La Oficina Anticorrupción avaló el pedido de YPF para seguir manteniendo en secreto el trato firmado con la multinacional Chevron, ignorando un fallo de la Corte Suprema. La jueza que debe resolver la causa, María Cristina Carrión de Lorenzo, renunció a su cargo. Sin embargo, hay tiempo hasta el viernes para conocer la decisión de […]
La Oficina Anticorrupción avaló el pedido de YPF para seguir manteniendo en secreto el trato firmado con la multinacional Chevron, ignorando un fallo de la Corte Suprema. La jueza que debe resolver la causa, María Cristina Carrión de Lorenzo, renunció a su cargo. Sin embargo, hay tiempo hasta el viernes para conocer la decisión de la Justicia.
Luego de una breve reunión con Miguel Galuccio -CEO de YPF-, la directora de la Oficina Anticorrupción (OA) Laura Alonso tomó la decisión de avalar el pedido de la empresa para mantener en secreto el acuerdo firmado con la multinacional Chevron en 2013. Esta decisión se inscribe dentro de la serie de dilaciones que vienen denunciando desde distintos sectores que exigen el cumplimiento del fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) que exige a la petrolera hacer público el contrato. El tratado secreto En 2013, YPF y Chevron firmaron un contrato para la explotación de hidrocarburos en la reserva de Vaca Muerta. El acuerdo de 35 años para la extracción de petróleo y gas no convencionales en el área de Loma de Campana no pasó desapercibido: meses antes de la firma, la Justicia argentina falló a favor de la multinacional norteamericana y levantó el embargo que pesaba sobre sus activos en el país a raíz de la larga lucha de los indígenas, y del propio gobierno de Ecuador, para remediar el enorme pasivo ambiental y resarcir las miles de víctimas de la empresa en la Amazonía ecuatoriana. La intervención de la procuradora general de la Nación, Alejandra Gils Carbó, demostró en ese mismo momento la complicidad del Gobierno nacional -por entonces kirchnerista- y sus intenciones.
Un día antes de la firma del acuerdo definitivo con Chevron, el Gobierno nacional firmó el decreto 929/13, instrumentando el «Régimen de Promoción de Inversión para la Explotación de Hidrocarburos». Esta decisión fue definida como un «traje a medida» para la corporación, ya que estableció un nuevo marco impositivo y jurídico ventajoso para el sector que, incluso, contradecía a la Ley de Hidrocarburos. El primer punto que advirtió la organización Observatorio Petrolero Sur (OPSur) fue que a partir del quinto año de iniciado un proyecto con una inversión mínima de mil millones de dólares, el 20 por ciento de lo extraído estará sujeto a cotización internacional, así sea para exportación o para mercado interno; y en el primer caso, se quitará todo gravamen aduanero y se permitirá la libre utilidad de divisas. Además, explicaron que de no alcanzarse el autoabastecimiento, todo lo extraído será destinado al mercado interno y se compensará a la operadora con la diferencia; una garantía excepcional para las corporaciones.
Con el decreto también se creó la figura de «Concesión de Explotación No Convencional de Hidrocarburos», habilitándose la creación de nuevas áreas. «Este reordenamiento territorial no será competencia únicamente de las oficinas públicas sino que también se ajustará a las peticiones de las empresas inscriptas dentro del nuevo régimen. Esto crea mayor incertidumbre sobre la capacidad regulatoria del Estado por el grado de discrecionalidad y poder que tendrán las operadoras para modificar las áreas de acuerdo a sus intereses. Es particularmente preocupante que se habilite a las empresas a subdividir las áreas convencionales y se les adjudique directamente, sin licitación pública, lo que ellas definan como no convencionales por el plazo de 35 años», alertaba el OPSur.
Al día siguiente -el 16 de julio de 2013- se cerró el trato entre la parcialmente estatizada y la multinacional estadounidense. El «acuerdo estratégico» celebrado por los funcionarios pasó por encima de la legislación indígena vigente (Constitución Nacional, tratados internacionales), cercenando el derecho de las comunidades mapuche de decidir e intervenir en su propio territorio, donde se asentó el proyecto. Tampoco se consideraron las alertas por el posible impacto negativo en el ambiente y en la salud de las personas a raíz del nuevo método extractivo practicado a gran escala: la fractura hidráulica o fracking. La resistencia no sólo fue ignorada -incluso la del ámbito científico-, sino que obtuvo una clara respuesta: la manifestación frente a la Legislatura de Neuquén en contra del acuerdo fue duramente reprimida, dejando como saldo varios heridos, uno de ellos de bala de plomo. El Gobierno había apostado fuerte al acuerdo con Chevron y lo defendió con palos y balas.
