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Fuentes: República Internet

El artículo 7 de la vigente Ley Orgánica de Protección de Datos establece que sólo con el previo consentimiento del afectado podrán cederse a terceros datos de carácter personal que revelen la ideología, afiliación sindical, religión y creencias. Del mismo modo, el artículo 33 de la citada LOPD establece que no podrán realizarse transferencias de […]

El artículo 7 de la vigente Ley Orgánica de Protección de Datos establece que sólo con el previo consentimiento del afectado podrán cederse a terceros datos de carácter personal que revelen la ideología, afiliación sindical, religión y creencias.

Del mismo modo, el artículo 33 de la citada LOPD establece que no podrán realizarse transferencias de datos de carácter personal con destino a países que no ofrezcan un nivel de protección equiparable al de España, de no mediar el consentimiento del afectado, o previa autorización del Director de la Agencia de Protección de Datos, que sólo podrá otorgarla si se obtienen garantías adecuadas.

La Sociedad Genealógica de Utah, entidad fundada en 1894 bajo el patrocinio de la Iglesia de Jesucristo de los Santos de los Ultimos días, atesora en su depósito millones de datos de carácter personal, muchos de los cuales han sido obtenidos de los registros de bautismo de parroquias católicas.

Si bien el archivo físico está ubicado bajo 200 metros de granito sólido, junto a la ciudad de Salt Lake City, en el estado norteamericano de Utah, los registros pueden consultarse online a través de la página http://www.familysearch.org, pudiéndose verificar que figuran en el mismo los datos de bautismo de buen número de ciudadanos españoles, vivos y muertos.

Al margen de consideraciones morales o políticas sobre la finalidad de tal archivo, debemos plantearnos una pregunta estrictamente jurídica: ¿se ha recabado el consentimiento de los afectados para ceder tales datos? De no ser así, ¿quién asume la responsabilidad por su cesión internacional? Respetando profundamente las creencias de las diferentes confesiones religiosas, debe exigirse de éstas igual respeto para los restantes derechos fundamentales, entre los que el derecho a la privacidad no es precisamente baladí.

Como individuo perteneciente al género humano, me trae absolutamente sin cuidado saber si mis genes tienen su origen en un tal Adán o en una tal Lucy, o que tal inmensa base de datos sirva para pasar lista en el Juicio Final. Pero como abogado, me preocupa que millones de datos personales, relativos a las creencias de millones de españoles, hayan sido cedidos internacionalmente sin previo pronunciamiento de la Agencia Española de Protección de Datos.

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http://www.republicainternet.com/articulo.php?id=74