecha, ha servido de salvavidas a la AC, intentando esconder su crisis, pero a la vez la ha desvirtuado por completo, a tal punto que las modificaciones hechas a la ley de Convocatoria, obligan a la Asamblea acatar decisiones tomadas en el Congreso aún cuando éstas violan su carácter soberano y originario, su reglamento general y el sistema de  votación aprobado y en vigencia; y por si fuera poco, trastocan las reglas del sistema democrático, ya que no sólo amplían las sesiones de los asambleístas, sino que definen reformas fundamentales a su funcionamiento, a la aprobación de los informes de las comisiones y a la aprobación de la nueva CPE. Veamos rápidamente lo que plantea esta Ley.

La promulgada Ley modificatoria, obliga a los constituyentes masistas a una votación de bancada en las comisiones, cuyo objetivo es asegurar que la propuesta de Podemos sea la única alternativa para los informes de minoría. Con ello se viola el derecho inalienable que asiste a las personas para  emitir su voto  libremente y a conciencia; estableciéndose además esa obligación exclusivamente para los constituyentes pertenecientes a la bancada que alcance los votos necesarios para erigir su propuesta en informe de mayoría (es decir los constituyentes del MAS). Y con una ingerencia  inadmisible sobre la Constituyente  se quita validez a los informes de Comisiones que han sido ya votados y elevados a la Directiva para su consideración en la Plenaria

Se deja establecido expresamente que el informe por mayoría (MAS) y el de minoría (Podemos) deberán ser aprobados conjuntamente en la Plenaria de la Asamblea. Una vez aprobado en grande  el texto de la nueva CPE por mayoría absoluta, los informes por minoría deberán ser considerados en la aprobación en detalle que implica la aprobación de cada artículo por dos tercios de los constituyentes. En caso de artículos que no alcancen dos tercios de la votación, se procederá a un primer referéndum dirimidor cuyo contenido de consulta deberá ser elaborado en el Congreso Nacional. El resultado del voto emitido por el pueblo deberá ser incluido en el texto de la Constitución sin modificaciones, ni interpretaciones, pero a renglón seguido se amplía el poder de veto concedido ya en marzo de 2006 a los partidos de derecha, estableciéndose que a pesar de emitida la voluntad del soberano, el nuevo texto deberá alcanzar dos tercios de los votos de los constituyentes para su aprobación y para ser sometido a un nuevo referéndum esta vez ratificatorio. No podemos sino esperar que aún cuando el referéndum dirimidor sea favorable a las propuestas de los sectores sociales, se volverá a negociar y acceder a nuevas condiciones que imponga la minoría de la derecha en la AC.

En síntesis, esta Ley convierte a la Asamblea en el apéndice (accesorio y dependiente) del Congreso Nacional, al que se le permite usurpar el papel  Constituyente. Mas aún, en una interpretación arbitraria de lo democrático, el Gobierno ha llegado a convenir con la oposición la obligatoriedad de las mayorías de alcanzar un voto cualificado de dos tercios para legitimar su proyecto político, lo que deriva en la imposición de validar una votación  ampliamente mayoritaria sólo y exclusivamente si los sectores minoritarios de oposición y de derecha así lo avalan. Contrariamente, la élite de derecha, ha conseguido que le asista el derecho a que su proyecto político en la Constituyente sea validado y sometido a referéndum sin necesidad de alcanzar un porcentaje mínimo de votos, en razón -únicamente- de su condición de minoría opositora. Adicionalmente se les concede el derecho de vetar o avalar la votación de las mayorías si éstas no son de su conveniencia, incluyendo el derecho a veto sobre los resultados del referéndum dirimidor de los artículos que no llegaron a consenso en la Plenaria de la Asamblea.