Si bien el hermetismo del trato existió desde el primer momento, trascendieron algunos puntos. Los principales ítems que se hicieron eco en los medios aseguraban, en primer lugar, que en caso de incumplimiento o disputas que puedan desatarse luego del convenio, la ley que se aplica es la de la ciudad de New York. Otro de los puntos que destacaron asegura que en caso de existir un desacuerdo o un conflicto entre Chevron e YPF, la jurisdicción no sería la de la Justicia argentina, sino la Corte Internacional de Arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional (CCI), con sede en Francia. Vale aclarar que esto es similar a la cláusula que permitió a los llamados «fondos buitre» litigar contra Argentina en tribunales norteamericanos.
Otra parte del acuerdo se conoció a través de un artículo de The New York Times. Según el diario norteamericano, «funcionarios petroleros argentinos dijeron que el acuerdo Chevron-YPF protegerá a la compañía americana de una pérdida financiera ligada a un cambio en los vientos políticos». Además, asegura que luego de una inversión de 1.200 millones de dólares, la empresa puede retirarse 18 meses más tarde de las operaciones, sin penalización alguna y continuar recibiendo los beneficios netos del 50 por ciento de la producción de los pozos iniciales a perpetuidad. El emblemático diario, que calificó de «extraña» la alianza entre el gobierno de Cristina Fernández de Kirchner y la multinacional, también destacó el potencial de Vaca Muerta en reserva de petróleo y gas no convencional y coincidió con lo que muchos analistas advertían: que Argentina intenta imitar el modelo -o la «revolución»- del shale oil en Estados Unidos.
Otros de los presuntos puntos del acuerdo que trascendieron en ese momento fueron desmentidos por el propio Galuccio. Una de las versiones desestimadas aseguraba la exigencia de un fondo multimillonario que YPF debería depositar en un banco en el exterior como garantía para Chevron. Sin embargo, las enumeradas arriba y otras especulaciones nunca fueron aclaradas, generando gran incertidumbre y sospechas aún más profundas. El escepticismo, la indignación y las denuncias (incluso de muchos de los funcionarios que hoy, en el Gobierno nacional, cambiaron de posición) podían frenarse de la única manera que nunca se consideró: haciendo público todo el tratado.
Un fallo «histórico» Luego de la firma, el entonces senador nacional, Rubén Giustiniani -actual diputado de Santa Fe-, inició una acción de amparo exigiendo el acceso al contrato de las petroleras para explotar un área de la codiciada Vaca Muerta. Pasaron más de dos años hasta que la Corte Suprema emitió el fallo esperado: luego de dos resoluciones en las que se favoreció a las empresas y tras varias dilaciones, la Justicia ordenó que se hagan públicas las cláusulas secretas del pacto YPF-Chevron.
El fallo, firmado por los ministros Ricardo Lorenzetti, Carlos Fayt y Juan Carlos Maqueda, fue concluyente: en primer lugar se ampara en el derecho de buscar y recibir información, consagrado por la Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre y por la Convención Americana sobre Derechos Humanos. A la vez, destaca que «la libertad de información es un derecho humano fundamental y que abarca el derecho a juntar, trasmitir y publicar noticias y contempla la protección del derecho de acceso a la información bajo el control del Estado, que tiene por objeto asegurar que toda persona pueda conocer la manera en que sus gobernantes y funcionarios públicos se desempeñan». En base a estos principios, la sentencia examina la particular situación de YPF (empresa que mantiene la personalidad jurídica de sociedad anónima): el Poder Ejecutivo Nacional no sólo dispone del 51% de las acciones de la sociedad, sino que además ejerce un rol preponderante en su gobierno y cuenta con el poder para determinar sus decisiones. Esto se ve manifestado, entre otros aspectos, en el hecho de que la propia Presidenta haya designado al gerente general y de que el Ministro de Economía forme parte del directorio. La evidencia admite que la sociedad se encuentra bajo la órbita del Poder Ejecutivo Nacional y, por eso, debe permitir a cualquier ciudadano el acceso a información relacionada con sus actividades.
La sentencia destacó que se encuentra comprometido el interés público y, por lo tanto, no puede admitirse la negativa a brindar información. También aclara que YPF no puede ampararse en normas destinadas a la búsqueda de eficiencia económica y operativa para evadir la obligación de garantizar y respetar el derecho de acceso a la información. El escrito admite que si bien en determinadas y excepcionales situaciones el derecho de acceso a la información puede estar sujeto a ciertas limitaciones, «no existiría en el presente caso un conflicto normativo», como había afirmado la cámara. En particular, remarcó que las «genéricas e imprecisas afirmaciones» que YPF formuló en la causa no son suficientes para tener por probado que la divulgación del contenido del acuerdo pudiese comprometer secretos industriales, técnicos y científicos. Más adelante, agrega: «En las presentaciones formuladas en autos la demandada exclusivamente se limitó a invocar la concurrencia de las causales de excepción […] para justificar el rechazo de la solicitud que se le formulara, sin aportar mayores precisiones al respecto. Convalidar, sin más, una respuesta de esa vaguedad significaría dejar librada la garantía del acceso a la información al arbitrio discrecional del obligado y reduciría la actividad del magistrado a conformar, sin ninguna posibilidad de revisión, el obrar lesivo que es llamado a reparar».
