Con el objetivo de contribuir al diálogo para la promoción y defensa del derecho de la comunidad indígena de Santa María Ostula, Michoacán, a la adecuada demarcación, delimitación y protección jurídica efectiva de sus ancestrales tierras comunales, 56 connotados académicos de distintas disciplinas científicas se presentaron recientemente en su calidad de amicus curiae, ante el segundo tribunal colegiado en materia administrativa y del trabajo, del décimoprimer circuito domiciliado en Morelia, y en referencia al amparo directo 463/2023. Estos amigos de la corte o del tribunal, por su traducción del latín, presentaron un informe técnico en materias de antropología, arqueología e historia, en relación con la comunidad indígena quejosa y a la de esta litis constitucional, con el fin de que el tribunal cuente con mayores elementos para resolver el juicio de amparo, considerando la importancia de los derechos humanos, individuales y colectivos, que deben tutelarse.
Como lo asienta la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación (libro 54, 05/2018, tomo III, p. 2412), la figura del amicus curiae constituye una institución jurídica utilizada principalmente en el ámbito del derecho internacional, mediante la cual se abre la posibilidad a terceros, que no tienen legitimación procesal en un litigio, de promover voluntariamente una opinión técnica del caso o de aportar elementos jurídicamente trascendentes al juzgador para el momento de dictar una resolución involucrada con aspectos de trascendencia social.
El documento presentado y suscrito por estos especialistas consiste en un versado e integral alegato en defensa de la comunidad agraria e indígena de Santa María Ostula, en el que se presenta la trayectoria histórica de esta población nahua, con orígenes prehispánicos, que se constituye como pueblo congregado durante el periodo colonial, conservando sus instituciones de gobierno y un territorio reconocido por las autoridades novohispanas y conservado durante el siglo XIX.
Se presenta una relación detallada de los distintos despojos territoriales a partir de las políticas liberales del siglo XIX, que buscaron la disolución de las tierras de los pueblos de indios, siguiendo con la reforma agraria, ya en el siglo XX, y los diversos conflictos que provoco. Se hace una descripción de la organización social de Santa María Ostula, como comunidad indígena y agraria, su organización sociorreligiosa, ilustrando el documento con mapas de sitios arqueológicos y de la costa de Michoacán, planos de las tierras dadas en posesión por la autoridades virreinales, del proyecto de titulación de terrenos comunales, así como cuadros y fotos que dan concreción visual al documento, junto con una bibliografía, páginas electrónicas, archivos, documentos judiciales y las firmas de los integrantes del amicus curiae.
La intervención documental presentada al tribunal señala que la propiedad y posesión del territorio de Ostula se vieron afectadas en el proceso agrario de confirmación y titulación de bienes comunales (CTBC) que promovieron sus miembros el 11 de mayo de 1940. A partir de esta acción agraria se dieron una serie de irregularidades por parte de distintos funcionarios agrarios que iniciaron desde la omisión de atención a su solicitud por más de 10 años, seguido de trabajos técnicos de medición incorrectos, hasta la emisión de una resolución presidencial que no incluyó la totalidad del territorio comunal del que son propietarios y poseedores, que corresponde a 25 mil 580 hectáreas, que son imprescindibles para su reproducción social y su permanencia como pueblo, reconociendo únicamente 19 mil 32 hectáreas. Esta deficiente resolución agraria ha provocado que presuntos pequeños propietarios reclamen hoy más de mil hectáreas de origen comunal.
Obran en el expediente agrario de Santa María Ostula, que resguarda el Archivo General Agrario, un sinnúmero de oficios, por cerca de seis décadas, dirigidos a las autoridades competentes en materia agraria, solicitando su atención para que se resarzan los perjuicios cometidos contra su patrimonio territorial. También han interpuesto una serie de recursos ante distintas instancias judiciales, solicitando el amparo de la justicia, por cerca de 20 años, en detrimento de su economía comunal. El perjuicio no sólo ha sido a su patrimonio territorial y a su economía, sino también ha puesto en riesgo la vida comunal y la paz social de la región. Trágicamente, en los últimos 12 años han sido asesinados 40 comuneros, incluidos menores de edad, cinco se encuentran desaparecidos y varias familias han tenido que desplazarse, pese a las medidas cautelares emitidas por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en septiembre de 2010.
Es de esperarse que las autoridades correspondientes tomen muy en cuenta este denodado esfuerzo del amicus curiae en apoyo del digno pueblo de Ostula.
Dr. Gilberto López y Rivas, Profesor-Investigador. Instituto Nacional de Antropología e Historia.
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