Hasta aquí ha llegado la AC de la mano del Gobierno y de la derecha. Como hemos visto en las anteriores referencias, el proceso de la Constituyente ha sido viciado desde un inicio mediante diferentes negociaciones. Una gran parte de las leyes y decretos -referidos al proceso constituyente y las autonomías- apoyados en el parlamento por el MAS o promulgados por Morales, han tendido a desviar el contenido de la AC. Todas estas normas directa o indirectamente han provocado la rearticulación y el incremento del poder de las oligarquías, les han dotado a los partidos de derecha un poder inigualable para vetar y obstaculizar cualquier tímida reforma de contenido social en la AC y paralelamente garantizar mediante una y mil formas la incorporación de su proyecto.

Paradójica resulta entonces la insistencia gubernamental en asegurar que el camino de negociación por el que ha optado, es el que garantiza a las mayorías del país la construcción de un nuevo tipo de Estado en el que los sectores históricamente excluidos serán protagonistas e interlocutores válidos en el escenario político, económico y social de la Nación. La «conquista gubernamental» de ampliación de la Asamblea en estas aberrantes condiciones demuestra el fin de un proceso en el que el MAS definitivamente claudica en una lucha por una AC transformadora.

A pesar de esta situación en la que los partidos de derecha y los sectores de poder tienen condiciones favorables que garantizan la incorporación de su propuesta, los sectores de derecha aún tienen en el camino un obstáculo  para sortear: la necesidad de someter a Referéndum su propuesta.

Ciertamente ya han conseguido relativizar en gran medida ese riesgo. En principio, con la Ley de Convocatoria a Referéndum Nacional Vinculante para las Autonomías Departamentales que violentando la propia Ley de Referéndum vuelve vinculantes los resultados departamentales para un asunto de consulta y carácter nacional. Con esa Ley recibida a cambio de permitir la instalación de la Constituyente, la derecha ha logrado sortear el debate nacional sobre su proyecto autonómico y ha obligado su inclusión en el texto constitucional (respaldada por votaciones departamentales por simple mayoría en contradicción a los 2/3 requeridos para cualquier reforma a la Constitución). Un segundo logro obtenido ha sido la inclusión expresa en la nueva Ley modificatoria de un artículo que obliga a la Constituyente a cumplir con los resultados departamentales del Referéndum autonómico del 2 de julio de 2006. Con ello han ratificado la entrada en vigencia de su autonomía departamental inmediatamente finalice la Asamblea. En tanto, la demanda de autonomías indígenas y regionales recogida en la propuesta del MAS tiene un camino difícil en su concreción, pues necesita para ello contar con el aval de los constituyentes de derecha opuestos a sus contenidos y alcances. Esto hace prever que en ese camino inevitablemente se acuda a la negociación y de esa forma otro planteamiento más de los sectores populares pierda gran parte de su esencia.

Pero lo cierto es que el peligro que supone la voluntad del pueblo soberano, aún no ha sido del todo conjurado y para la derecha resulta necesario intentar consolidar -oportunamente- un pacto previo al Referéndum que dé a su proyecto autonómico los alcances absolutos que persigue. Quedar a merced de una consulta popular de carácter nacional resulta todavía un obstáculo que a toda costa deben eliminar. Así se explican las incontables situaciones en las que la presión conservadora ha logrado introducir en la agenda política y en la Constituyente elementos ajenos a las transformaciones de fondo del Estado y argumentos -cuando no falsos- absolutamente secundarios (léase fantasma de la inflación, irrespeto a las normas democráticas, amenazas a la religión Católica, eliminación de  la educación privada, anulación de la autonomía universitaria, y más recientemente Capitalía Plena para Sucre y Tribunal Constitucional). 

Es en ese contexto en que debe analizarse la táctica de la oposición de levantar falsas y huecas banderas de lucha, generando confrontación y desestabilización social para obligar a una negociación extra Constituyente entre el oficialismo y la clase política tradicional a fin de concretar un nuevo Pacto que a cambio de la paz social y otras concesiones menores como la posibilidad de la reelección presidencial, les garantice incluir con los votos del oficialismo, el contenido que necesitan dar constitucionalmente a su autonomía departamental, evitando así la necesidad de enfrentarse a la propuesta oficialista en el telón de fondo de un Referéndum nacional que claramente les es adverso.