Las 22 páginas del fallo demuestran que no existen motivos -al menos desde la propia defensa- que justifiquen la decisión de YPF de rechazar el pedido de información iniciado por Giustiniani. También aclara, al final, que no corresponde a Chevron Corporation intervenir en el juicio ya que sólo la empresa parcialmente nacionalizada está obligada por la normativa a garantizar el acceso a información.
Secreto de Estado Sin embargo, la decisión de la Corte no fue suficiente. El fallo, que se dio a conocer el 10 de noviembre de 2015, en plena campaña por la segunda vuelta entre Daniel Scioli y Mauricio Macri, fue ignorado. La empresa presentó un recurso ante el Juzgado Contencioso Administrativo Nº 7 exigiendo que se mantenga la confidencialidad del contrato. La jueza María Cristina Carrión de Lorenzo -quien había rechazado la demanda en su inicio-, haciendo juego a las trabas y dilaciones de la empresa, pospuso por varios días el acceso al trato.
«La táctica dilatoria de Galuccio está clara: nunca quisieron mostrar ese contrato. Estamos hablando de la segunda reserva de gas no convencional y de la cuarta de petróleo más importantes del mundo; estamos hablando de una concesión directa que se dio por 35 años, con la metodología del fracking para extraer -cuestionada internacionalmente por la contaminación ambiental que produce-. Estamos hablando de muchos recursos y compromisos a futuro de la Argentina y por eso queremos saber de qué se trata, pero hasta el momento, con tácticas dilatorias de YPF, no pudimos tener acceso», explicó Giustiniani a La Brújula de la Mañana.
El diputado contó que en un escrito que le envió YPF le reconocen que el contrato depositado en la Justicia -y que espera ser liberado para su investigación- no está completo, sino que es sólo una parte. Además, el informe admite que fueron tapadas las partes que la empresa considera confidenciales: «Dejaron un contrato mutilado y tachado que está en la caja fuerte de la Justicia, que es a lo que todavía ni pudimos acceder. No sabemos ni si es una carpeta con cien folios, con mil folios; si es una carpeta o si son cincuenta cajas. Lo que sí sabemos a partir de ese escrito es que, por ejemplo, el contrato no lo firman YPF y Chevron, sino dos subsidiarias de ambas empresas: YPF Shale Oil Investiment -así con letra en inglés, porque es una empresa pantalla que está registrada en el estado de Delaware, Estados Unidos, que es un reconocido paraíso fiscal. Empiezan a aparecer cosas que son bastante extrañas».
Al final de la entrevista, Giustiniani volvió a insistir en su pedido y recordó que hasta el viernes hay tiempo para conocer la decisión de la magistrada Carrión de Lorenzo. «Tenemos derecho a saber si se contamina o no, en qué condiciones se le ha dado nuestros recursos naturales a una empresa extranjera. Hay cuestiones de soberanía, de cumplimiento de la Constitución Nacional; el secretismo nos ha costado caro en los últimos años», finalizó el diputado.
La decisión de la Oficina Anticorrupción de avalar la confidencialidad del acuerdo, fue considerada por Giustiniani de una «gravedad institucional inusitada» en un breve comunicado. La noticia del giro de la directora de Laura Alonso, directora de la OA, respecto del acuerdo tuvo gran repercusión durante todo el día de ayer. No tardaron en aparecer declaraciones y tweets de cuando, siendo oposición, acusaba de «bochorno» dicho pacto y apuntaba a la «hipocresía K». Es menester aclarar que esto último fue publicado en plena campaña electoral. En una pobre defensa, en el programa radial de Nelson Castro, demostró que los argumentos para su «cambio» son bastante flojos: admitió no haber tenido suficiente información anteriormente. Un dato de color: la reunión con Galuccio duró apenas quince minutos, según la propia agencia estatal Télam.
Por estos días se conocieron otras noticias que deben inscribirse en el litigio y los intereses puestos en juego: la renuncia a YPF de Miguel Galuccio y de la jueza a cargo de la causa, Carrión de Lorenzo. Todo esto puede oscurecerse aún más si el contrato no es publicado antes que termine la semana.
Son evidentes los esfuerzos del Gobierno nacional por proteger el acuerdo con Chevron, en sintonía con el kirchnerismo. También es evidente la política de profundización del modelo extractivista y de entrega: alcanza con repasar algunas de las medidas tomadas en torno a la minería, el agronegocio o la explotación de hidrocarburos.
«El secreto no es la regla de la democracia. El acuerdo con Chevron empieza mal: no es público. Corre frío por la espalda, ¿no?», dice un tweet de Laura Alonso, que ayer tuvo su revival en las redes sociales. Ahora que forma parte del Gobierno nacional, el secreto dejó de ser peligroso para la democracia o admite un estado de excepción para las corporaciones.
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