La empresa estadounidense Google deberá responder por qué restringió dos artículos del portal uruguayo Sudestada sobre estudios jurídicos locales vinculados a un caso de lavado de activos. El Juzgado Letrado en lo Civil de 20° turno, a cargo del juez Pablo Benítez, admitió el recurso de amparo presentado por el portal uruguayo. Los representantes del gigante tecnológico en Uruguay están citados a una audiencia el miércoles 24 de noviembre.
En el escrito presentado por el abogado Matías Jackson, se planteó que ambos se vieron “perjudicados por la circulación limitada de la nota de prensa publicada. Se trata de una medida adoptada contra el material publicado por los actores que configura una restricción ilegítima a su derecho a la libertad de expresión de acuerdo al marco internacional de derechos humanos”.
Además, el documento plantea que “la medida adoptada vulnera la dimensión colectiva del derecho a la libertad de expresión. Esto es, el derecho de la sociedad y sus individuos a buscar y recibir información. La medida de desindexación de la nota periodística afecta claramente la circulación del contenido y su acceso para cualquier interesado”.
Añade que “quien busque información en internet acerca de las personas involucradas no podrá conocer la existencia de investigaciones en su contra y que tienen causas abiertas en su contra por lavado de activos”.
Uno de los artículos de Sudestada mencionaba al estudio jurídico Posadas, Posadas & Vecino por su presunta participación en el caso Lava Jato. Google notificó al portal uruguayo que restringiría el acceso a la investigación a raíz de una denuncia amparada en la Ley de Derechos de Autor de la Era Digital estadounidense (DMCA), que ya ha sido señalada como un texto que habilita a empresas y estudios poderosos para atacar la libertad de expresión y fuerza a las plataformas a incurrir en la censura previa contra periodistas y creadores de contenido a través de algoritmos.
La segunda investigación menciona la presunta participación del estudio del abogado Óscar Algorta en el caso de la empresa española Canal de Isabel II. Este artículo fue restringido en el marco de la Ley de Datos Personales de la Unión Europea y sólo para los países que integran ese bloque, España entre ellos.
Pese a que los artículos fueron publicados en 2017, las restricciones se aplicaron este año, pocos días después de la publicación de la investigación del Consorcio Internacional de Periodistas de Investigación (ICIJ) conocida como Pandora Papers.
Fabián Werner, cofundador de Sudestada y autor de los artículos periodísticos, había dicho a la diaria que la única información del denunciante que brindó Google fue “un nombre completamente falso, que no tiene ninguna red social” y del cual “la misma búsqueda de Google no arroja ningún resultado”. El supuesto denunciante en cuestión es Cindrel Kashawnu, que efectivamente no aparece en los resultados de búsqueda de la plataforma, excepto por la nota de Sudestada en que se informa sobre este caso.
Asimismo, Google informó al portal uruguayo que la denuncia “fue presentada en Estados Unidos”, lo cual implica que las partes quedan sometidas a la jurisdicción de ese país, “lo cual obviamente es imposible”, sostuvo Werner, que calificó el escenario como “un callejón sin salida”.
El abogado Matías Jackson, indicó que Google incurrió en una “vulneración y ataque contra los derechos a la libertad de expresión y a ser oído, a una decisión fundada y al debido proceso del medio de noticias Sudestada y del periodista Fabián Werner”, y pide que “se restituya de manera inmediata los contenidos desindexados y se ordene la adopción de medidas de no repetición de violación de derechos humanos y garantías procesales aquí afectados respecto de futuras denuncias contra el medio y el periodista”.
* Periodista uruguayo, analista asociado al Centro Latinoamericano de Análisis Estratégico (CLAE)
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