La correlación de fuerzas como elemento determinante de la AC:

No tendríamos una lectura correcta de lo ocurrido, si pensamos a la AC en sus estrechos marcos, entre políticos opositores y Gobierno, entre leyes y decretos. Si bien lo mencionado hasta ahora nos da elementos importantes para ubicar la situación en la que se encuentra y los orígenes de estos elementos, debemos pensar la AC más bien como una expresión de algo más general y profundo. Una constituyente en efecto sólo es la expresión de un determinado desarrollo de las fuerzas sociales y sus contradicciones, que define la forma del Estado y las relaciones sociales entre sus habitantes. En efecto, en tanto las fuerzas sociales manifestaron la fortaleza de los sectores populares, la AC se proyectaba como una expresión de sus necesidades y de su poder, pero en tanto esta tendencia se anula y se fortalece la derecha, la misma constituyente se sujeta a esta correlación favorable a las oligarquías.

Es en el momento en que las organizaciones sociales quedan inmovilizadas y sin intervención directa en la política nacional y por lo tanto en la AC, excepción hecha de las organizaciones indígenas, que la correlación de fuerzas entre los sectores define que la evolución de la AC y de la política publica del gobierno, tenga una naturaleza cauta y hasta conservadora.

A partir del periodo electoral del año 2005, los sectores que protagonizaron las luchas de rechazo más importantes en contra de la clase dominante y su Estado, entraron en una dinámica de desmovilización, confiando que el poder del aparato del Estado en manos del MAS garantizaría la realización de sus demandas y generaría los cambios económicos y políticos profundos que la crisis del Estado exigía, al margen de su acción colectiva y de su movilización permanente. Bajo esta lectura los dirigentes de las organizaciones sociales optaron por disputar los espacios de poder que generaba el asenso del MAS al Gobierno. Este fenómeno se amplió mediante la captación de dirigentes ejecutada por el MAS, provocando que las direcciones del movimiento social pierdan de vista las necesidades de sus propios sectores y provocando una ausencia de dirección en las organizaciones. Por otro lado el propio discurso del Gobierno y los dirigentes planteando la necesidad de una alianza de clases y sectores, evitando cualquier tipo de confrontación, generó la desmovilización y la eliminación de cualquier medida de presión hacia el gobierno y hacia las clases dominantes.

De forma paralela la oligarquía cruceña se ha constituido en la dirección de los grupos más conservadores a nivel nacional agrupando a las prefecturas, universidades privadas, comités cívicos y otro tipo de instituciones de la media luna. En el último mes y mediante el apoyo a la demanda sucrense de capitalía plena, también ha consolidado como aliados a las instituciones de Sucre, que se han convertido en un puntal del apronte derechista, en tanto tienen la posibilidad de bloquear el desarrollo de la AC.

Conclusión:

La crisis actual en la que se debate la AC, es producto de una determinada situación política y social en la que los grandes movimientos sociales pierden protagonismo, dejando en completa libertad al gobierno y los sectores oligárquicos, que remiten el debate de los problemas centrales del país y de la AC a una disputa de fracciones por el poder del Estado, aislándose de las grandes mayorías para negociar sus espacios, situación en la que el MAS siempre sale perdiendo por su confianza ciega en la conciliación. En resumen el fracaso de la AC se da en un escenario en el que las organizaciones sociales delegan por completo su representación al gobierno y al MAS, perdiendo su perspectiva histórica y concentrándose en la defensa del gobierno de forma coyuntural, frente a la arremetida derechista.

Reponer un proyecto de cambio en el país -mediante la AC, u otras estrategias- dependerá de un escenario opuesto, es decir de la incorporación masiva y militante de las organizaciones populares en la vida política del país, de la recuperación de su capacidad crítica y de su autonomía frente al Estado y los partidos políticos.