El derecho a la rebelión es la facultad que asiste a todo pueblo para autoprotegerse de la tiranía. Este derecho es más antiguo que la noción del Estado moderno o Estado de Derecho. En la Edad Media, algunos escolásticos (Francisco de Suárez, entre ellos) lo argumentaron incluso como tiranicidio. Es decir, teológicamente estaría incluso justificado […]
El derecho a la rebelión es la facultad que asiste a todo pueblo para autoprotegerse de la tiranía. Este derecho es más antiguo que la noción del Estado moderno o Estado de Derecho.
En la Edad Media, algunos escolásticos (Francisco de Suárez, entre ellos) lo argumentaron incluso como tiranicidio. Es decir, teológicamente estaría incluso justificado asesinar a la tirana o al tirano en aras de preservar la soberanía popular.
En la Modernidad, la Revolución Francesa consagró la rebelión popular como un derecho humano fundamental. De este modo, en el actual y diverso constitucionalismo latinoamericano, el derecho a la rebelión que asiste a los pueblos amenazados o afectados en sus derechos básicos está incorporado como en el caso de Venezuela, Ecuador. En otros casos aparece como «derecho a la resistencia» (caso Guatemala, por ejemplo).
Desde la filosofía política, el derecho a la rebelión está justificado en la soberanía/potestad que tiene todo pueblo, como sujeto político, para emprender su propio destino. Desde la perspectiva jurídica, la rebelión es la facultad que todo pueblo sometido tiene de preservar o restaurar sus derechos amenazados o conculcados.
La rebelión popular necesariamente es una acción violenta en contra del tirano o tirana que usurpa o masacra a los pueblos. En ese sentido, la acción guerrillera/armada, es parte constitutiva del derecho a la rebelión que asiste a los pueblos subyugados. Un pueblo subyugado que olvida o repele su derecho a la rebelión armada es un bastión de esclavos.
La reciente sugerencia o llamada que hizo Evo Morales a «organizar milicias armadas en Bolivia» para restaurar derechos frente a la Dictadura actual, discursivamente encaja dentro de la filosofía jurídica del ejercicio del derecho de rebelión popular.
La reacción de la Dictadura boliviana, y de sus secuaces, frente a las declaraciones de Morales, es una conducta constante de todo tirano. Ellos están convencidos que fueron enviados por algún «designio desconocido» para restaurar/normalizar la dominación, en nombre de la democracia. Y, cualquier sugerencia o aguijoneo a los pueblos sometidos para que ejerciten su derecho a la rebelión será repelido/sancionado como un sacrilegio contra su democracia.
Tampoco no es novedad la recepción o reacción que hace la clase media tradicional, los medios empresariales de información, o los analistas bien portados con la Dictadura, de la repulsa violenta que hace la tiranía boliviana de la posibilidad del ejercicio popular del derecho a la rebelión.
Las inconclusas historias de los pueblos subalternos en Bolivia están empedradas por apoteósicos rebeliones en defensa de sus derechos colectivos. Túpac Katari (siglo XVIII), Zárate Willka (siglo XIX), Revolución Nacional (siglo XX), por mencionar algunos. Quizás el «proceso de cambio» emprendido el 18 diciembre del 2005, hasta el 10 de noviembre del 2019, sea la única sublevación democrática (no violenta). La Bolivia subalterna, ahora, vapuleada por la Dictadura post golpe, debería reconocer sus historias inconclusas sin mayores sentimientos de culpa.
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