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Un nuevo Estado en Bolivia

Fuentes: Cambio

En el marco de la contundente victoria electoral del proceso de cambios estructurales que el pueblo boliviano sellara con su voto el 6 de diciembre, llega este 2010 cargado de desafíos históricos que no sólo guiarán la gestión de gobierno por los siguientes cinco años, sino que trascenderán la vida institucional y diseñarán la nueva […]

En el marco de la contundente victoria electoral del proceso de cambios estructurales que el pueblo boliviano sellara con su voto el 6 de diciembre, llega este 2010 cargado de desafíos históricos que no sólo guiarán la gestión de gobierno por los siguientes cinco años, sino que trascenderán la vida institucional y diseñarán la nueva estructura del naciente Estado Plurinacional.

Éste es el significado del gran salto político que dio el pueblo en las urnas y apuntaló la renovación de la estructura estatal. En este contexto, la Asamblea Legislativa Plurinacional -la única instancia con facultad de aprobar y sancionar leyes que rigen en todo el territorio nacional- tendrá la responsabilidad de asumir la redacción de cinco normas troncales que cimentarán al nuevo Estado en un plazo no mayor a 180 días desde su instalación: la Ley del Órgano Electoral Plurinacional, la Ley del Régimen Electoral, la Ley Marco de Autonomías y Descentralización, la Ley del Órgano Judicial y la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional. De acuerdo con lo previsto, la Ley del Órgano Electoral Plurinacional sentará las bases para la transformación institucional de la Corte Nacional Electoral en el Tribunal Supremo Electoral, el cuarto poder del Estado Plurinacional. La nueva ley detallará las atribuciones de esa máxima instancia electoral y de los tribunales electorales departamentales, juzgados electorales, jurados de mesas de sufragio y de los notarios electorales.

En tanto que la Ley del Órgano Judicial diseñará las bases del nuevo Poder Judicial que incorporará la justicia comunitaria y normará la elección, mediante voto popular, de los magistrados del Tribunal Supremo de Justicia y del Tribunal Constitucional Plurinacional. Este mandato constitucional representa -sin lugar a dudas- una medida destinada a despolitizar la administración de justicia. La jurisdicción ordinaria se ejercerá mediante el Tribunal Supremo de Justicia, los tribunales de sentencia y los jueces; la jurisdicción agroambiental por el Tribunal y jueces agroambientales, la jurisdicción indígena originaria campesina se ejercerá por sus propias autoridades que aplicarán sus principios, valores culturales, normas y procedimientos propios; y existirán jurisdicciones especializadas reguladas por ley.

La Ley del Órgano Judicial recogerá los principios de independencia, imparcialidad, seguridad jurídica, publicidad, probidad, celeridad, servicio a la sociedad, participación ciudadana, armonía social y respeto a los derechos, en el marco de una función judicial única. La jurisdicción ordinaria y la jurisdicción indígena originaria campesina gozarán de igual jerarquía.

Mientras que la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional permitirá una nueva estructura del control de la constitucionalidad y normará la forma de elección, con criterios de plurinacionalidad, de las magistradas y magistrados que lo conformen. Al igual que los miembros del Tribunal Supremo de Justicia, serán electos mediante voto popular.

La implementación del nuevo régimen de administración territorial tiene en las autonomías departamentales, municipales, regionales e indígenas originario campesinas a uno de sus principales ejes para la construcción del nuevo Estado Plurinacional. En este sentido, la Ley Marco de Autonomías y Descentralización establecerá las competencias que tendrán los gobiernos autónomos y regulará la transferencia y delegación de competencias, el régimen económico financiero, y la coordinación entre el Gobierno nacional y las entidades territoriales descentralizadas y autónomas.

Éstas son las normas que cimentarán la construcción del Estado Plurinacional, Comunitario y Autonómico que eligió con su voto la mayoría de los bolivianos. El reto es muy grande, tanto como la confianza del pueblo, ya que recoge un proceso político que germinó en lo más profundo de nuestra democracia y se extendió por toda la geografía patria. Es que la revolución democrática y cultural es la irrupción del pueblo en el Estado, como la incursión electoral del pueblo en la Asamblea Legislativa y en el Poder Ejecutivo es la suma de una revolución pacífica con la insurgencia de los sectores antes excluidos.

La Asamblea Legislativa Plurinacional, que tendrá en sus manos el diseño del nuevo Estado, representa la renovación de la estructura estatal, porque se trata de la transición de los moldes coloniales que había impuesto una élite señorial hacia un Estado Plurinacional inclusivo, solidario, digno y soberano. De ahora en más, éste es el tiempo para consolidar la economía, dar protección social y desarrollar iniciativas productivas a favor del pueblo.

Es que las dimensiones históricas del proceso de cambios estructurales que recorre la patria requieren hoy tanta fuerza como la que necesitó la aplastante victoria política del 6 de diciembre. Ésta es la revolución política y pacífica más importante de la turbulenta historia de Bolivia porque consagra la igualdad de los pueblos que no se había logrado desde 1825, así como la desconcentración del poder autonómico, para dar paso al nuevo Estado Plurinacional con bienestar, desarrollo y protección para todos los bolivianos.

Bolivia cerró en 2009 el capítulo de un Estado racista y discriminador que marginó de sus beneficios a las grandes mayorías nacionales. Hoy, en el inicio de este 2010, el nuevo Estado requiere de un Gobierno fuerte y de una oposición que actúe en los espacios democráticos que le deparó la voluntad del pueblo. Es la regla de oro, ni más ni menos.

Rebelión ha publicado este artículo a petición expresa del autor, respetando su libertad para publicarlo en otras fuentes.